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Alvaro Gil Gutiérrez

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    Agradecemos su sugerencia. Indicarle que tanto el Lucio, la lucioperca, o el black bass son especies que están catalogadas como especies exótica invasoras según el Real Decreto 630/2013, de 2 de agosto, que regula el Catálogo español de especies exóticas invasoras, normativa de carácter básico, de obligado cumplimiento por todas las administraciones públicas.
    Por ello, la Junta de Castilla y León tiene el imperativo del cumplimiento de esta normativa, por lo que no es posible que la normativa autonómica se separe del carácter básico indicado.

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    La Junta de Castilla y León planifica la gestión y el aprovechamiento de los recursos pequeros al objeto de asegurar su sostenibilidad en base a uno principios de aprovechamiento ordenado y sostenible y de fomento de los recursos pesqueros, la pesca deportiva y recreativa y la participación ciudadana.
    Para llevar a cabo esta gestión piscícola se elaboran diferentes instrumentos y planes de gestión píscicola.
    Esta gestión y regulación de la pesca se apoya también en el estudio de las poblaciones piscícolas a través de una Red de Seguimiento y Control, estudio exhaustivo y continuo de las poblaciones acuáticas en las masas de aguas de Castilla y León.

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    Uno de los principios inspiradores de la ley 9/2013, de 3 de diciembre, de Pesca de Castilla y León es el fomento de la pesca deportiva y recreativa como herramienta de desarrollo turístico, económico y social en el medio rural de la Comunidad de Castilla y León.
    Dicha Ley contempla la modalidad de pesca “ con muerte” en aquellos tramos donde el recurso permita la pesca extractiva en base a unos instrumentos de planificación de los recursos pesqueros para que su aprovechamiento sea sostenible.

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