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Amnistía Internacional

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    1º Se rechaza la aportación relativa a la creación de un registro de asociaciones interesadas por materias desde el que activar el trámite de audiencia, en la medida en que un decreto cuyo objeto es la regulación del procedimiento para la elaboración normativa y para la implantación de medidas de mejora de la calidad normativa no resulta el instrumento adecuado para ello.

    Respecto de las reflexiones sobre el hecho de que determinados titulares de derechos en situación de mayor de vulnerabilidad y exclusión social pudieran tener dificultades para acceder a estas formas de participación, queremos poner de manifiesto que tal preocupación se encuentra en la base de la medida 2.C del Acuerdo 190/2019, de 12 de diciembre (BOCYL núm. 240 de 16 de diciembre), de la Junta de Castilla y León, por el que se aprueban medidas de mejora de la regulación en el ordenamiento jurídico autonómico de Castilla…

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    En primer lugar, desde esta Dirección General de Ordenación del Territorio y Planificación, les queremos agradecer su contribución para la mejora del proyecto de Decreto.

    La actividad de la Administración de la Comunidad de Castilla y León está sometida al ordenamiento jurídico. El ordenamiento jurídico español brinda una elevada protección a los derechos y libertades fundamentales que son interpretados de conformidad con la Declaración Universal de los Derechos Humanos y los tratados y acuerdos internacionales sobre la materia ratificados por España. Esos mismos tratados de derechos humanos y la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea forman parte del ordenamiento interno y complementan el catálogo de derechos y libertades de la Constitución Española.

    Igualmente, nuestro estatuto de autonomía también recoge en los capítulos 1 y 2 de su Título I, como no podía ser de otra manera, un amplio catálogo de derechos.

    Estamos ante un proyecto que pretende mejorar…

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