ALEGACIONES AL ANTEPROYECTO DE LEY DE CUERPOS Y ESCALAS DE LA ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN. La Conferencia de Decanas/
ALEGACIONES AL ANTEPROYECTO DE LEY DE CUERPOS Y ESCALAS
DE LA ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN.
La Conferencia de Decanas/os y Directoras/es de Educación de Castilla y León (CODECyL)
que aglutina a las cuatro Universidades Públicas (Burgos, León, Salamanca y
Valladolid) y a la Universidad Pontificia de Salamanca

En relación a la aportación a la que hace referencia, remitir la misma a la respuesta ya dada precedentemente.
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Mariano commented
ALEGACIONES AL ANTEPROYECTO DE LEY DE CUERPOS Y ESCALAS
DE LA ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN.La Conferencia de Decanas/os y Directoras/es de Educación de Castilla y León (CODECyL) que aglutina a las cuatro Universidades Públicas (Burgos, León, Salamanca y
Valladolid) y a la Universidad Pontificia de SalamancaEXPONEN:
Que la Educación social es una profesión con formación universitaria específica a nivel
nacional desde 1991 (Real Decreto 1420/1991 de 30 de octubre), actualmente las cuatro
universidades públicas de Castilla y León imparten el Grado en Educación social
adaptado al Marco Europeo siguiendo las directrices del Real Decreto 1393/2007 de 29
de octubre.Que el Grado en Educación social es una titulación altamente demandada en las cuatro
universidades públicas de CyL (en cinco campus universitarios) y se titulan más de 250
alumnos cada curso.Que esta diferenciación en formación universitaria obedece a una especialización en
competencias y funciones profesionales. El educador social es un profesional con
formación científica en el ámbito de la acción socioeducativa que diseña, planifica y da
respuesta a demandas y necesidades sociales con el objetivo de prevenir, paliar y/o
corregir procesos de exclusión social, promoviendo procesos de inclusión y
participación social. Sin ánimo de exhaustividad, sus principales ámbitos de actuación
son los siguientes: animación sociocultural, inserción socio-ambiental, gestión y
difusión cultural, cooperación para el desarrollo, tercera edad, educación de adultos,
marginación y delincuencia, menores, discapacidad física y psíquica, inmigrantes y
refugiados, turismo sociocultural y ecológico, mediación (social y familiar), acogida y
adopción, mujer (promoción, maltrato), etc.Por todo ello, y considerando que la Diplomatura en Educación Social y el Grado en
Educación social son las únicas titulaciones válidas para llevar a cabo funciones
asignadas a los Cuerpos de Administración Especial en las Escalas del Grupo A,
Subgrupo A2 (artículo 21 punto 1.2) del Anteproyecto de Ley de Cuerpos y Escalas de la
Administración de la Comunidad de Castilla y León.SOLICITAN:
Sea reconocida la formación especializada que recibe el Educador Social mediante la
reformulación del artículo 25 apartado b) en el que se señalan las titulaciones exigidas
para el acceso a los Cuerpos y Escalas de la Administración Especial, concretamente en
el apartado “Escala de Educadores Sociales”. Dicho reconocimiento será efectivo si
únicamente se reconoce como válidas para el acceso a dicha escala las titulaciones de
Diplomatura en Educación Social y Grado en Educación Social