Skip to content

(2021/05) Anteproyecto de Ley reguladora del modelo de atención residencial para cuidados de larga duración en Castilla y León. (Cerrado)

De acuerdo con la Ley 16/2010, de 20 de diciembre, para la autorización y el funcionamiento de este tipo de centros de atención social, se precisan una serie de condiciones y requisitos que son exigidos por la Administración autonómica en ejercicio de las competencias atribuidas. Asimismo, se debe tomar conciencia de los nuevos planteamientos sociales e incluso de los avances técnicos acaecidos, que imponen y aconsejan la aprobación de un nuevo modelo de atención residencial, introduciendo el término de cuidados de larga duración, por ser coincidente con los términos utilizados en el ámbito de la Unión Europea, orientando la denominación de los centros en función de sus especialización en cuidados para personas  en situación de dependencia y con discapacidad, sustituyendo al colectivo global de personas mayores en la denominación de dicho centros. El modelo que se pretende implantar se basa en el modelo de atención integral y centrado en la persona (ACP) dirigido a superar el de atención tradicional de corte fundamentalmente sanitario, aprobado mediante el Decreto 14/2001, de 18 de enero, en el ámbito de la atención a las personas mayores y la Orden de la Consejería de Sanidad y bienestar Social de 21 de junio de 1993, que regula los requisitos de los centros de atención a personas con discapacidad.

Asimismo, la extensión de la pandemia del Covid-19 ha puesto en evidencia la necesidad de que se incorporen nuevos planteamientos en el diseño de los centros que permitan evitar y combatir de forma eficiente la pandemia actual u otras que se puedan producir en el futuro, incorporando básicamente tres ideas fundamentales: la necesidad de sectorizar los centros en unidades pequeñas, contar con un plan de contingencia que impida o dificulte la expansión de la enfermedad y que los centros cuenten, tanto para los profesionales como para los usuarios, de una reserva estratégica de material de protección. Estas medidas fueron incorporadas a la normativa vigente mediante el Decreto-ley 5/2020, de 18 de junio, por el que se regulan las medidas extraordinarias que deben adoptarse en la atención social en los centros residenciales de personas mayores y personas con discapacidad en Castilla y León para garantizar la protección de usuarios y profesionales ante situaciones excepcionales de salud pública declaradas oficialmente.

El nuevo modelo de atención residencial para los cuidados de larga duración tiene por objetivo general que las personas con necesidades de apoyos reciban cuidados en las mejores condiciones para su bienestar y calidad de vida. El modelo parte de la necesidad expresa de reconocimiento de la dignidad de cada persona necesitada de atención, sin distinción alguna. El concepto de dignidad se fundamenta en el propio valor intrínseco que tiene la persona en cuanto que es persona, con independencia de sus condiciones individuales físicas o psicológicas, o su situación o circunstancias sociopersonales.

En este modelo de atención, los profesionales informan y proponen a la persona usuaria las intervenciones que la evidencia científica y su conocimiento profesional estiman como más convenientes para su atención, pero es, en todo caso, a la persona usuaria a quien corresponde tomar las decisiones sobre su proyecto de vida.

Otra de las novedades de la Ley, es la creación de un sistema que promueva y verifique la calidad de los servicios residenciales que se sustente en el conocimiento del funcionamiento de los principales sistemas referentes en servicios sociales. La mayor parte de los países de nuestro entorno cuentan con organismos –en algunos casos públicos, en otros privados y en otros mixtos− que asumen funciones relativas a la autorización, el registro, la acreditación, la inspección, la estandarización y/o la evaluación de los servicios de atención a la dependencia.


Anteproyecto de Ley reguladora del modelo de atención residencial para cuidados de larga duración en Castilla y León.


Fecha de publicación 30 de abril de 2021


El plazo para realizar aportaciones a este espacio de participación finalizó a las 14:00 horas del 19 de mayo de 2021.


109 results found

  1. SIN ENFERMERIA EN LAS RESIDENCIAS NO HAY CALIDAD DE CUIDADOS

    También se habla de los proyectos de vida, muchas de las personas ponen el cuidado de su salud como parte importante de su proyecto de vida, y eso lo sabemos desde las residencias, donde intentamos satisfacer sus planes personales y adecuar los apoyos necesarios a los recursos de los que disponemos. En ese plan de vida que se propone desde la Junta; ¿se contempla que esa prioridad que marcan los usuarios sea reconocida como derecho? Se les va a dar respuesta cuando digan que quieren tener una atención continuada y precisa de su plan de cuidados con un seguimiento profesional…

    15 votes

    We're glad you're here

    Please sign in to leave feedback

    Signed in as (Sign out)

    We’ll send you updates on this idea

  2. Aspecto fundamental: atención sanitaria.

    Un aspecto fundamental en la atención a estos usuarios es su salud, y este Anteproyecto se olvida de que los ancianos en las residencias son personas dependientes (90% grado 3 en la que yo trabajo), pluripatológicos en su inmensa mayoría, y que han ingresado en una residencia por problemas de salud. No se habla de la necesidad de personal sanitario propio y cercano al residente, mucho menos de ratios. Las unidades de convalecencia tampoco aparecen, y puede que sea lo adecuado, porque con un botiquín básico, insuficiente para residentes habituales, sería milagroso poder atender a los residentes que ocupan esas…

    15 votes

    We're glad you're here

    Please sign in to leave feedback

    Signed in as (Sign out)

    We’ll send you updates on this idea

  3. Servicios de rehabilitación biopsicosocial dignos imprescindibles para una buena atención y promoción de la dignidad de la persona

    Imprescindible que se cuente con terapia ocupacional de forma obligatoria y a jornada completa. España debería copiar al resto de países europeos y promover una covertura de 12/24h diarias los 365 días del año de los servicios de:
    -TERAPIA OCUPACIONAL
    -ENFERMERIA
    -FISIOTERAPIA
    -LOGOPEDIA
    -MEDICINA
    -PSICOLOGÍA

    Es imprescindible tener más de un Terapeuta ocupacional y un fisioterapeuta en una residencia cuando hay más de 40 usuarios, así como incluir a los logopedas. AUMENTO DE RATIOS YA!!!!

    Los directores de las residencias deben tener una carrera universitaria en CIENCIAS DE LA SALUD O SOCIALES, o pertenecer a profesiones sanitarias de grado universitario…

    15 votes

    We're glad you're here

    Please sign in to leave feedback

    Signed in as (Sign out)

    We’ll send you updates on this idea

  4. NO ABORDA LOS ASPECTOS RELEVANTES A FUTURO

    Dos cuestiones:
    1ª- Hacer una Ley que sólo aborda los entornos residenciales, desde mi punto de vista, es sumamente inaceptable!!!.
    Tendríamos que aprobar una Ley Integral de atención a Personas Mayores, considerando cualquier ámbito de intervención: residencias; viviendas colaborativas; domicilios..., de tal forma que como ocurre en países Europeos (Francia, Dinamarca, Suecia, Noruega...) la Atención Integral Centrada en la Persona, se desarrolle, de verdad, desde dónde la persona decida, y en el momento que lo decida...
    Sólo circunscribir una norma con rango de Ley, a las residencias, sin abordar el abrumador envejecimiento de nuestra Comunidad, me parece EXCESIVO. Qué haremos…

    15 votes

    We're glad you're here

    Please sign in to leave feedback

    Signed in as (Sign out)

    We’ll send you updates on this idea

  5. Innovación

    La Asociación Tejiendo Vida de Valladolid, manifiesta su aprobación por la vía abierta hacia la innovación en el anteproyecto de la ley de atención residencial para cuidados de larga duración.
    Pedimos a la JCYL que continúe esa línea desarrollando una normativa para que este tipo de centros innovadores, sea contemplado por la ley como ya han hecho en algunas otras Comunidades Autónomas y ofrecemos nuestra colaboración para trabajar en este sentido. Valoramos las referencias del anteproyecto a distintas experiencias internacionales “Green Houses” y otras nacionales conocidas como “Viviendas Colaborativas”, en la línea de nuestra iniciativa y con las que compartimos…

    14 votes

    We're glad you're here

    Please sign in to leave feedback

    Signed in as (Sign out)

    We’ll send you updates on this idea

  6. El personal debe ser propio

    El personal externo al final lo que hace es fomentar la creación de falsos autónomos y aumentar la inseguridad laboral

    14 votes

    We're glad you're here

    Please sign in to leave feedback

    Signed in as (Sign out)

    We’ll send you updates on this idea

    1 comment  ·  Admin →
  7. No. Están llevando todo a un extremo totalitario imposible de soportar. Lo que menos les importa son los residentes, aunque vivan de ellos

    Me gustaría que tuvieran un trato más humano con los residentes y familiares. Muchas gracias.

    14 votes

    We're glad you're here

    Please sign in to leave feedback

    Signed in as (Sign out)

    We’ll send you updates on this idea

  8. El personal tanto técnico como auxiliares debe estar regulado por ley y de obligatorio cumplimiento

    El trabajo social sufre un intrusismo dentro de las empresas que gestionan centros servicios sociales, observamos que diariamente nuestro perfil es cubierto con otro técnico (fisioterapeuta, terapeuta ocupacional, enfermeros) veo necesario la obligatoriedad que la nueva ley aporte a la presencia en estas empresas de todos los perfiles profesionales como primer paso para trabajar La ACP de los usuarios a través de los PAIS donde los propios usuarios decidan y firmen.

    13 votes

    We're glad you're here

    Please sign in to leave feedback

    Signed in as (Sign out)

    We’ll send you updates on this idea

    1 comment  ·  Admin →
  9. REGULACION ESPECIFICA PARA LOS CENTROS DE DIA, NO SOMOS UNA RESIDENCIA

    Es una Ley totalmente dirigida al ámbito residencial que nada tiene que ver con la atención en un centro de día, donde la estancia de la persona se complementa con la de su domicilio.
    Los centros de día evitan y/o retrasan la institucionalización definitiva, permiten la continuidad de la persona en su entorno; potencian la autonomía de la persona, el contacto social y el mantenimiento de sus capacidades. Concilia y permite el descanso del cuidador familiar.
    Existe una red de Centros de Día especializados en nuestra Comunidad Autónoma desde el año 1993, pionera en este recurso, y se sigue sin…

    11 votes

    We're glad you're here

    Please sign in to leave feedback

    Signed in as (Sign out)

    We’ll send you updates on this idea

  10. ENFERMERIA Y MODELOS DE ATENCIÓN EN CENTROS SOCIOSANITARIOS

    La presencia de personal técnico cualificado y especializado en los centros socio sanitarios es una necesidad absoluta y prioritaria y todo planteamiento que no vaya en esa dirección evidencia un profundo desconocimiento de la realidad de estos centros.
    En la actualidad estamos asistiendo a un gran cambio en nuestra sociedad. La pandemia del COVID-19 ha venido a poner aún más en evidencia el progresivo envejecimiento de la población en nuestra sociedad. Este envejecimiento de la población plantea toda una serie de necesidades a nivel de salud, así como en el ámbito psicológico y social.
    En los últimos años se ha…

    9 votes

    We're glad you're here

    Please sign in to leave feedback

    Signed in as (Sign out)

    We’ll send you updates on this idea

  11. Imprescindible el personal sanitario y otros profesionales en las residencias

    En este modelo el tema sanitario, tanto público como privado, recae directamente sobre el sistema sanitario público prescindiendo de los médicos y enfermeras de residencias alegando que es su vivienda y obviando que los usuarios a los que va enfocado tienen multipatologia y son grandes dependientes que necesitan asistencia en todos los aspectos, tanto en las actividades de la vida diaria como en los cuidados médicos y sanitarios que precisan de inmediato.

    También hacen falta otros profesionales, entre los quede encuentran los fisioterapeutas en mayor número, que entre otras cosas se encargan de un menor deterioro de la capacidad física…

    7 votes

    We're glad you're here

    Please sign in to leave feedback

    Signed in as (Sign out)

    We’ll send you updates on this idea

  12. DERECHO DE ELECCIÓN ENTRE RESIDENCIA PÚBLICA Y PRIVADA

    DERECHO DE ELECCIÓN ENTRE RESIDENCIA PÚBLICA Y PRIVADA.
    Las Administraciones son responsables son responsables del bienestar de TODAS las personas administradas durante toda su vida.
    De la misma manera que en Educación y Sanidad se ofertan las plazas suficientes para garantizar la libertad de elección, las residencias de mayores deben de seguir el mismo patrón.
    Por tanto, el cuidado de los mayores no puede recaer mayoritariamente en manos de empresas privadas.
    Las Administraciones deben ofrecer el suficiente número de plazas que permitan la atención de toda su población mayor tanto si puede valerse por si misma como si presenta alguna…

    7 votes

    We're glad you're here

    Please sign in to leave feedback

    Signed in as (Sign out)

    We’ll send you updates on this idea

  13. MENOS COCINAS INSERVIBLES Y MAS ESPACIOS ABIERTOS QUE EVITEN AISLAMIENTOS INTOLERABLES

    Además de considerar imprescindible el personal sanitario de los Centros, como se ha demostrado en esta terrible crisis sanitaria que se vive en los Centros, para continuar con el control de la pandemia, para una atención digna y personalizada las 24h, para la necesaria y obligada coordinación con la Sanidad pública, control de medicación, escaras, sujeciones,.. no exigir cocinitas que se han demostrado inservibles y promover espacios abiertos para el paseo, tomar el sol, respirar,...realmente es lo que valoran las personas mayores si realmente se les escucha. No permitir aislamientos , confinamientos más halla que a la población en general,…

    7 votes

    We're glad you're here

    Please sign in to leave feedback

    Signed in as (Sign out)

    We’ll send you updates on this idea

  14. Alegaciones Plataforma Social

    Solicitamos que la ley sea de cuidados de larga duración tanto en residencias, como en casa
    En Residencias demandamos que no se presente el proyecto de ley mientras no se concrete como se va a prestar la atención sanitaria, se concrete las ratios de personal, se garantice las unidades de convivencia para todos los centros, se garantice el acceso a las Unidades de Convalecencia y se incluya un Plan de inspecciones. El desarrollo en el documento anexo.

    6 votes

    We're glad you're here

    Please sign in to leave feedback

    Signed in as (Sign out)

    We’ll send you updates on this idea

  15. No

    Es necesaria la presencia de una enfermera para prestar unos cuidados de calidad

    6 votes

    We're glad you're here

    Please sign in to leave feedback

    Signed in as (Sign out)

    We’ll send you updates on this idea

  16. ley de cuidados de larga duración para todas las personas mayores

    Alegaciones que presenta la Plataforma Social al anteproyecto de ley reguladora del modelo de atención residencial para cuidados de larga duración en Castilla y León

    Cuidados de larga duración también en casa
    Cuando la mayoría de las personas prefieren permanecer en su domicilio, y allí recibir los servicios y apoyos que necesitan para desarrollar su proyecto de vida, desde la Consejería de Familia e Igualdad de oportunidades se plantea una ley destinada sólo a la atención en centros residenciales, lo que supone una oportunidad perdida y se contradice con el discurso que se ha venido desarrollando por ésta, plasmado en…

    5 votes

    We're glad you're here

    Please sign in to leave feedback

    Signed in as (Sign out)

    We’ll send you updates on this idea

  17. ALEGACIONES Consejo de Colegios Profesionales de Enfermería de CASTILLA Y LEÓN

    Adjunto documento alegaciones de Anteproyecto de Ley reguladora del modelo de atención residencial para cuidados de larga duración en Castilla y León.

    5 votes

    We're glad you're here

    Please sign in to leave feedback

    Signed in as (Sign out)

    We’ll send you updates on this idea

  18. SIN TCAE, NO HAY “PERSONAL DE ATENCIÓN DIRECTA” NI “MODELO ACP”

    El modelo ACP me parece muy acertado, no así el desarrollo de la Ley, queda coja en muchos aspectos, entre ellos el siguiente:

    Solicito que, se nos incluya dentro del Artículo 30, se amplíe y se indique cuáles son las competencias de cada una de las titulaciones que en él aparecen, donde pueden ejercer (residencias, centros de día, pisos tutelados, etc), no se puede comparar una formación de 1.400 horas (TCAE), una de 2.000 (APSD), con un certificado de profesionalidad o cualificación profesional de atención sociosanitaria de apenas 450h.
    El grado medio de TCAE, tiene una duración total de dos…

    5 votes

    We're glad you're here

    Please sign in to leave feedback

    Signed in as (Sign out)

    We’ll send you updates on this idea

  19. 5 votes

    We're glad you're here

    Please sign in to leave feedback

    Signed in as (Sign out)

    We’ll send you updates on this idea

  20. 4 votes

    We're glad you're here

    Please sign in to leave feedback

    Signed in as (Sign out)

    We’ll send you updates on this idea

(2021/05) Anteproyecto de Ley reguladora del modelo de atención residencial para cuidados de larga duración en Castilla y León. (Cerrado)

Categories

Feedback and Knowledge Base