(2021/05) Anteproyecto de Ley reguladora del modelo de atención residencial para cuidados de larga duración en Castilla y León. (Cerrado)
De acuerdo con la Ley 16/2010, de 20 de diciembre, para la autorización y el funcionamiento de este tipo de centros de atención social, se precisan una serie de condiciones y requisitos que son exigidos por la Administración autonómica en ejercicio de las competencias atribuidas. Asimismo, se debe tomar conciencia de los nuevos planteamientos sociales e incluso de los avances técnicos acaecidos, que imponen y aconsejan la aprobación de un nuevo modelo de atención residencial, introduciendo el término de cuidados de larga duración, por ser coincidente con los términos utilizados en el ámbito de la Unión Europea, orientando la denominación de los centros en función de sus especialización en cuidados para personas en situación de dependencia y con discapacidad, sustituyendo al colectivo global de personas mayores en la denominación de dicho centros. El modelo que se pretende implantar se basa en el modelo de atención integral y centrado en la persona (ACP) dirigido a superar el de atención tradicional de corte fundamentalmente sanitario, aprobado mediante el Decreto 14/2001, de 18 de enero, en el ámbito de la atención a las personas mayores y la Orden de la Consejería de Sanidad y bienestar Social de 21 de junio de 1993, que regula los requisitos de los centros de atención a personas con discapacidad.
Asimismo, la extensión de la pandemia del Covid-19 ha puesto en evidencia la necesidad de que se incorporen nuevos planteamientos en el diseño de los centros que permitan evitar y combatir de forma eficiente la pandemia actual u otras que se puedan producir en el futuro, incorporando básicamente tres ideas fundamentales: la necesidad de sectorizar los centros en unidades pequeñas, contar con un plan de contingencia que impida o dificulte la expansión de la enfermedad y que los centros cuenten, tanto para los profesionales como para los usuarios, de una reserva estratégica de material de protección. Estas medidas fueron incorporadas a la normativa vigente mediante el Decreto-ley 5/2020, de 18 de junio, por el que se regulan las medidas extraordinarias que deben adoptarse en la atención social en los centros residenciales de personas mayores y personas con discapacidad en Castilla y León para garantizar la protección de usuarios y profesionales ante situaciones excepcionales de salud pública declaradas oficialmente.
El nuevo modelo de atención residencial para los cuidados de larga duración tiene por objetivo general que las personas con necesidades de apoyos reciban cuidados en las mejores condiciones para su bienestar y calidad de vida. El modelo parte de la necesidad expresa de reconocimiento de la dignidad de cada persona necesitada de atención, sin distinción alguna. El concepto de dignidad se fundamenta en el propio valor intrínseco que tiene la persona en cuanto que es persona, con independencia de sus condiciones individuales físicas o psicológicas, o su situación o circunstancias sociopersonales.
En este modelo de atención, los profesionales informan y proponen a la persona usuaria las intervenciones que la evidencia científica y su conocimiento profesional estiman como más convenientes para su atención, pero es, en todo caso, a la persona usuaria a quien corresponde tomar las decisiones sobre su proyecto de vida.
Otra de las novedades de la Ley, es la creación de un sistema que promueva y verifique la calidad de los servicios residenciales que se sustente en el conocimiento del funcionamiento de los principales sistemas referentes en servicios sociales. La mayor parte de los países de nuestro entorno cuentan con organismos –en algunos casos públicos, en otros privados y en otros mixtos− que asumen funciones relativas a la autorización, el registro, la acreditación, la inspección, la estandarización y/o la evaluación de los servicios de atención a la dependencia.
Fecha de publicación 30 de abril de 2021
El plazo para realizar aportaciones a este espacio de participación finalizó a las 14:00 horas del 19 de mayo de 2021.
109 results found
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APORTACIONES AL ANTEPROYECTO POR PARTE DE HERMANAS HOSPITALARIAS EN CASTILLA Y LEÓN
Hermanas Hospitalarias tras el análisis del documento que se presenta, como Anteproyecto de Ley, y habiendo sido partícipe de las mesas de debate fomentadas desde la Consejería de Familia de la Junta de Castilla y León agradece el espacio de participación que se ha generado, apostando por lograr el mayor consenso posible. Así entendemos su lectura. No cabe duda, de que es un momento trascendental para avanzar hacia un modelo de cuidados en los centros que nos sitúe a la vanguardia en nuestro país. El texto introduce cambios muy sustanciales, donde falta desarrollo clave:
o Ratios profesionales de funcionamiento,
o…2 votes -
Varias dudas y sugerencias
En el artículo 25.2. se indica “En caso de ausencia del director del centro, deberá existir siempre un profesional del centro que asuma las funciones que les son encomendadas a aquél”. En este caso, al profesional que le sustituya, ¿se le exigirán los mismos requisitos que se le requieren al director? ¿O puede ser sustituido el director, por ejemplo, por el personal de limpieza del centro?
Ø En el artículo 29.1., en relación al director, se recoge que “deberá contar con titulación universitaria y formación complementaria en dependencia, (…)”. ¿Y aquéllos directores que no cuentan con titulación universitaria pero sí…1 vote -
APORTACIONES DEL COLEGIO PROFESIONAL DE EDUCADORES Y EDUCADORAS SOCIALES DE CASTILLA Y LEÓN (CEESCYL)
El modelo de atención centrado en la persona es una forma de entender la calidad de vida y apoyar a las personas. Donde la autodeterminación es clave para que las personas no pierdan el control de sus vidas y donde la mirada y el respeto son de vital importancia. Nuestra profesión es un buen compañero/a de viaje en el proceso de envejecer y acompañar los proyectos de vida de las personas.
Desde la Educación Social se hace necesario:
Desarrollar una estrategia educativa para implantar la Atención Centrada en la Persona en los planes formativos dirigidos a las/los profesionales del sector…3 votes -
Artículo 38.- Calidad en los centros residenciales.
"El informe incluirá detalle de la evaluación realizada y una puntuación global que sintetice el nivel de calidad de los servicios evaluados"
A mayores, se podrían publicar los servicios ofrecidos por cada centro residencial, como médico, enfermera, terapeuta, fisioterapeuta, logopeda, etc, con sus respectivas ratios.
A mayores, se podría publicar el número de habitaciones dobles e individuales de los centros.
Y así esta información, sirva para que los usuarios, y/o sus familias, puedan tenerla en cuenta a la hora de decidir.
Siempre garantizando unos mínimos de calidad.
La idea es evitar que el coste de todas las plazas residenciales aumente…2 votes -
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ley de cuidados de larga duración para todas las personas mayores
Alegaciones que presenta la Plataforma Social al anteproyecto de ley reguladora del modelo de atención residencial para cuidados de larga duración en Castilla y León
Cuidados de larga duración también en casa
Cuando la mayoría de las personas prefieren permanecer en su domicilio, y allí recibir los servicios y apoyos que necesitan para desarrollar su proyecto de vida, desde la Consejería de Familia e Igualdad de oportunidades se plantea una ley destinada sólo a la atención en centros residenciales, lo que supone una oportunidad perdida y se contradice con el discurso que se ha venido desarrollando por ésta, plasmado en…5 votes -
REGULACION ESPECIFICA PARA LOS CENTROS DE DIA, NO SOMOS UNA RESIDENCIA
Es una Ley totalmente dirigida al ámbito residencial que nada tiene que ver con la atención en un centro de día, donde la estancia de la persona se complementa con la de su domicilio.
Los centros de día evitan y/o retrasan la institucionalización definitiva, permiten la continuidad de la persona en su entorno; potencian la autonomía de la persona, el contacto social y el mantenimiento de sus capacidades. Concilia y permite el descanso del cuidador familiar.
Existe una red de Centros de Día especializados en nuestra Comunidad Autónoma desde el año 1993, pionera en este recurso, y se sigue sin…11 votes -
ALEGACIONES Consejo de Colegios Profesionales de Enfermería de CASTILLA Y LEÓN
Adjunto documento alegaciones de Anteproyecto de Ley reguladora del modelo de atención residencial para cuidados de larga duración en Castilla y León.
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Imprescindible el personal sanitario y otros profesionales en las residencias
En este modelo el tema sanitario, tanto público como privado, recae directamente sobre el sistema sanitario público prescindiendo de los médicos y enfermeras de residencias alegando que es su vivienda y obviando que los usuarios a los que va enfocado tienen multipatologia y son grandes dependientes que necesitan asistencia en todos los aspectos, tanto en las actividades de la vida diaria como en los cuidados médicos y sanitarios que precisan de inmediato.
También hacen falta otros profesionales, entre los quede encuentran los fisioterapeutas en mayor número, que entre otras cosas se encargan de un menor deterioro de la capacidad física…
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• Que el ritmo de atencion a los residentes, sea el que necesitan, no el que marcan los directores a las trabajadoras para acometer todas la
• Que el ritmo de atencion a los residentes, sea el que necesitan, no el que marcan los directores a las trabajadoras para acometer todas las tareas que les asignan, que son muchas...no se puede estar metiendo prisa para comer, cenar, acostarse ...etc.... os imaginais la estampa de ver como una trabajadora va deprisa tirando de una persona mayor a lo largo de un pasillo, para llevarle al baño?.... o como se le da de comer como si fuera un embudo porque hay que ir terminando para recoger el comedor, .... o como a los dependientes no se les saca…
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Alegaciones Plataforma Social
Solicitamos que la ley sea de cuidados de larga duración tanto en residencias, como en casa
En Residencias demandamos que no se presente el proyecto de ley mientras no se concrete como se va a prestar la atención sanitaria, se concrete las ratios de personal, se garantice las unidades de convivencia para todos los centros, se garantice el acceso a las Unidades de Convalecencia y se incluya un Plan de inspecciones. El desarrollo en el documento anexo.6 votes -
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ENFERMERIA Y MODELOS DE ATENCIÓN EN CENTROS SOCIOSANITARIOS
La presencia de personal técnico cualificado y especializado en los centros socio sanitarios es una necesidad absoluta y prioritaria y todo planteamiento que no vaya en esa dirección evidencia un profundo desconocimiento de la realidad de estos centros.
En la actualidad estamos asistiendo a un gran cambio en nuestra sociedad. La pandemia del COVID-19 ha venido a poner aún más en evidencia el progresivo envejecimiento de la población en nuestra sociedad. Este envejecimiento de la población plantea toda una serie de necesidades a nivel de salud, así como en el ámbito psicológico y social.
En los últimos años se ha…9 votes -
Innovación
La Asociación Tejiendo Vida de Valladolid, manifiesta su aprobación por la vía abierta hacia la innovación en el anteproyecto de la ley de atención residencial para cuidados de larga duración.
Pedimos a la JCYL que continúe esa línea desarrollando una normativa para que este tipo de centros innovadores, sea contemplado por la ley como ya han hecho en algunas otras Comunidades Autónomas y ofrecemos nuestra colaboración para trabajar en este sentido. Valoramos las referencias del anteproyecto a distintas experiencias internacionales “Green Houses” y otras nacionales conocidas como “Viviendas Colaborativas”, en la línea de nuestra iniciativa y con las que compartimos…14 votes -
CCOO considera que en el nuevo modelo de atención residencial debe garantizarse la RESPONSABILIDAD PÚBLICA
Para adaptarse a un nuevo modelo que persigue una atención centrada en la persona son necesarios cambios estructurales en las residencias. Para ello es necesario establecer un período temporal máximo para que todos los centros estén adaptados a ese nuevo modelo. Por ello, proponemos:
1. Incrementar necesariamente la financiación, las ratios de personal por categorías y el servicio de inspección.
2. La coordinación sociosanitaria deberá garantizar una adecuada atención sanitaria a las personas residentes que, de respuesta a situaciones habituales y excepcionales, y establezca con total claridad, las competencias de cada ámbito, sus elementos relacionales, de coordinación y de derivación.…176 votes -
SIN ENFERMERIA EN LAS RESIDENCIAS NO HAY CALIDAD DE CUIDADOS
También se habla de los proyectos de vida, muchas de las personas ponen el cuidado de su salud como parte importante de su proyecto de vida, y eso lo sabemos desde las residencias, donde intentamos satisfacer sus planes personales y adecuar los apoyos necesarios a los recursos de los que disponemos. En ese plan de vida que se propone desde la Junta; ¿se contempla que esa prioridad que marcan los usuarios sea reconocida como derecho? Se les va a dar respuesta cuando digan que quieren tener una atención continuada y precisa de su plan de cuidados con un seguimiento profesional…
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Presencia de Enfermería, imprescindible!
El personal de enfermería es imprescindible en el cuidado de personas mayores, el Modelo de Atención Centrada en la Persona no puede obviar la necesidad de prestar cuidados a las personas dependientes y vulnerables debido a sus patologías a través de personal formado y cualificado.Este anteproyecto deja los cuidados de enfermería en manos privadas y de personal no cualificado para ello. En ningún caso se preocupa del cuidado de los Mayores, se centra únicamente en dar beneficios a empresas privadas ya q la Atención Primaria va a ser incapaz de soportar la sobrecarga de trabajo q se les avecina. Queremos…
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SIN TCAE, NO HAY “PERSONAL DE ATENCIÓN DIRECTA” NI “MODELO ACP”
El modelo ACP me parece muy acertado, no así el desarrollo de la Ley, queda coja en muchos aspectos, entre ellos el siguiente:
Solicito que, se nos incluya dentro del Artículo 30, se amplíe y se indique cuáles son las competencias de cada una de las titulaciones que en él aparecen, donde pueden ejercer (residencias, centros de día, pisos tutelados, etc), no se puede comparar una formación de 1.400 horas (TCAE), una de 2.000 (APSD), con un certificado de profesionalidad o cualificación profesional de atención sociosanitaria de apenas 450h.
El grado medio de TCAE, tiene una duración total de dos…5 votes