Técnico con competencia profesional en bienes que constituyen el Patrimonio Cultural de Castilla y León. El artículo 36, 3 estipula que cual
Técnico con competencia profesional en bienes que constituyen el Patrimonio Cultural de Castilla y León. El artículo 36, 3 estipula que cualquier intervención en los bienes que constituyen el Patrimonio Cultural de Castilla y León deberá realizarse por técnico con competencia profesional en la materia. Es un enunciado muy interesante, pero debería añadirse " con titulación oficial en conservación - restauracion, pues a la vista de intervenciones que se están produciendo , parece "competencia profesional" no es suficientemente explícito

Se solicita concreción en el apartado tercero del artículo 36 sobre la titulación del técnico con competencia para intervenir en el patrimonio cultural, específicamente del titulado oficial de conservador-restaurador.
El anteproyecto define la necesidad de que las actividades reguladas en el anteproyecto sean dirigidas por técnico competente en la materia de afección, esto es: arquitectura, arqueología, conservación, etc. Será en el posterior Reglamento, si así se considera, donde puedan concretarse determinadas actividades y profesiones cualificadas para acometerlas, así como definir el contenido de los requisitos, proyectos o memorias que exige el anteproyecto de Ley.
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Eva commented
Cualquier tipo de intervención (sea de conservación o de otro tipo) afecta o puede afectar a la estabilidad del patrimonio y su conservación, por tanto es correcto que se exija la presencia de un/a conservador-restaurador/a profesional con titulo oficial ante cualquier tipo de intervención. Podrán solicitarse simultáneamente otros perfiles profesionales (en función de la naturaleza de la intervención en cada caso puntual)
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Anónimo commented
Hay muchos tipos posibles de intervención sobre el patrimonio cultural, como por ejemplo la señalización, la adecuación a las medidas de seguridad e higiene o la adaptación para el acceso para personas ciegas, entre otros muchos. No todas las intervenciones deben realizarse por restauradores. Sin embargo, es crucial señalar de manera expresa que cualquier intervención DE CONSERVACIÓN Y RESTAURACIÓN sobre un bien del patrimonio cultural debe ser llevada a cabo por profesionales con la titulación superior correspondiente.
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Anonymous commented
Hay más tipos de técnicos con competencia profesional, como los arqueólogos en materia de Arqueología. En todo caso, estoy de acuerdo en que esto debería estar especificado porque luego es un problema muy grave.
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Ana Gonzalez commented
Además de añadir explícitamente "con titulación oficial en conservación-restauración" debería establecerse algún mecanismo de control para que esto se cumpla y, de no cumplirse, se sancione. Todos estos intrusismos de personas sin "competencia profesional" que se meten a restaurar de todo, porque el propietario o responsable les deja, producen unos daños irreversibles que sólo se conocen en el mejor de los casos cuando ya se han producido. Sin mencionar que en la mayoría de los casos se queda sin sancionar, produciendo un "gracioso" titular en los medios de comunicación.
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Anonymous commented
Creo que sería muy importante que expresamente se añada "con titulación oficial en conservación restauración", y yo también añadiría que debe participar desde la redacción del proyecto de intervención, no solo en la intervención en sí llevando a cabo los trabajos.