En primer lugar, muchas gracias por sus aportaciones.
Dado el enfoque amplio del anteproyecto (regulación del diálogo civil en la totalidad de áreas de actuación de la Administración de la Comunidad) no parece posible incluir referencias a todos los tratados internacionales que pueden incidir en el mismo: serían prácticamente todos los que forman parte del ordenamiento jurídico español. Del mismo modo, y dado que su ámbito de aplicación afecta en exclusiva al Gobierno y la Administración de la Comunidad, no es posible incorporar al mismo cuestiones relativas a las entidades locales, cuya autonomía se respeta escrupulosamente en el anteproyecto.
Aunque el principio de equidad no aparece expresamente en el artículo 4, sí inspira el conjunto de la norma. Precisamente por eso el diálogo civil se aplica por igual en todos los órganos de participación, independientemente del área de actuación de que se trate, y con los mismos derechos y deberes para todas las organizaciones de la sociedad civil independientemente de su tamaño, configuración jurídica o ámbito de actividad.
Por último, el anteproyecto prevé que las personas físicas que presenten iniciativas ciudadanas sean mayores de edad, requisito que entendemos adecuado cuando se trata de formular normas, planes o programas completos, y no meras sugerencias. No obstante, el mismo artículo permite que una organización de la sociedad civil legalmente constituida presente las iniciativas, lo que abre la vía a esta posibilidad para las asociaciones de defensa de los derechos de los niños y niñas, asociaciones juveniles, etc.
En primer lugar, muchas gracias por sus aportaciones.
Dado el enfoque amplio del anteproyecto (regulación del diálogo civil en la totalidad de áreas de actuación de la Administración de la Comunidad) no parece posible incluir referencias a todos los tratados internacionales que pueden incidir en el mismo: serían prácticamente todos los que forman parte del ordenamiento jurídico español. Del mismo modo, y dado que su ámbito de aplicación afecta en exclusiva al Gobierno y la Administración de la Comunidad, no es posible incorporar al mismo cuestiones relativas a las entidades locales, cuya autonomía se respeta escrupulosamente en el anteproyecto.
Aunque el principio de equidad no aparece expresamente en el artículo 4, sí inspira el conjunto de la norma. Precisamente por eso el diálogo civil se aplica por igual en todos los órganos de participación, independientemente del área de actuación de que se trate, y con los mismos derechos y deberes…