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(2023/09) Procedimiento para la elaboración de la Ley de Salud Pública de Castilla y León (Cerrado)

Consulta pública previa en el procedimiento de elaboración de la normas

De conformidad con lo previsto en los artículos 75.2 y 76 de la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, en relación con el artículo 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, con carácter previo a la elaboración de los proyectos o anteproyectos de ley o de reglamento, se sustanciará una consulta pública. 


Por ello se propone la consulta previa para la elaboración de la Ley de Salud Pública de Castilla y León.


  1. Problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa.

Mediante el presente Anteproyecto de Ley se busca configurar un Sistema de Salud Pública que dé una respuesta integral, adecuada y eficaz a los actuales retos en materia de salud pública, retos que tras la experiencia de la pandemia del COVID 19 se han incrementado. Es necesario trabajar en una concepción de salud pública de una forma integradora y trasversal con el objetivo de la mejora de la salud, el bienestar y la calidad de vida de los ciudadanos de Castilla y León.


  1. Necesidad y oportunidad de su aprobación.

Es necesario adaptar a la realidad actual la Ley de Salud Pública de Castilla y León que data del año 2011.

Recientemente se han publicado varias estrategias y planes de acción a nivel internacional ratificadas por los estados miembros en distintas organizaciones intergubernamentales que establecen criterios de actuación a largo plazo que deben ser integrados en esta nueva Ley, como los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) marcados por la Agenda 2030, bajo el enfoque “Una sola Salud” (One Health) que hace hincapié en los desafíos de salud que surgen de las interrelaciones entre humanos, animales y medio ambiente. Todo ello alineado con el principio de Salud en Todas las Políticas, según el cual las políticas a favor de la salud de las personas deben formar parte de la acción de todo el sector público, no sólo del sanitario.


  1. Objetivos de la norma.

  • Adoptar el enfoque “One Health/Una Sola Salud”, como enfoque colaborativo y multisectorial, para llevar a cabo estrategias y acciones integrales de prevención y control de agentes con impacto en la salud humana, teniendo en cuenta que la salud humana y la sanidad animal son interdependientes y están vinculadas a los ecosistemas en los cuales coexisten.
  • Implantar la estrategia de Salud en Todas las Políticas de forma que la mejora de la salud y el bienestar de las personas sea un objetivo compartido por las distintas administraciones, priorizando la orientación comunitaria e intersectorial en las actuaciones.
  • Desarrollar los derechos, deberes y obligaciones de los ciudadanos de Castilla y León en materia de salud pública.
  • Analizar el impacto sobre la salud de las personas y las afecciones sobre el medio físico de las distintas políticas sectoriales. 
  • Trabajar en coordinación desde todas las administraciones públicas y otros agentes concernidos, para proteger la salud de las personas, impulsar la promoción de la salud y los entornos y estilos de vida saludables, e incidir positivamente en los determinantes de la salud que afectan a las personas.
  • Sentar las bases para la prevención, la detección precoz, y para la vigilancia y la gestión eficaz de alertas, emergencias sanitarias, epidemias y pandemias.
  • Proporcionar herramientas para una gestión eficaz de los profesionales de la Salud Pública, adecuando los recursos humanos a las nuevas las necesidades, desde el punto de vista de la distribución, cualificación y dotación.
  • Contribuir al desarrollo profesional de las personas trabajadoras en la salud pública, su capacitación, captación y retención del talento, así como a la generación y movilización del conocimiento.
  • Facilitar a la ciudadanía la información necesaria mediante una comunicación en salud pública de calidad, rigurosa y solvente.


  1. Posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias.

La elaboración de este Anteproyecto de Ley se presenta como necesaria, sin que puedan apreciarse otras soluciones alternativas.



Fecha de publicación 21 de agosto de 2023

 

El plazo para realizar aportaciones a este espacio de participación finalizó a las 09:00 horas del 4 de septiembre de 2023.


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