Aspectos Ley del Juego
ÁLVARO DIEZ GONZÁLEZ, como Secretario General de la Federación Leonesa de Empresarios, además de las sugerencias que se relacionan manifiesta su a su apoyo en a la mesa intersectorial, y específicamente las de ALEMARE, como asociación provincial integrada en esta federación
Así, sin ánimo de ser exhaustivos en relación a máquinas tipo B para Hostelería:
• Reducir el nivel de burocracia, evitar trámites y papeleo: NO EXIGENCIA DE LICENCIA DE APERTURA A NOMBRE DEL TITULAR DE LA ACTIVIDAD: basta con el ALTA EN AEAT (mod 036 o mod 037)
• Integración y cumplimiento LOPD: basta con que no puedan ser empleados ni gerentes ni administradores de empresas de juego, aquellos condenados en los últimos 5 años por delitos relacionados con el ámbito del juego
• INCLUSIÓN, de determinados establecimientos en el catálogo de establecimientos tasados, susceptibles de tener máquinas “B”, por ejemplo, degustaciones y análogos. En definitiva, a todos aquellos que tengan barra, vendan comida y bebida (alcohólica o no). Porque ya decide el titular de la actividad, si quiere o no, la máquina.
• Regulación homogénea de la publicidad, y en concreto de la publicidad del juego on line
