Les agradecemos sus valiosas aportaciones al Plan y les indicamos de manera general, dada la extensión de las mismas, cómo se recogerán sus sugerencias, con independencia de mantener una reunión con ustedes y otras asociaciones del ámbito de las altas capacidades de nuestra autonomía, para concretar actuaciones a realizar en el tercer nivel de concreción.
Respecto a:
• Aumento de recursos personales (orientadores y profesores de apoyo), está incluido en la revisión de la normativa.
• El Plan contempla una línea de formación en la inclusión para todo el profesorado a diferentes niveles, en organización, metodologías, didácticas específicas, detección e intervención temprana, entre otras (se incluye la educación emocional e inteligencias múltiples, robótica, mindfulness,… las cuales ya se están trabajando, por parte de muchos centros y que seguiremos fomentando para mejorar cualitativa y cuantitativamente).
• La sustitución de dificultades por “necesidades educativas específicas” la revisaremos pues el concepto dificultades no se refiere solo al alumnado.
• Las actuaciones 2.3.1, 3.3.2 y 4.2.2 deben concretarse en el tercer nivel de concreción como se explica en la estructura del plan, pues se tratan de actuaciones operativas.
• La evaluación psicopedagógica se realiza por profesionales cualificados según la normativa vigente.
• En cuanto a la terminología utilizada en la ATDI, ha sido revisada en julio de 2015, y recoge sus aportaciones.
• Los informes emitidos por órganos externos a la Consejería de Educación son tenidos en cuenta, aunque de acuerdo a la legislación actual, únicamente los servicios de orientación de la Administración educativa son los que realizan la valoración y certificación del alumno, los cuales tienen en cuenta los informes externos si la familia se los facilita.
Les agradecemos sus valiosas aportaciones al Plan y les indicamos de manera general, dada la extensión de las mismas, cómo se recogerán sus sugerencias, con independencia de mantener una reunión con ustedes y otras asociaciones del ámbito de las altas capacidades de nuestra autonomía, para concretar actuaciones a realizar en el tercer nivel de concreción.
Respecto a:
• Aumento de recursos personales (orientadores y profesores de apoyo), está incluido en la revisión de la normativa.
• El Plan contempla una línea de formación en la inclusión para todo el profesorado a diferentes niveles, en organización, metodologías, didácticas específicas, detección e intervención temprana, entre otras (se incluye la educación emocional e inteligencias múltiples, robótica, mindfulness,… las cuales ya se están trabajando, por parte de muchos centros y que seguiremos fomentando para mejorar cualitativa y cuantitativamente).
• La sustitución de dificultades por “necesidades educativas específicas” la revisaremos pues el concepto dificultades no…
Me gustaría que alguien me hiciera una aclaración:
Se dice que los informes privados se tienen en cuenta pero que para ello las familias deben facilitarlos. Para empezar no creo que las familias queramos obstaculizar la atención de nuestros hijos no facilitando una copia del informe. De hecho muchas veces hay que llevar informe en mano para poder hablar con propiedad cuando decimos que el niño en cuestión tiene AACC, ya que nuestra experiencia como padres parece ser que no tiene validez. En muchos casos la entrega del informe es la que genera el que se inicie una "observación" por parte del tutor o del centro en general. Ese es un punto.
Otro de ellos es que si se tienen en cuenta...para qué concretamente? Para tenerlos en un archivador desde el momento que se entrega? Se utilizan? Por qué un orientador repite pruebas que ya están en el informe y no aplica nuevas para contrastar la información? Ese es el uso que se le da? Espero que no, y que sepan amablemente responderme.
Por último, legislación actual...Supongo que se habla de la orden que rige en CyL. Esta prevalece sobre la LOMCE o es al revés? Que yo sepa ningún decreto o ley puede prevalecer por las que están por encima a no ser que con ello claramente se vea beneficiado el ciudadano. Claro que para eso deben decirlo los que saben más sobre la materia. A lo que me lleva al segundo punto...que ocurre cuando una sentencia del Tribunal Supremo determina que los informe privados hechos por especialistas son válidos y deben no solo "tenerse en cuenta" sino usarlos para atender a los niños tal y como reflejan? Qué ocurre cuando en una sentencia del TS también indica que los padres pueden solicitar la evaluación ya que somos los que mejor conocemos a los niños?
Me gustaría que se me respondiera a estas cuestiones. Gracias
Me gustaría que alguien me hiciera una aclaración:
Se dice que los informes privados se tienen en cuenta pero que para ello las familias deben facilitarlos. Para empezar no creo que las familias queramos obstaculizar la atención de nuestros hijos no facilitando una copia del informe. De hecho muchas veces hay que llevar informe en mano para poder hablar con propiedad cuando decimos que el niño en cuestión tiene AACC, ya que nuestra experiencia como padres parece ser que no tiene validez. En muchos casos la entrega del informe es la que genera el que se inicie una "observación" por parte del tutor o del centro en general. Ese es un punto.
Otro de ellos es que si se tienen en cuenta...para qué concretamente? Para tenerlos en un archivador desde el momento que se entrega? Se utilizan? Por qué un orientador repite pruebas que ya están en el informe y no aplica nuevas para contrastar la información? Ese es el uso que se le da? Espero que no, y que sepan amablemente responderme.
Por último, legislación actual...Supongo que se habla de la orden que rige en CyL. Esta prevalece sobre la LOMCE o es al revés? Que yo sepa ningún decreto o ley puede prevalecer por las que están por encima a no ser que con ello claramente se vea beneficiado el ciudadano. Claro que para eso deben decirlo los que saben más sobre la materia. A lo que me lleva al segundo punto...que ocurre cuando una sentencia del Tribunal Supremo determina que los informe privados hechos por especialistas son válidos y deben no solo "tenerse en cuenta" sino usarlos para atender a los niños tal y como reflejan? Qué ocurre cuando en una sentencia del TS también indica que los padres pueden solicitar la evaluación ya que somos los que mejor conocemos a los niños?
Me gustaría que se me respondiera a estas cuestiones. Gracias