Las administraciones de Medio Ambiente y Cultura deben acordar y garantizar la protección integral del patrimonio paleontológico.
La Comisión de Patrimonio Geológico de la Sociedad Geológica de España (CPG-SGE) y la Sociedad Española para la Defensa del Patrimonio Geológico y Minero (SEDPGYM) respecto al Anteproyecto de Ley de Patrimonio Cultural de Castilla y León indican lo siguiente:
- Que el patrimonio geológico incluye los yacimientos paleontológicos y sus fósiles y por tanto, éstos forman parte del Patrimonio Natural como así lo afirma La Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad con las siguientes definiciones: “Patrimonio Natural: conjunto de bienes y recursos de la naturaleza fuente de diversidad biológica y geológica, que tienen un valor relevante medioambiental, paisajístico, científico o cultural”. “Geodiversidad o diversidad geológica: variedad de elementos geológicos, incluidos rocas, minerales, fósiles, suelos, formas del relieve, formaciones y unidades geológicas y paisajes que son el producto y registro de la evolución de la Tierra” y “Patrimonio Geológico: conjunto de recursos naturales geológicos de valor científico, cultural y/o educativo, ya sean formaciones y estructuras geológicas, formas del terreno, minerales, rocas, meteoritos, fósiles, suelos y otras manifestaciones geológicas que permiten conocer, estudiar e interpretar: a) el origen y evolución de la Tierra, b) los procesos que la han modelado, c) los climas y paisajes del pasado y presente y d) el origen y evolución de la vida”.
- Que la Ley 4/2015, de 24 de marzo, del Patrimonio Natural de Castilla y León protege los yacimientos paleontológicos bajo la figura de "lugar paleontológico de interés especial". Pero en el régimen sancionador de esta ley (Capítulo II), ni tampoco en la Ley 42/2007 antes mencionada, no se hace referencia a ninguna infracción específica al patrimonio geológico inmueble y mueble. Por ejemplo el expolio de los fósiles y otros elementos muebles (minerales, meteoritos, etc.), que ni siquiera están considerados en el resto del articulado.
- Que en el anteproyecto que se propone de Patrimonio Cultural tampoco existe esa protección legal, pues el término paleontológico sólo aparece en dos artículos de definiciones (art. 12 y 17), haciendo referencia exclusivamente a “los relacionados con la historia de la humanidad”, referencia que ésta ambigua y de difícil interpretación. Por tanto, la gran mayoría de los yacimientos paleontológicos y sus fósiles de Castilla y León, quedarían desprotegidos de su destrucción y expolio por esta futura ley.
- Que si el anteproyecto con los contenidos actuales terminase formalizándose como Ley, suponemos la Ley 4/2015 asumiría aquellos yacimientos paleontológicos que no se consideren relacionados con la historia de la humanidad, pero en ambas leyes no se considera la protección del patrimonio geológico mueble, expolio, comercio… etc.
- Que a pesar de que consideramos que el patrimonio paleontológico forma parte de la naturaleza, del patrimonio natural, lo importante es que quede perfectamente protegido. Por ello debemos recordar que existen comunidades autónomas donde en su ley sobre Patrimonio Cultural, se incluye el patrimonio paleontológico en las mismas condiciones y regulación que el patrimonio arqueológico (prospecciones, excavaciones, hayazgos, etc.) incluso con la inclusión de Zona Paleontológica dentro de la figura de Bien de Interés Cultural (BIC), lo que ha conllevado a la protección total tanto de los yacimientos paleontológicos como sus fósiles, evitando su expolio. Un ejemplo la Ley 4/2007, de 16 de marzo, de Patrimonio Cultural de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
- También conocemos que en algunas comunidades autónomas al estar incluido el patrimonio paleontológico en las leyes de patrimonio histórico-cultural, conlleva que la dirección de excavación y prospección paleontológica tiene que llevarla un arqueólogo. Consideramos que las leyes, deben indicar que la prospección y excavación de los yacimientos paleontológicos deben estar regidas por especialistas de carrera en cuyas competencias profesionales esté la paleontología.
Por todo ello, la CPG-SGE y la SEDPGYM están preocupadas porque los yacimientos paleontológicos, y en general el patrimonio geológico de Castilla y León no tenga una protección integral. Por ello pide a las administraciones relacionadas con el medio Ambiente y Cultura que se pongan de acuerdo y tomen las medidas legales oportunas (mejorando la legislación autonómica vigente o futura) para que el patrimonio geológico, y en particular el paleontológico, tanto inmueble como mueble, tenga una protección integral que le salve de su destrucción o expolio, que favorezca su uso y gestión sostenible y garanticen el legado en perfectas condiciones a las generaciones futuras.
"El patrimonio paleontológico es el componente poleobiológico del patrimonio geológico y es por tanto de origen natural y, como tal, requiere de medidas de gestión, conservación y protección insitu adecuadas a su propia naturaleza. Pero también requiere de medidas acordes a su carácter de patrimonio mueble y, por tanto, de una gestión, conservación y protección exsitu integral, que no podrán desarrollarse de manera plena al amparo exclusivo de la legislación vigente de patrimonio natural."
La CPG de la SGE y la SEDPGYM quedan a su disposición para lo que se estime oportuno.
Manu Monge Ganuzas
Presidente de la CPG-SGE
manu-monge@euskadi.eus
Antonio Pizarro Losilla
Presidente de la SEDPGYM
presidencia.sedpgym@gmail.com

Se reclama la encomienda a los Agentes Medioambientales de una especial colaboración en la custodia y protección de los bienes culturales ubicados en “el medio ambiente natural” de la Comunidad.
Es de destacar la labor que vienen realizando los Agentes Medioambientales en pro de la conservación del patrimonio cultural específicamente en el caso de Castilla y León. La colaboración con la Consejería competente en esta materia es total y fructífera.
En cuanto a la petición de añadir un nuevo apartado en el sentido que se indica, no parece necesario, por cuanto el texto establece la competencia en la administración regional en la que está inscrito dicho colectivo, al igual que otros integrantes de la administración regional que participan y participarán en el desarrollo de la Ley, o las propios Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado, la Policía Local en su ámbito de actuación, que mantienen –hay que recordar- las competencias exclusivas en materias de expolio.
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Anonymous commented
Apoyo la iniciativa.
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Anonymous commented
Apoyo está solicitud como profesora del área de Paleontología de la Universidad de Alcalá.
Amelia Calonge
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Anonymous commented
Apoyo está solicitud como Profesora de Paleontología de la Universidad de Alcalá (UAH)
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Anonymous commented
Apoyo la iniciativa
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Montse commented
Apoyo la iniciativa
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Fernando Castillo Fernández commented
Apoyo la inicistiva
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Viola Bruschi commented
Apoyo la iniciativa.
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Antonio Martín commented
El patrimonio natural y cultural (geológico, biológico, paleontológico, antropológico, arqueológico.....,etnográfico, ..material, inmaterial....) debe estudiarse, catalogarse, protegerse " in situ" y exponerse, si es necesario, para su valoración por la ciudadanía. Todo lo que mejore legislativamente lo anterior me parece adecuado y las normas que nos alejen de su reconocimiento van en perjuicio del patrimonio de nuestro territorio.
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Anonymous commented
Les ruego tengan en cuenta las sugerencias de la Sociedad Geológica Española.
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Jose Navarro commented
Apoyo a la iniciativa. Patrimonio natural y cultural son compatibles, pero no necesariamente lo mismo.
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Juan Carlos Gutiérrez-Marco commented
No estoy de acuerdo en mezclar churras (fósiles/Patrimonio Natural) con merinas (actividades humanas/Patrimonio Cultural). Al contrario de lo que se insinúa en el punto 3, el anteproyecto de Ley de Patrimonio Cultural de CyL no establece ninguna “ambigüedad o difícil interpretación” al vincular como únicos fósiles afectados por la Ley los “relacionados con la historia de la humanidad”. Esa es una vieja disputa entre geólogos-paleontólogos y arqueólogos, pero por lo menos y por vez primera, aquí se acepta que el resto de los fósiles no tienen nada que ver con el Patrimonio Cultural, lo cual es una sabia y realista decisión. La Ley por tanto renuncia a forjar un ente gestor de algo que se sale fuera de su marco de estudio (la huella humana), dejando a la inmensa mayoría de los fósiles en manos de sus profesionales acreditados, los paleontólogos. Lo que no puedo creer es que en vez de luchar por dotarnos de unos entes propios de gestión para este campo dentro del Patrimonio Natural, y aprovechar la ocasión para que se reforme o cree un nuevo marco legislativo ad hoc, muchos paleontólogos andemos como plañideras suplicando a los del Patrimonio Cultural que no nos abandonen (o no abandonen nuestros yacimientos, tanto da), y que estamos dispuestos a todo porque sean ellos quienes nos manden y sometan, como vienen haciendo en otras comunidades (que incluso ofrecemos de ejemplo).
Personalmente creo que la mejor forma de protección de los yacimientos paleontológicos es poder investigarlos a fondo y en libertad, sin poner tantas barreras administrativas a su estudio como hacen los arqueólogos. Y en una segunda fase, si con ello logramos descubrir “lugares paleontológicos de interés especial”, reportarlos ante la administración que corresponda, y que sean ellos los que decidan.No apoyo la formulación
Juan Carlos Gutiérrez Marco
Paleontólogo del CSIC
Instituto de Geociencias (CSIC-UCM), Madrid -
Enrique Bernárdez Rodríguez. commented
La proteccion del patrimonio geologico, el que forma parte el patrimonio paleontológico debe realizarse dentro de la legislación propia del patrimonio natural. Confundir paleontologia con arqueologia es un grave error. Es necesario recordar además que los fosiles son componentes de las ricas sedimentárias y en muchos casos son el componente principal. Las figuras de proteccion deben estar enfocadas a los yacimientos de fósiles singulares. La figura idónea para esto es la de monumento natural. Pero una vetdadera proteccion no puede ni debe limitarse a una normativa de tipo prohibicionista. Salvo casos excepcionales de fósiles cuyo principal. Intereés es la localización en que estan la mejor manera de proteger un yacimiento paleontológico es facilitando su estudioy la integracion de los fósiles de interés que contenga en colecciones científicas.
Enrique Bernárdez Rodríguez, doctor en Geología. -
Ismael Coronado Vila commented
Apoyo esta solicitud como profesor del Área de Paleontología de la Universidad de León.
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Fernando Fdez de Lózar commented
Apoyo total a la protección de nuestro patrimonio
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Anonymous commented
Apoyo.
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Javier commented
El principal problema de esta propuesta es que la protección debe aplicarse sobre definiciones claras e inventarios cientificamente contrastados de aspectos concretos e irreemplazables del patrimonio geológico. Si no nos podemos ver como geólogos que tendremos que pedir permiso cada vez que queramos coger una muestra en el campo para investigar, tendremos que hacer un proyecto de 20 hojas, que deberá incluir memoria de impacto ambiental, informe de una arqueologo, etc para poder picar una piedra o investigar un indicio minero... y que luego te lo aprueben los burócratas correspondientes que no tienen formacion necesaria para evaluarlo... el patrimonio se protege educando y no prohibiendo. Aumentando la vigilancia si es un yacimiento de verdad único, no prohibiendo.
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Anonymous commented
Apoyo 100%
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Candela Blanco Moreno commented
Como paleontóloga apoyo esta solicitud.
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No es de recibo que un bien integrante del Patrimonio como es la Paleontología quede excluida del ámbito de protección que la legislación, sea de Patrimonio Natural o Cultural, debe amparar. La administración de la Junta de Castilla y León debe poner remedio a este sinsentido que está a punto de cometerse con la presente redacción del borrador de anteproyecto.
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Karin commented
¡Apoyo esta solicitud!