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Javier Gago

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    Durante el trámite de información pública al que ha sido sometido el proyecto de Decreto por el que se aprueba el Plan Rector de Uso y Gestión del Parque Nacional de los Picos de Europa se han recibido numerosas alegaciones relativas a distintos aspectos de la gestión del uso público, entre ellas bastantes sobre los dos temas planteados en las sugerencias recibidas a través de la plataforma de Gobierno Abierto (la actividad de vuelo libre sin motor (parapente, ala delta, etc.) y el tránsito de senderistas en el área de cumbres fuera de los senderos señalizados).

    El análisis de las numerosas alegaciones presentadas (en el conjunto del Parque hay contabilizados más de 480 alegantes), su contestación y la introducción de los cambios oportunos en el texto del Plan Rector de Uso y Gestión han de hacerse de forma coordinada y consensuada entre las administraciones de las tres Comunidades Autónomas implicadas,…

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    Javier Gago commented  · 

    En otros países europeos, incluso dentro de parques naturales, está regulado el vuelo libre, sin prohibir, pudiéndose volar, sencillamente se acota a ciertas zonas y se administra la actividad.

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    Durante el trámite de información pública al que ha sido sometido el proyecto de Decreto por el que se aprueba el Plan Rector de Uso y Gestión del Parque Nacional de los Picos de Europa se han recibido numerosas alegaciones relativas a distintos aspectos de la gestión del uso público, entre ellas bastantes sobre los dos temas planteados en las sugerencias recibidas a través de la plataforma de Gobierno Abierto (la actividad de vuelo libre sin motor (parapente, ala delta, etc.) y el tránsito de senderistas en el área de cumbres fuera de los senderos señalizados).

    El análisis de las numerosas alegaciones presentadas (en el conjunto del Parque hay contabilizados más de 480 alegantes), su contestación y la introducción de los cambios oportunos en el texto del Plan Rector de Uso y Gestión han de hacerse de forma coordinada y consensuada entre las administraciones de las tres Comunidades Autónomas implicadas,…

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    Le agradecemos su preocupación por la conservación del medio ambiente en la Comunidad de Castilla y León y su interés por la normativa de sus espacios protegidos.
    La necesidad y oportunidad del proyecto del PRUG del Parque Nacional de la Sierra de Guadarrama se deriva de la aplicación del marco normativo establecido por la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad; de la Ley 7/2013, de 25 de junio, de declaración del Parque Nacional de la Sierra de Guadarrama; de la Ley 30/2014, de 3 de diciembre, de Parques Nacionales y de la Ley 4/2015, de 24 de marzo, del Patrimonio Natural de Castilla y León, respecto al establecimiento del régimen jurídico aplicable a los espacios naturales protegidos que forman parte de la red de espacios naturales de Castilla y León, con el fin de adecuar su gestión a los principios establecidos en las…

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