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(2021/05) Proyecto de Decreto por el que se crea la comisión de Garantía y Evaluación de la Ley Orgánica 3/2021, de 24 de marzo, de regulación de la eutanasia, en la Cdad. de Castilla y León. (Cerrado)

La Ley Orgánica 3/2021, de 24 de marzo, de regulación de la eutanasia, prevé en su artículo 17 la existencia de una Comisión de Garantía y Evaluación en cada una de las Comunidades Autónomas y las Ciudades autónomas de Ceuta y Melilla, encargada de verificar de forma previa y controlar a posteriori los procedimientos que en dicha ley se establece. Asimismo, configura la Comisión de Garantía y Evaluación como un órgano administrativo, establece el número mínimo de siete miembros entre los que se incluirá personal médico, de enfermería y juristas y, en sus artículos 18 y 19 establece sus funciones decisorias, verificadoras y consultivas e impone a sus miembros el deber de secreto.

Por otra parte, la Ley Orgánica 3/2021, de 24 de marzo, para garantizar a toda la ciudadanía el acceso en condiciones de igualdad a la eutanasia incluye en la cartera común de servicios del Sistema Nacional de Salud la prestación de la ayuda a morir.

En consecuencia, de acuerdo con el marco normativo señalado y en ejercicio de las competencias exclusivas que el artículo 74 del Estatuto de Autonomía de Castilla y León atribuye a la comunidad autónoma, sin perjuicio de las facultades reservadas al Estado, en materia de sanidad y salud pública, así como la planificación de los recursos sanitarios, correspondiendo la organización, funcionamiento, administración y gestión de todas las instituciones sanitarias públicas, a través del presente Decreto se crea la Comisión de Garantía y Evaluación de la Ley Orgánica 3/2021, de 24 de marzo, de regulación de la eutanasia, en la Comunidad de Castilla y León.

Esta Comisión de Garantía y Evaluación tiene como finalidad verificar y controlar el respeto a la Ley Orgánica, resolver las reclamaciones y dirimir las diferencias de criterio entre el médico y el jurista al que se asigne la verificación previa en cada caso, independientemente de que la prestación de la ayuda a morir se realice en centros sanitarios públicos, privados, concentrados o en el propio domicilio. Se adscribe a la Gerencia Regional de Salud, organismo autónomo de la Comunidad de Castilla y León responsable de la administración y gestión de las prestaciones sanitarias y su funcionamiento será atendido con los medios personales, técnicos y presupuestarios de la dirección general competente en materia de asistencia sanitaria.

En cuanto a la composición del órgano colegiado, se establece un número de diecisiete miembros con un adecuado equilibrio en entre profesionales médicos y juristas, siete respectivamente, teniendo en cuenta que en el correcto desarrollo del procedimiento de la prestación de ayuda a morir la tarea de verificación inicial recae en un equipo formado por un profesional médico y un jurista miembros de la Comisión. También se incluyen otros profesionales sanitarios, tres concretamente, en los que se incorpora a los profesionales de enfermería como exige la Ley Orgánica 3/2021, de 24 de marzo.

Para la designación de los miembros de la Comisión de Garantía y Evaluación se establece un requisito general de cinco años de experiencia en el ejercicio de su profesión. Con carácter particular, respecto a los profesionales sanitarios se da preferencia a los especialistas en aquellas áreas más concernidas por la prestación de ayuda a morir, así como a los profesionales sanitarios expertos en el manejo del final de la vida y el sufrimiento emocional y también se tendrá en consideración su formación en materia de bioética y ética asistencial. En cuanto a los juristas, éstos seleccionarán entre catedráticos, profesores de universidad y abogados en ejercicio, en las áreas del derecho más directamente relacionadas con la prestación de la ayuda a morir y entre personal funcionario o estatutario perteneciente al Subgrupo A1 del Grupo A, licenciados en derecho, al servicio de la administración o de las instituciones sanitarias de la Comunidad de Castilla y León.

Los criterios de selección establecidos garantizan que la Comisión de Garantía y Evaluación sea un órgano altamente cualificado en relación con las importantes decisiones que debe tomar ante las solicitudes de la prestación de ayuda a morir.

Asimismo, el componente ético de las decisiones clínicas y la complejidad de la situación física y emocional en que se encuentran las personas en el momento de tomar la decisión de solicitar la prestación de ayuda a morir, hace imprescindible la intervención de la Comisión de Bioética de Castilla y León, que informará la propuesta de composición de la Comisión de Garantía y Evaluación y que podrá asesorar a la propia Comisión en aquellos asuntos que contemple el reglamento interno de ésta.

En cuanto a sus funciones, además de las previstas por la Ley Orgánica 3/2021, de 24 de marzo, la Comisión instará a los órganos competentes de la administración sanitaria a realizar campañas divulgativas sobre dicha norma, cuyo contenido informará previamente. Asimismo, fomentará y propondrá actividades formativas dirigidas a profesionales acerca de los distintos aspectos que concurren en la ayuda a morir.

Por último, respecto a su régimen jurídico y funcionamiento, la Comisión de Garantía y Evaluación aprobará su propio reglamento interno, que habrá de autorizarse por la persona titular de la consejería de sanidad y que se publicará en el boletín oficial de Castilla y León. Sus decisiones pondrán fin a la vía administrativa y podrán recurrirse ante la jurisdicción contencioso-administrativa.

El decreto se tramita por el procedimiento de urgencia, de acuerdo con lo previsto en el artículo 76.bis.1.a) de la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León. Ello responde a que su entrada en vigor debe producirse antes del 25 de junio de 2021, por exigirlo así la disposición final cuarta de la Ley Orgánica 3/2021, de 24 de marzo, de regulación de la eutanasia. Por tanto, los plazos seguidos en la tramitación se reducen a la mitad.


Proyecto de Decreto por el que se crea la comisión de Garantía y Evaluación de la Ley Orgánica 3/2021, de 24 de marzo, de regulación de la eutanasia, en la Comunidad de Castilla y León.




Fecha de publicación 19 de mayo de 2021


El plazo para realizar aportaciones a este espacio de participación finalizó a las 14:00 horas del 24 de mayo de 2021.


2 results found

  1. Aportaciones grupo DMD Castilla y León.

    Desde el grupo de trabajo de Castilla y León de la Asociación Derecho a morir dignamente enviamos las aportaciones en documento adjunto. Un saludo.

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    Agradecemos su participación en la tramitación del presente decreto y acogemos buena parte de sus sugerencias, en la medida que entendemos que contribuyen a mejorar el contenido de la norma. Así se diferencia entre funcionarios de carrera de Cuerpos de Catedráticos de Universidad y de Profesores Titulares de Universidad de Castilla y León. Se elimina del título del artículo 1 el término “finalidad” y en relación con las “funciones” que le corresponden a la comisión, se alude en el artículo 2 de forma genérica a las previstas en la ley orgánica y las demás contempladas en la presente norma. Se suprime la mención expresa al Decreto vigente en materia de indemnizaciones por razón del servicio, cuyo título literal contemplaba al “personal autónomo”. Se impone a la secretaría de la comisión el deber de secreto. Se incorpora un lenguaje más inclusivo a la redacción, siempre y cuando resulte compatible con su…

  2. No médicos del sector privado

    El apartado en el que se incluye que 7 médicos formarán parte de la comisión, 2 de ellos procedentes del sector privado, debería anularse esto último. El sistema público siempre garantizará, de manera más óptima, el cumplimiento de conflicto de intereses.

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    Agradecemos su participación en la tramitación del presente decreto. No obstante su sugerencia no puede ser atendida por cuanto se considera relevante la representación de profesionales del sector privado en la comisión, en la medida que la prestación de la ayuda a morir tendrá lugar también en centros privados y concertados. Además, lo determinante en la composición de la comisión no es tanto la condición o el lugar de trabajo de sus miembros, como la garantía de su profesionalidad y formación, así como su multidisciplinariedad.

(2021/05) Proyecto de Decreto por el que se crea la comisión de Garantía y Evaluación de la Ley Orgánica 3/2021, de 24 de marzo, de regulación de la eutanasia, en la Cdad. de Castilla y León. (Cerrado)

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