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80 votes4 comments · (2017/12) Proyecto de Orden de la C. de Sanidad por la que se modifica la Orden 7 de julio de 1988, de la Consejería de Cultura y B. S., sobre el procedimiento de nombramiento de personal interino en puestos adscritos a funcionarios sanitarios. (Cerrado) · Flag idea as inappropriate… · Admin →
En mayo de 2002 se firmó un Acuerdo entre los representantes de la administración sanitaria de la Comunidad de Castilla y León y las centrales sindicales CEMSATSE, USCAL, UGT, CSI-CSIF, CC.OO. y SAE, mediante el que se adoptó el régimen estatutario como modelo de vinculación jurídica para regular las condiciones laborales de los profesionales que prestan servicios en Sacyl.
En cumplimiento de la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud, de Ley 2/2007 de 7 de marzo, del Estatuto Jurídico del personal estatutario de la Gerencia Regional de Salud y de la disposición adicional novena de la Ley 7/2005, de 24 de mayo, de la Función Pública de Castilla y León establecen la posibilidad de establecer procedimientos para la integración directa y voluntaria en la condición de personal estatutario, de quienes prestan servicios…Anonymous supported this idea ·
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12 votes0 comments · (2017/12) Proyecto de Orden de la C. de Sanidad por la que se modifica la Orden 7 de julio de 1988, de la Consejería de Cultura y B. S., sobre el procedimiento de nombramiento de personal interino en puestos adscritos a funcionarios sanitarios. (Cerrado) · Flag idea as inappropriate… · Admin →
Nos remitimos a lo contestado en las anteriores intervenciones.
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87 votes9 comments · (2017/12) Proyecto de Orden de la C. de Sanidad por la que se modifica la Orden 7 de julio de 1988, de la Consejería de Cultura y B. S., sobre el procedimiento de nombramiento de personal interino en puestos adscritos a funcionarios sanitarios. (Cerrado) · Flag idea as inappropriate… · Admin →
Al respecto, y no obstante no versar sobre el contenido propio de la modificación, que no es otro que la supresión de la obligación de colegiación como requisito para la inclusión en las listas de empleo correspondientes, cabe señalar que esta Orden es de aplicación a todos los funcionarios sanitarios y no sólo a los adscritos a la Gerencia Regional de Salud, por lo que la cuestión planteada de la estatutarización no tiene cabida en este debate.
Por lo demás, informar que desde la Gerencia Regional de Salud en estos momentos se está tramitando un proyecto de decreto por el que se establece el procedimiento para la integración directa y voluntaria del personal funcionario de carrera sanitario, de los centros e instituciones sanitarias de la Gerencia Regional de Salud en las condiciones de personal estatutario.Anonymous supported this idea ·