Ana María
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499 votes0 comments · (2021/06) Anteproyecto de Ley de Función Pública de Castilla y León. (Cerrado) · Admin →
Respecto al ámbito de aplicación de la ley, debe estarse a la tipología de personal al servicio de las Administraciones Públicas a fin de respetar las diferencias establecidas en sus regímenes específicos aplicables, que son los establecidos en la legislación estatal básica.
Entendemos que la regulación de sistemas que garanticen la estabilidad en el empleo público son necesarios, y para su consecución se estará a la regulación estatal básica en la materia, actualmente en tramitación parlamentaria. Dentro de dicho marco, buscaremos vías de estabilización.
Respecto a las medidas legislativas tendentes a evitar y, en su caso, sancionar posibles abusos en la contratación, corresponde al legislador estatal acometer tal previsión normativa.Ana María supported this idea ·
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379 votes6 comments · (2021/06) Anteproyecto de Ley de Función Pública de Castilla y León. (Cerrado) · Admin →
Entendemos que la regulación de sistemas que garanticen la estabilidad en el empleo público son necesarios, pero en la Ley de Función Pública autonómica deberá estarse a la regulación estatal básica en la materia actualmente en tramitación parlamentaria. Dentro del marco que la legislación básica establezca, buscaremos vías de estabilización.
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455 votes28 comments · (2020/10) Procedimiento para la elaboración del Convenio Colectivo para el personal laboral de la Administración General de la Cdad de CyL y Organismos Autónomos dependientes de ésta. (Cerrado) » finalizado · Admin →
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881 votes61 comments · (2020/10) Procedimiento para la elaboración de la Ley de Función Pública de C y L en desarrollo del Estatuto Básico del Empleado Público aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre. (Cerrado) · Admin →
Entendemos que la regulación de sistemas que garanticen la estabilidad en el empleo son necesarios. En la nueva ley estableceremos los sistemas que, como complemento de la regulación del estado sean necesarios, y buscaremos vías de estabilización de los puestos actuales también en el marco de la legislación estatal
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244 votes5 comments · (2020/10) Procedimiento para la elaboración de la Ley de Función Pública de C y L en desarrollo del Estatuto Básico del Empleado Público aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre. (Cerrado) · Admin →
Entendemos que la regulación de sistemas que garanticen la estabilidad en el empleo son necesarios. En la nueva ley estableceremos los sistemas que, como complemento de la regulación del estado sean necesarios, y buscaremos vías de estabilización de los puestos actuales también en el marco de la legislación estatal.
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Nunca un proceso selectivo de libre concurrencia y de resultado incierto será una medida acorde con la Directiva 99/70 y con la clara jurisprudencia del TJUE al respecto. La estabilidad del personal público temporal en abuso, es la única sanción posible y disuasoria para las administraciones públicas que no han cumplido la normativa nacional y Europea vigente y han creado está situación de Abuso. Si se utilizan procesos selectivos de estabilización, éstos obligatoriamente deberán ser restringidos al personal en abuso y garantizar un resultado cierto, es decir, garantizar la permanencia en el puesto de trabajo hasta las mismas causas de cese que los funcionarios de carrera; sólo así serán una medida que cumpla la jurisprudencia del Tribunal de Justicia