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Anonymous

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    Entendemos que la regulación de sistemas que garanticen la estabilidad en el empleo son necesarios. En la nueva ley estableceremos los sistemas que, como complemento de la regulación del estado sean necesarios, y buscaremos vías de estabilización de los puestos actuales también en el marco de la legislación estatal

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    Él principio de igualdad estaría muy justificado si se aplicara siempre para acceder a una plaza de funcionario de carrera. Pero no se aplica, no es verdad que en una oposición libre pueda presentarse todo el mundo, está restringida por la titulación. Un titulado medio no puede presentarse a unas oposiciones del cuerpo superior aunque se sepa el temario de arriba a abajo. Por otra parte en los procesos selectivos de promoción interna solo se pueden presentar los funcionarios de carrera así que no es verdad que el principio de igualdad se aplique siempre. Los interinos de larga duración han demostrado durante años que son sobradamente aptos para el desempeño de su puesto de trabajo y es eso lo que piden, ser fijos, no funcionarios de carrera.

  2. 244 votes

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    Entendemos que la regulación de sistemas que garanticen la estabilidad en el empleo son necesarios. En la nueva ley estableceremos los sistemas que, como complemento de la regulación del estado sean necesarios, y buscaremos vías de estabilización de los puestos actuales también en el marco de la legislación estatal.

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    Gracias por su aportación.
    El objeto de esta ley es regular y ordenar los Cuerpos y Escalas en que se agrupan los funcionarios de la Administración de Castilla y León, independientemente de que estén integrados por funcionarios de carrera o interinos. No siendo este el foro adecuado para plantear esa alegación.

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  4. 38 votes

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    Gracias por su aportación.
    El objeto de esta ley es regular y ordenar los Cuerpos y Escalas en que se agrupan los funcionarios de la Administración de Castilla y León, independientemente de que estén integrados por funcionarios de carrera o interinos. No siendo este el foro adecuado para plantear esa alegación.

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    Gracias por su aportación.
    El objeto de esta ley es regular y ordenar los Cuerpos y Escalas en que se agrupan los funcionarios de la Administración de Castilla y León, independientemente de que estén integrados por funcionarios de carrera o interinos. No siendo este el foro adecuado para plantear esa alegación.

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    Entendemos que la regulación de sistemas que garanticen la estabilidad en el empleo son necesarios. En la nueva ley estableceremos los sistemas que, como complemento de la regulación del estado sean necesarios, y buscaremos vías de estabilización de los puestos actuales también en el marco de la legislación estatal.

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    Entendemos que la regulación de sistemas que garanticen la estabilidad en el empleo son necesarios. En la nueva ley estableceremos los sistemas que, como complemento de la regulación del estado sean necesarios, y buscaremos vías de estabilización de los puestos actuales también en el marco de la legislación estatal.

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    La experiencia ha de ser objeto de baremación, pero el artículo 43 de la Ley 7/2005, de 24 de mayo, de la Función Pública de Castilla y León, otorga un valor predominante a la superación de ejercicios eliminatorios en procesos selectivos derivados de la Oferta Pública de Empleo de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.

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    Soy funcionario de carrera desde hace 25 años. De las normas que estudié en 1992 no queda en vigor prácticamente nada. Si realizo bien o mal mi trabajo depende de la experiencia adquirida en los puestos que he desempeñado durante estos años y de la voluntad de auto formación que tenga, así que no me parece bien exigir a un funcionario interino que tenga unos conocimientos que a mí no me exigen, lo que sí es exigible para él y para mí es que desde el minuto 1 demostremos la capacidad para realizar las funciones que se le piden. Es verdad que en cada departamento se trabaja diferente y se usan programas distintos pero en ninguno te piden saber qué dice el artículo x de la Constitución, del Estatuto, etc, lo que te piden es que desde el minuto 0 saques el trabajo y es más fácil amoldarte a un trabajo si tienes experiencia. El ejemplo que pone de las tareas de auxiliar administrativo, lo que no aporta nada es saber lo que preguntan en los exámenes de oposición de auxiliar, ningún jefe te pregunta qué es un tera, un mega, un soporte, etc

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    El artículo 43 de la Ley 7/2005, de 24 de mayo, de la Función Pública de Castilla y León, exige que la nota obtenida por la superación de ejercicios eliminatorios en procesos selectivos derivados de la Oferta de Empleo Público de la Administración de la Comunidad de Castilla y León sea un mérito predominante para el acceso al empleo temporal. No obstante, se considera oportuno que se pueda dejar constancia en el momento de la inscripción en la bolsa de empleo de formación académica complementaria, por si ésta resultase requisito para la ocupación de un puesto.

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    Yo creo que lo que mejora el servicio a los ciudadanos es la capacidad de los empleados públicos para solucionar sus problemas, independientemente de la manera de acceso a la función pública. Un funcionario interino con experiencia es un valor seguro dentro de la Administración. Conozco centros de trabajo con un nivel de exigencia brutal que tienen un porcentaje de interinidad superior al 50%, ya que los funcionarios de carrera no ocupan esos puestos cuando se ofrecen en los concursos de traslados. Sin esos interinos hubiera sido impensable sacar adelante el trabajo. Por otra parte el hecho de aprobar un proceso selectivo no presupone que se vaya a desempeñar un puesto de trabajo mejor o peor que un interino con experiencia porque yo aprobé la oposición hace 25 años y si tuviera que hacer el examen hoy seguro que suspendería

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