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luis

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    Se considera que el turismo micológico debe orientarse a terrenos que cuenten con un aprovechamiento ordenado y en los que se pueden además ofrecer servicios adicionales, como guías, apoyo a la identificación de especies y otros. El aprovechamiento episódico debe garantizar el respeto a los derechos de los propietarios y a que no pueda existir ni lucro sobre predios ajenos ni una excesiva presión sobre sus recursos, que es la razón por la que se ha optado por una cuantía máxima reducida, para cuya determinación final, no obstante, se valorará esta sugerencia. Otras Comunidades, como Galicia, han optado también por esta misma cantidad de 2 kg. En todo caso, parece confundirse la cuantía de recolección episódica con la cuantía de los permisos de recoleccióin no comercial en acotados o parques micológicos, en los que sí se habla de un máximo de 5 kg para la recolección recreativa.

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    luis commented  · 

    el cupo debería ser ese para la gente que no es local, que debe ser la autentica beneficiaria del recurso

  2. 15 votes

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    El Proyecto de Decreto no establece una licencia de recolección, como ya se ha explicado al responder a las sugerencias número 4 y 12, y tampoco se establecen precios para los permisos de recolección. Son los propietarios de los terrenos y titulares micológicos quienes pueden determinar los requisitos para acceder a los permisos de recolección y en concreto los precios.

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    luis commented  · 

    como que porque se le tiene que cobrar mas a uno de fuera que a uno del pueblo? quien mantiene los montes limpios y lo cuida todo el año sin recibir nada a a cambio el que vive en ese pueblo no tiene ninguna ventaja, tu vives en Madrid coges el coche te das un paseo y vuelves a Madrid. ¿ tu si estas empadronado en Madrid no obtienes beneficios económicos ? como descuentos en piscinas, opción de casas de protección oficial..etc. asique si quieres recrearte es normal que pagues mas que los que son del pueblo.

  3. 4 votes

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    El Proyecto de Decreto es innovador a nivel nacional por su enfoque integral, al regular tanto la recolección del recurso como su comercialización y transporte, y su finalidad está explicada en la exposición de modivos de forma prolija. Y se ha tenido muy en cuenta el interés de los vecinos de los territorios productores, de manera que mejoren las condiciones de comercialización y que los recolectores locales tengan las máximas facilidades posibles para comercializar sus cosechas. Se han intentado también introducir elementos que faciliten el control de la recolección ilegal, y de hecho la sugerencia sobre la inmovilización de los vehículos está recogida en el artículo 32.

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