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(2022/02) Procedimiento para la elaboración de una ley de coordinación de policías locales en Castilla y León. (Cerrado)

Consulta pública previa en el procedimiento de elaboración de la normas

De conformidad con lo previsto en el artículo 75.2 de la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, en relación con el artículo 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, con carácter previo a la elaboración de los proyectos o anteproyectos de ley o de reglamento, se sustanciará una consulta pública.

A tal efecto se propone la consulta pública previa para la elaboración de una Ley de coordinación de policías locales en Castilla y León y se establece su régimen jurídico de funcionamiento, a fin de que la ciudadanía tenga la posibilidad de participar activamente en el proceso de su elaboración y realizar cuantas aportaciones considere.

1. Problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa.

Tras casi veinte años de vigencia de la actual Ley 9/2003, de 8 de abril, de Coordinación de Policías Locales en Castilla y León, se precisa una adecuación de la normativa al actual marco jurídico en aquellos aspectos que se han visto superados por modificaciones en las regulaciones bien básicas, bien sectoriales a que se refiere la citada Ley. Por otra parte, la experiencia acumulada durante este tiempo lleva a la necesidad de atender cambios normativos para dar respuesta a solicitudes ampliamente demandadas por diversos Cuerpos y efectivos policiales, con el objetivo de lograr la mayor cota de coordinación en el ámbito policial local. 

2.  Necesidad y oportunidad de su aprobación.

A fin de lograr mayor homogeneización en los Cuerpos de Policía Local en Castilla y León, en diversos aspectos tales como la selección, promoción y movilidad, así como actualizar y modernizar el marco propio de la formación de los efectivos policiales, se recoge el régimen con rango de ley de la coordinación de policías locales, dando respuesta, a su vez, tanto a la demanda reiterada de Cuerpos de Policía Local como a los Ayuntamientos que cuentan con tal servicio policial.

3. Objetivos de la norma.

El anteproyecto de ley se pretende: 

1) Potenciar la promoción interna y movilidad de quienes integran los Cuerpos de Policía Local.

2) Desarrollar una verdadera carrera profesional en el ámbito de la policía local.

3) Actualizar el régimen de formación de los efectivos policiales, tanto en lo referente al curso de formación básica como a los cursos de ascensos a superiores categorías, a fin de lograr una mejor y más especializada actuación policial, redundando en beneficio de la ciudadanía.

4) Impulsar y favorecer la realización de procesos selectivos unificados por parte de la Administración autonómica, en aras de la eficiencia y racionalización del gasto público.

4. Posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias.

No se aprecian soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias.



Fecha de publicación 28 de enero de 2022

 

El plazo para realizar aportaciones a este espacio de participación finalizó a las 14:00 horas del 18 de febrero de 2022


9 results found

  1. Policía autonómica y remuneración

    El reconocimiento real de la policía local cómo policía autonómica y la remuneración correspondiente a las funciones que ya se desempeñan y la equiparación salarial entre las diferentes corporaciones

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  2. LEY PRÁCTICA

    Que sea una Ley práctica, ejecutable. Por poner un ejemplo, los artículos 50.2 y 53 de las Normas Marco deberían haber sido ejecutados para evitar que los policías de las poblaciones pequeñas no se encuentren en indefensión profesional y tengan menos recursos que otras policías. La seguridad de los agentes y los medios MÍNIMOS (uniformidad apropiada, 1 vehículo rotulado y una base de datos homogeneizada) debería ser competencia autonómica y no municipal. La integridad física y la labor profesional no puede quedar en manos de una persona que solo estará cuatro años en un Ayuntamiento. Recuerdo que hablo de MEDIOS…

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  3. Garantizar la condición física de los agentes

    Se debería promover desde las entidades locales la formación física necesaria para el puesto de trabajo fomentando la misma a través de convenios con centros deportivos así como una formación en técnicas de defensa personal que concluyan en actuaciones limpias y seguras en la calle.
    En mi opinión es tan importante tener una física para acceder al cargo como mantenerla una vez se ostenta el mismo.

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  4. se favorezca o al menos no se impida comisión de servicios y permutas

    A parte de las sugerencias de la movilidad por méritos sin examen, creo que también se puede tratar el tema de comisiones de servicio y permutas; ya que desde la crisis del 2008 ha habido muy pocas oportunidades de movilidad y hay policías que llevan más de 10 y alguno hasta 20 años prestando servicio a la ciudadanía muy lejos del lugar de donde están sus familias y muchos con niños pequeños a los que poder ver muy poquitos días al mes...

    Para que sea real la conciliación de la vida familiar y laboral creo que se debería permitir que…

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  5. Mi opinión es favorable en los aspectos mencionados

    1 la mejora de la formación operativa y práctica para las policías locales .
    2 la mejora en los medios materiales a la hora de prestar servicios ( vehículos , ropa , transmisiones , elementos de seguridad personales como cámaras , teaser etc) .
    3 la incorporación de estudios universitarios al trabajo policial adaptándolos a su peculiar horario.

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  6. valorar todos los años de servicios prestados a la administración para la movilidad

    Actualmente solo se barema hasta el tope de 9 años prestados como policía ya que la tabla es 0,02 puntos por mes prestado en la administración como policía, y el máximo es 2 puntos.
    Es injusto para policías que llevan el doble de años (18) sirviendo de policía que te den la misma puntuación que uno que solo lleve la mitad de años; ya que solo con 9 años de servicio tienes el máximo de la baremación.
    Para un Guardia Civil, un maestro, un profesor, un enfermero... sería impensable dicha situación en la que no se valoren todos los años…

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  8. no olvidarse de la preparacion y mantenimiento físico y mental

    Igual que son obligatorias 2 prácticas de tiro al año, que es muy poco comparado con la cantidad de practicas que hacen los bomberos al año; creo que también necesitaríamos practicas de educación física como hacen bomberos, militares y otros cuerpos de policía;
    Y no olvidarse de la parte de salud mental, que en este trabajo se ven muchas tragedias humanas y mucho sufrimiento, y nunca se nos dan explicaciones psicológicas para gestionar esas cosas; que menos que una charla al año, o una consulta individual al año... el colectivo policial es uno de los oficios con más suicidios y…

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