Relaciones de puestos de trabajo
La competencia para aprobar las relaciones de puestos de trabajo debería seguir en manos de la Junta de Castilla y León, en lugar de pasar a manos del Consejero/a competente en materia de Función Pública.
Y deberían eliminarse los supuestos de exención del requisito de figurar en las RPTs previstos en el artículo 80.2.

La aprobación y modificación de las Relaciones de Puestos de trabajo debe seguir un procedimiento ágil y sencillo que logre adaptar dichas relaciones a las necesidades cambiantes de la organización, por lo que se estima más conveniente residenciar tal competencia en el titular de la Consejería competente en materia de Función Pública, previa negociación.
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Luis M. commented
Por cierto, debería especificarse que mientras esté en marcha un proceso de provisión o de selección no se puedan modificar los puestos de trabajo, y sus relaciones, así como tampoco las estructuras orgánicas de la Administración autonómica.