(2023/07) Procedimiento para la elaboración de un Decreto por el que se regula el procedimiento para el reconocimiento de la condición de familia numerosa, la expedición y renovación del título (Cerrado)
Consulta pública previa en el procedimiento de elaboración de la normas
De conformidad con lo previsto en el artículo 76.2 de la Ley 3/2001 de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León en relación con el artículo 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, con carácter previo a la elaboración de los proyectos o anteproyectos de ley o de reglamento, se sustanciará una consulta pública para recabar la opinión de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma.
Por ello, se propone la consulta previa en el procedimiento para la elaboración de un Decreto por el que se regula el procedimiento para el reconocimiento de la condición de familia numerosa, la expedición y renovación del título.
La Comunidad de Castilla y León considera la oportunidad de elaborar el referido Decreto, atendiendo a lo siguiente:
a) Problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa.
Evitar la carga que supone para los beneficiaros del Título la necesidad de renovación del mismo aun cuando siga cumpliendo las condiciones que le acreditan como familia numerosa.
Disminuir la carga y costes de gestión que implica la renovación periódica del Título.
b) Necesidad y oportunidad de su aprobación.
En este momento se encuentra vigente el Decreto 1/2011, de 13 de enero, por el que se regula el procedimiento para el reconocimiento de la condición de familia numerosa, la expedición, modificación y renovación del título.
Los cambios producidos en la Ley 40/2003, de 18 de noviembre, de Protección a las Familias Numerosas, derivados tanto de Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, como sobre todo la Ley 26/2015, de 28 de julio, de modificación del sistema de protección a la infancia y a la adolescencia, han influido notablemente en la gestión del Título de Familia Numerosa, lo que hace necesario actualizar el procedimiento señalado.
c) Objetivos de la norma.
Adaptar el procedimiento de emisión del Título de Familia Numerosa a los cambios legales introducidos en la Ley 40/2003, de 18 de noviembre, de Protección a las Familias Numerosas.
Incrementar la eficacia en la gestión y promover un procedimiento más ágil que redunde en una mejor atención a las personas solicitantes y beneficiarias del título de familia numerosa, todo ello en cumplimiento del principio de eficiencia y economía procesal, generalizando el uso de medios electrónicos en las solicitudes de los ciudadanos y en la tramitación por los órganos administrativos responsables.
Suprimir la obligación que actualmente se impone al beneficiario de renovación del Título aun cuando siga cumpliendo las condiciones que le acreditan como familia numerosa, dando un paso más en la simplificación y racionalización administrativa.
d) Posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias.
No se aprecia ninguna.
Fecha de publicación 05 de julio de 2023
El plazo para realizar aportaciones a este espacio de participación finalizó a las 09:00 horas del 17 de julio de 2023.
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reducir documentación a presentar, con declaración responsable, alargar plazos renovación Título, avanzar en el Título digital
Las Familias Numerosas tienen que presentar su Título en vigor en numerosos organismos, Administraciones, empresas para tener derecho a los descuentos, ventajas, ayudas que les corresponde.
Cada vez que hay una renovación de este Título hay volver a realizar las gestiones para seguir percibiéndolos. Esta carga se hace más costosa al cumplir los hijos más de 21 años debido a las renovaciones anuales. Este arduo proceso, a veces conlleva perder el derecho a algún o algunos beneficios por finalización plazo, por falta de algún documento,etc..
Buscando facilitar a las Familias Numerosas estos procedimientos, en especial el de la renovación de…4 votes -
Es necesario presentar menos documentación con la firma de declaración responsable, alargar plazos renovación, avanzar en el Título digital
Las Familias Numerosas tienen que presentar su Título en vigor en numerosos organismos, Administraciones, empresas para tener derecho a los descuentos, ventajas, ayudas que les corresponde.
Cada vez que hay una renovación de este Título hay volver a realizar las gestiones para seguir percibiéndolos. Esta carga se hace más costosa al cumplir los hijos más de 21 años debido a las renovaciones anuales. Este arduo proceso, a veces conlleva perder el derecho a algún o algunos beneficios por finalización plazo, por falta de algún documento,etc..
Buscando facilitar a las Familias Numerosas estos procedimientos, en especial el de la renovación de…4 votes