Gracias por su participación y por la sugerencia presentada en relación con el Borrador de Mapa de Unidades Básicas de Ordenación y Servicios del Territorio (UBOST), lo que indudablemente demuestra su interés por la participación en las cuestiones públicas autonómicas y en la mejora de los proyectos que promueve esta Administración.
Las UBOST se definen legalmente como espacios funcionales delimitados geográficamente, que constituirán la referencia espacial y el parámetro básico para la ordenación del territorio de Castilla y León, es decir, no son administraciones sino delimitaciones territoriales. Las UBOST en un futuro deberán ser utilizadas por la Administración autonómica para organizar territorialmente la gestión de sus servicios públicos, y podrán ser utilizadas por los municipios para la prestación mancomunada de los servicios locales a través de mancomunidades, similares a las actualmente existentes pero con especialidades.
Los nombres de las UBOST rurales delimitadas en el Borrador de mapa han sido seleccionados atendiendo exclusivamente a las características físicas o geográficas del entorno o a sus denominaciones históricas o tradicionales. En el caso de las UBOST a las que usted se refiere, las VARUR01 “Campos Noroeste” y VARUR02 “Ríos Cea y Sequillo”, se valorará la revisión de las denominaciones elegidas por si llegara a estimarse que las que usted propone (VARUR01 “Cea-Campos Noroeste” y VARUR 02 “Río Sequillo”) resultan más adecuadas, a juicio de todas las Administraciones participantes en el proceso de aprobación del mapa.
Gracias por su participación y por la sugerencia presentada en relación con el Borrador de Mapa de Unidades Básicas de Ordenación y Servicios del Territorio (UBOST), lo que indudablemente demuestra su interés por la participación en las cuestiones públicas autonómicas y en la mejora de los proyectos que promueve esta Administración.
Las UBOST se definen legalmente como espacios funcionales delimitados geográficamente, que constituirán la referencia espacial y el parámetro básico para la ordenación del territorio de Castilla y León, es decir, no son administraciones sino delimitaciones territoriales. Las UBOST en un futuro deberán ser utilizadas por la Administración autonómica para organizar territorialmente la gestión de sus servicios públicos, y podrán ser utilizadas por los municipios para la prestación mancomunada de los servicios locales a través de mancomunidades, similares a las actualmente existentes pero con especialidades.
Los nombres de las UBOST rurales delimitadas en el Borrador de mapa han…