Anonymous
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Le recordamos que los poderes públicos no hacen sino cumplir los mandatos de la ciudadanía, en este caso, al amparo de la Ley 4/1996, de 12 de julio, de Caza de Castilla y León.
Anonymous shared this idea ·
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Buenos días.
Gracias por participar en este foro del Espacio de Participación Ciudadana. Tomamos nota de su aportación.Anonymous supported this idea ·
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Gracias por su sugerencia. Le recordamos que el ordenamiento jurídico de la Unión Europea, Reino de España y de la Comunidad de Castilla y León faculta el aprovechamiento cinegético de las poblaciones esta especie en los terrenos situados al Norte del río Duero dado que estas no gozan de un estatus de protección específico.
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El exterminio solo por beneficios económicos y una animadversión por todos los seres vivos que no produzcan beneficios.