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Anonymous

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    El objeto de este anteproyecto de ley es establecer el marco jurídico regulador de la actividad físico-deportiva. De acuerdo con la definición de la actividad físico-deportiva, el ejercicio físico y el deporte que en él aparecen, la introducción de CCAFYDE en la rama de Ciencias de la Salud no es objeto de regulación, correspondiendo al ámbito normativo educativo y sanitario.

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    Se ha incluido un apartado en el artículo 68 del anteproyecto de ley que dice: “El ámbito funcional que la presente ley atribuye a las profesiones indicadas en el punto anterior no faculta para ejercer funciones reservadas a las profesiones tituladas que se regulan en la ley 44/0003, de 212 de noviembre, de ordenación de las profesiones sanitarias” (las profesiones del punto anterior son las de monitor deportivo, entrenador deportivo, preparador físico y director deportivo)

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    Anonymous commented  · 

    Alfonso creo y estoy seguro de que no estas bien informado por lo que creo que esta sugerencia esta fuera de lugar.
    Te sugiero revises planes de estudio de cualquier universidad donde se curse este grado, es mas en alguna se cursa mencion en salud donde se estudia con mas detalle todo eso que dices en lo que no se tiene formación.
    Saludos.

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