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(2021/11) Anteproyecto de Ley de cuerpos y escalas de la Administración de la Comunidad de Castilla y León. (Cerrado)

La Comunidad Autónoma de Castilla y León tiene atribuidas en el Estatuto de Autonomía competencias de desarrollo legislativo y ejecución en materia de régimen estatutario de sus funcionarios.  Dichas competencias tienen que desarrollarse en la actualidad dentro del marco establecido por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público. Este texto normativo, dictado al amparo de las competencias atribuidas al Estado por el artículo 149.1.18ª de la Constitución española, pretende establecer, y ello con carácter básico, un marco común para todos los empleados públicos incluidos en su ámbito de aplicación, que a la vez, habilita a los legisladores autonómicos para el desarrollo de aquellas materias concretas que el propio texto señala, todo ello con el fin de posibilitar la delimitación de modelos propios de organización y gestión. La actual Ley 7/2005, de 24 de mayo de la Función Pública de Castilla y León prevé en su regulación un Capítulo referido a los Cuerpos y Escalas existentes en la Administración de Castilla y León, entendiéndose esta una regulación que en la actualidad se considera que debe ser más completa y así regular distintos Cuerpos y Escalas en una Ley independientemente de la nueva Ley de Función Pública de Castilla y León que se encuentra en tramitación.

A través del presente texto se va a proceder a regular de manera más específica aspectos relativos a los Cuerpos y Escalas de la Administración de Castilla y León. De esta forma la ley establece las clases de Cuerpos y Escalas tanto de Administración General, Especial y Sanitaria, dejando la regulación de la Administración Docente al ámbito estatal que es a quien le corresponde.

La Ley establece el procedimiento para que en un futuro se puedan crear distintos Cuerpos y Escalas, incluyendo  en esta misma Ley la creación de Cuerpos de Sistemas y Tecnologías de la Información, los Cuerpos de Inspección de Servicios Públicos, los Cuerpo de Seguridad y Salud Laboral, el Cuerpo de Facultativos de Laboratorio de Salud Pública, el Cuerpo de Médicos Especialistas en Medicina Preventiva y Salud Pública, la Escala de Técnicos de Empleo y la Escala de Verificadores.

Asimismo la ley regula las funciones de los Cuerpos y Escalas y  delimita las titulaciones necesarias para el acceso a los mismos, circunstancia esta necesaria debido a los cambios existentes en la regulación de los títulos universitarios.

Por último la ley prevé en las distintas disposiciones adicionales, distintos aspectos en relación a la integración en Cuerpos y Escalas, Promoción interna, Equivalencia de titulaciones, extinción de Cuerpos y Escalas.  



Anteproyecto de Ley de cuerpos y escalas de la Administración de la Comunidad de Castilla y León



Fecha de publicación 12 de noviembre de 2021


El plazo para realizar aportaciones a este espacio de participación finalizó a las 14:00 horas del 22 de noviembre de 2021.


74 results found

  1. Titulación para grupo B

    El acceso al Grupo B - Cuerpo de Especialistas en sistemas y tecnologías de la información requiere un titulo de Técnico Superior en Formación Profesional cuando debería pedir un título de Técnico Superior relacionado con las tecnologías de la información.

    En otras especialidades si requiere titulación especifica, y no entiendo que la profesión informática sea ninguneada de esta manera.

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    Agradecer su aportación. En relación a lo planteado el acceso a los distintos Cuerpos y Escalas se ha determinado teniendo en cuenta que en algunos de ellos quepa la posibilidad de tener en cuenta las ramas de conocimiento en que se distribuyen los distintos estudios. No obstante se valorará su aportación teniendo presente lo planteado.

  2. Consultar a los COLEGIOS PROFESIONALES y a la ACADEMÍA (Universidad)

    Consultar a los COLEGIOS y a expertos de la Universidad para evitar quedar fuera del acceso a determinados titulados, o crear Cuerpos y/o Escalas que se dupliquen ó que no cumpla la función que les corresponde.
    El problema es el de siempre, la redacción de este anteproyecto ha sido realizado por personas que no tienen conocimiento del Sistema educativo, y se nota en muchos puntos.

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  3. En cuanto a la Escala de Educadores Sociales

    La titulación oficial por la que se podría acceder es Grado en Educación Social, una titulación concreta y específica reconocida en el ámbito socioeducativo. Debería permitirse solo acceder a los Graduados y en su día Diplomados en Educación Social.

    Ninguna otra titulación debería contemplarse que no sea Educador Social, profesión y titulación para la cual preparan las 4 Universidades de Castilla y León.

    Llevamos 30 años desde que en España y en nuestra Comunidad existe una Ley que avala la profesión de la Educación Social con un título específico, y que no es otro que el Grado en Educación Social…

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  4. Explicitar seguridad de la información en funciones de Cuerpos de Sistemas y Tecnologías de la Información

    Y no sólo seguridad a secas.
    En consonancia con el artículo Profesionalidad del Esquema Nacional de Seguridad: "estará atendida, revisada y auditada por personal cualificado, dedicado e instruido en todas las fases de su ciclo de vida: instalación, mantenimiento, gestión de incidencias y desmantelamiento".

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    El Anteproyecto que nos ocupa se entiende como un texto normativo una relación de funciones que corresponden a los distintos Cuerpos y Escalas y que serán objeto de desarrollo más adelante. De este modo en las relaciones de puestos de trabajo se concretarán más las funciones que correspondan a los distintos Cuerpos y Escalas.

  5. Grupo 3 de informática

    Esta pandemia ha demostrado la importancia de la nuevas tecnologías en una Administración de calidad y eso se consigue con profesionales de calidad. Los actuales conseguimos que todo el personal que tuvo que ir a trabajar a casa pudiera realizar sus funciones sin problema y que los ciudadanos pudieran relacionarse telemáticamente con la Administración.
    Por eso y pensando en el futuro, es lógico pensar que el actual grupo 3 tiene que pasar a grupo B y que se deben buscar mecanismos para que todo el personal que hoy pertenece a dicho grupo pueda acceder al grupo B.

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  6. No se puede exigir un FP Superior para un grupo C1

    En el apartado : d) Cuerpos y Escalas del Grupo C, Subgrupo C1 se os ha colado los siguiente:

    "Escala de Inspectores de Campo:
    Ciclo formativo de grado superior de la familia agraria"

    Yo que no tengo mucha idea, considero que es un poquito ILEGAL no aplicar el RDL 5/2015 por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, según el mismo todas las personas a las que se les exija una titulación de TÉCNICO SUPERIOR, deben ser incluidas en el GRUPO B.

    Se trata simplemente de aplicar la ley!

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  7. No es necesario crear Cuerpo de Facultativos de Laboratorio de Salud Pública

    No es necesario crear Cuerpo de Facultativos de Laboratorio de Salud Pública. El crear tantos Cuerpos y el obligar a tener que elegir en qué cuerpo concreto se integra el funcionario, lo único que hace es reducir las posibilidades de moverse en un concurso, ya que al final hay muy pocas plazas a las que pueda acceder un funcionario de un Cuerpo y Escala de Administración Especial A1 y aunque haya concurso abierto y permanente no va a haber plazas a las que moverse.

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  8. No hace falta crear Cuerpo de Inspección de Servicios Públicos

    Los veterinarios, farmacéuticos e ingenieros realizan funciones de inspección y no se les ha creado un cuerpo específico de inspectores. Por eso, por igualdad no debe crearse el Cuerpo específico de Inspección de Servicios Públicos y se debe dejar que los que tengan las titulaciones de Grado más Máster o Licenciatura en Biología, Química, Ingeniería Industrial, Ciencias Ambientales e Ingeniería Química puedan realizar inspecciones y que también puedan acceder a puestos de trabajo en los que no se realicen inspecciones.
    El crear tantos cuerpos y el obligar a tener que elegir en qué cuerpo concreto se integra el funcionario, lo…

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    Agradecer su aportación de antemano. El hecho de crear un Cuerpo de Inspección de Servicios Públicos se ha considerado creyendo una necesidad incluir a los distintos funcionarios que realizan esas funciones en un único Cuerpo. No obstante, el Anteproyecto sigue en estudio y pudiera ser susceptible de modificaciones si se creyera necesario de acuerdo a las aportaciones presentadas.

  9. Modificación redacción apartado 1.d Disposición Adicional Cuarta Integración voluntaria

    En el apartado 1.d de la Disposición Adicional Cuarta Integración voluntaria donde dice: "alguna de las titulaciones que se establecen para el ingreso en el Cuerpo de Facultativos de Laboratorio de Salud Pública, siempre que desempeñe las funciones de este Cuerpo y siempre que tengan destino en los Laboratorios de Salud Pública de la Consejería de Sanidad", debería decir: "alguna de las titulaciones que se establecen para el ingreso en el Cuerpo de Facultativos de Laboratorio de Salud Pública y desempeñen las funciones de este Cuerpo". Se propone esta nueva redacción para que así sea igual a la redacción que…

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  10. Puestos de trabajo apartado 2 artículo 11 deben desempeñarse por funcionarios Cuerpos y Escalas de Administración Especial A1 con C.A.P.

    Los puestos de trabajo del apartado 2 del artículo 11 también deben poder desempeñarse por funcionarios de Cuerpos y Escalas de Administración Especial A1 con Certificado de Aptitud Pedagógica (C.A.P.), ya que en esos puestos de trabajo se realizan labores administrativas de organización e impulso de expedientes en materia de la unidad, elaboración de informes y propuestas de resolución, para las que los funcionarios antes citados están muy preparados para realizar esas funciones.

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    Si bien en el Anteproyecto se hace referencia a la Administración docente, con el fin de que queden determinadas las distintas Administraciones de personal existentes en Castilla y León, .la misma queda fuera del ámbito de aplicación de la Ley de Cuerpos y Escalas de la Administración de Castilla y León, ya que ésta se regula por su concreta normativa estatal.

  11. Modificación de la redacción del apartado 3 de la Disposición Adicional Octava Integración a nuevos Cuerpos y Escalas

    En el apartado 3 de la Disposición Adicional Octava Integración a nuevos Cuerpos y Escalas donde dice: "La integración no tendrá ningún efecto económico. El personal funcionario continuará percibiendo las retribuciones que tenga asignadas el puesto de trabajo de origen",
    debería decir: "La integración no tendrá ningún efecto económico", es decir, se debe quitar la frase "El personal funcionario continuará percibiendo las retribuciones que tenga asignadas el puesto de trabajo de origen." Se propone quitar esta frase porque esta frase no está en la Disposición Adicional Tercera Integración automática ni está en la Disposición Adicional Cuarta Integración voluntaria, para que…

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  12. Mención explícita grado en Ed.Social

    No se concibe que no se recoja explícitamente el grado de Educación Social como titulación de acceso a la escala de Educación Social. Resulta indignante que se de preferencia a titulaciones que no se corresponden directamente con esta escala frente a titulaciones que ofrecen una formación específica en este ámbito, como es el grado en Educación Social.

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  13. Ascenso directo del grupo C2 al C1 por años de servicio trabajados, extensible a los demás cuerpos y escalas

    Ascenso directo del grupo C2 al C1 por años de servicio trabajados, siempre que se posea la titulación exigida.
    En la mayoría de los casos estamos realizando las mismas funciones y ya que la promoción interna es escasa e insuficiente, aunque apruebes te quedas sin plaza , no puede ser que están años cubiertas por interinos y no las hayan sacado a promoción interna quitándonos un derecho a la promoción que como funcionarios deberíamos tener.
    Extensible al resto de grupos y cuerpos.

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  14. AQCYL - ALEGACIONES QUÍMICOS

    Como Presidente de la Asociación de Químicos de Castilla y León (https://www.quimicoscyl.org/) les hago llegar nuestra postura en relación al Anteproyecto de Ley de cuerpos y escalas de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.
    Uno de los objetivos principales de nuestra Asociación es la defensa de los profesionales de la Química en el ámbito regional, y en este sentido creemos prioritario que nuestros profesionales disfruten de las mismas oportunidades profesionales que disfrutan en el resto de España y los de otros países de nuestro entorno, para las que están capacitados y formados y vienen ejerciendo…

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  15. Grupo B y grupos A de Agentes Medioambientales - CSIF

    El Sector Autonómico de Administración General de la Junta de Castilla y León de CSIF, como sindicato mayoritario en las Administraciones Públicas, detectadas determinadas necesidades normativas en cuanto a mejora de las garantías jurídicas de los actuales funcionarios y, por tanto, de sus actuaciones en actos de servicios, viene a realizar la siguiente propuesta:
    Como establece nuestro Estatuto de Autonomía, el patrimonio natural es uno de los valores esenciales de identidad de la Comunidad de Castilla y León. Por ello, determina que será objeto de especial protección y apoyo.
    Esto no puede quedar en un mero mandato legal; la protección…

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  16. Cuerpo Superior de Inspección de Servicios Públicos

    Deberían figurar como titulación de acceso a este cuerpo la titualción de Ingeniería Agrónoma. Llevamos años realizando inspecciones,
    comprobaciones de documentos, de actividades, de instalaciones;
    toma de muestras, levantamiento de actas, interpretación de resultados y elaboración de informes, etc. en materia agraria y agroalimentaria y ahora se nos excluye del cuerpo creado al efecto.

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  17. ¡ESTO ES UNA VERGÜENZA! Los educadores/as sociales SON FUNDAMENTALES. Los demás grados mencionados no pueden hacer ¡NUESTRO TRABAJO!

    Debería permitirse solo acceder a los Graduados y en su día Diplomados en Educación Social.

    Ninguna otra titulación debería contemplarse que no sea Educador Social, profesión y titulación para la cual preparan las 4 Universidades de Castilla y León.

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  18. Escalas de Archivos y Bibliotecas (error en los grados de acceso)

    Las escalas de Archivos y Bibliotecas se están formando en el Grado en Información y Documentación, impartido esencialmente por el Área de Biblioteconomía y Documentación, adscrita a las Ciencias Sociales, tanto en la Universidad de León como en la Universdad de Salamanca, que imparten esta formación en Castilla y León.

    El Registro de Universidades, Centros y Títulos (RUCT) establece que el Grado en Información y Documentación pertenece a la rama de Ciencias Sociales y Jurídicas. Este título está orientado hacia la formación de profesionales de archivos, bibliotecas y centros de documentación.

    El acceso al Cuerpo Facultativo Superior (Escala de Archiveros…

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  19. Inclusión del Cuerpo Superior Facultativo (Estadísticos)

    No aparece en el anteproyecto de Ley, dentro del grupo A1, el Cuerpo Superior Facultativo (Estadísticos) que existe desde hace años y aunque somos pocos, existimos. Además hay que añadir que una de las titulaciones requeridas para el puesto sea la Licenciatura en Ciencias y Técnicas Estadísticas (que también existe desde hace muchos años y que continuamente eliminan de las RPTs a pesar que hemos accedido al puesto con esa titulación).

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  20. ¿Qué implica la Disp. Transitoria Primera?

    El personal laboral (…) podrá adquirir la condición de funcionario permaneciendo en su puesto a través del sistema de promoción interna valorándose como mérito los servicios prestados como laboral fijo y las pruebas selectivas superadas para adquirir esta condición.

    Entonces, ¿para permanecer en mi puesto debo promocionar? ¿Y los méritos para qué valen? Si cada uno permanece en su puesto, no voy a tener ni más ni menos méritos que otros que quieran mi puesto, porque los otros permanecerán en su puesto... ¿Concurso conmigo mismo?

    ¿O va a ser una promoción interna pidiendo cada uno el puesto que le interese?…

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(2021/11) Anteproyecto de Ley de cuerpos y escalas de la Administración de la Comunidad de Castilla y León. (Cerrado)

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