(2020/11) Proyecto de Decreto por el que se regula el reconocimiento de la condición de familia monoparental en la Comunidad de Castilla y León . (Cerrado)
En los últimos tiempos se ha incrementado el número de familias monoparentales en las que un solo progenitor, persona tutora o acogedora, en la mayoría de los casos mujer, asume de manera exclusiva la responsabilidad de los menores a su cargo. La Junta de Castilla y León es consciente de la necesidad de apoyo a estas familias y de que, previamente, es necesario establecer los requisitos que deben reunir las familias para considerarlas monoparentales.
El artículo 42.3 de la Ley 1/2007, de 7 de marzo, de Medidas de Apoyo a las Familias de la Comunidad de Castilla y León dispone que la Administración de la Comunidad establecerá un título que permita acceder al disfrute de los beneficios previstos para las personas que formen parte de las familias monoparentales. El contenido mínimo y necesario para asegurar la eficacia de dicho título deberá determinarse en el desarrollo reglamentario de dicha Ley estableciendo los requisitos necesarios para reconocer la condición de Familia Monoparental en la Comunidad de Castilla y León.
En aplicación de lo anteriormente dispuesto, se procede a someter a trámite de información pública el presente Proyecto de Decreto por el que se regula el reconocimiento de la condición de familia monoparental en la Comunidad de Castilla y León .
Fecha de publicación 11 de noviembre de 2020
El plazo para realizar aportaciones a este espacio de participación finalizó a las 14:00 horas del 26 de noviembre de 2020.
14 results found
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🔴Modificaciones importantes
Artículo 2.3 Definición: No se entiende la equiparación a responsable de familia monoparental la circunstancia de ser víctima de terrorismo que no implica por sí misma que las responsabilidades parentales estén recayendo en una sola persona progenitora.
Artículo 3.1.c) Dependencia económica.
Para la equiparación con el trato a las familias numerosas, el requisito de dependencia económica del descendiente tendría que usar el criterio del Salario Mínimo Interprofesional, incluidas pagas extraordinarias y no el IPREM ( art 3.1 Ley 40/2003).
Igualmente tendría que añadir la opción de mantener la condición de monoparental aunque se supere la edad, si el descendiente contribuye…240 votesMuchas gracias por su participación.
Una vez examinadas y estudiadas en conjunto todas las observaciones que se han planteado y las aportaciones realizadas al proyecto de Ley del Tercer Sector Social en Castilla y León , tanto a través de este espacio de participación ciudadana como a través de otros trámites de audiencia, nos complace remitirle el tratamiento dado a sus observaciones:La primera sugerencia, en la que no entiende la equiparación de las víctimas de terrorismo a la de familia monoparental, se acepta: efectivamente el objeto de este proyecto es el reconocimiento de una situación, y no el establecimiento de ayudas o beneficios a determinados colectivos. En este sentido, las víctimas del terrorismo ya vendrían reconocidas como tales por otros organismos en virtud de lo dispuesto en la Ley 4/2017, de 26 de septiembre, Reconocimiento y Atención a las Víctimas del Terrorismo en Castilla y León, y a lo…
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AMPLIACIÓN DEL ARCO DE MONOPARENTALDAD YA
El presente proyecto deja fuera a un montón de familias, por ejemplo: aquellas que comparten patria potestad y que no tienen convenio regulador pero que en la práctica dependen de un solo progenitor, en la mayor parte de los casos de la madre, no hay otra forma de demostrar que es la única mantenedora familiar que no sea meterse en una denuncia al padre ausente? No es eso una familia monoparental?
85 votesMuchas gracias por su participación.
Una vez examinadas y estudiadas en conjunto todas las observaciones que se han planteado y las aportaciones realizadas al proyecto de Ley del Tercer Sector Social en Castilla y León , tanto a través de este espacio de participación ciudadana como a través de otros trámites de audiencia, nos complace remitirle el tratamiento dado a sus observaciones:Se rechaza su alegación puesto que el concepto monoparental a los efectos de esta norma significa que solo existe una persona que asume la responsabilidad y las cargas del conjunto familiar. En las situaciones de divorcio y separación, aunque no se conviva con la expareja, a todos los efectos existen dos progenitores y ambos son corresponsables en el sostenimiento y educación de los descendientes. Por lo tanto, la monoparentalidad implica que una sola persona asume el peso de la familia en soledad. Es por este motivo que los…
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Permiso de nacimiento
El permiso por nacimiento, acogida o adopción de familias monoparentales debería ser igual que el de familias de dos progenitores (permiso de la madre+permiso del padre). La Constitución Española recoge que no deberían ser discriminados por razón de nacimiento.
45 votesMuchas gracias por su participación.
Una vez examinadas y estudiadas en conjunto todas las observaciones que se han planteado y las aportaciones realizadas al proyecto de Ley del Tercer Sector Social en Castilla y León , tanto a través de este espacio de participación ciudadana como a través de otros trámites de audiencia, nos complace remitirle el tratamiento dado a sus observaciones:Se rechaza. El objeto de esta norma es regular el reconocimiento de la condición de familia monoparental, su alegación no puede ser atendida puesto que la regulación y, en su caso, modificación de régimen de permisos y más concretamente el de nacimiento, corresponde a la Administración General de Estado a través de la Tesorería General de la Seguridad Social. Por tanto, una vez obtenido el reconocimiento de la condición de Familia Monoparental en base a lo establecido en este Decreto, deberán ser los organismos competentes en cada materia…
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Las familias monoparentales deberian tener mas ayudas para la conciliación familiar, y una tarjeta para que acredite su situacion. Tambien
También deberíamos incluir a las mujeres que tienen hijos aunque estén separadas de sus parejas ya que en muchos lugares no las consideran monoparentales y también serían madres solteras
19 votesMuchas gracias por su participación.
Una vez examinadas y estudiadas en conjunto todas las observaciones que se han planteado y las aportaciones realizadas al proyecto de Ley del Tercer Sector Social en Castilla y León , tanto a través de este espacio de participación ciudadana como a través de otros trámites de audiencia, nos complace remitirle el tratamiento dado a sus observaciones:Entendiendo que el título ya es una observación en sí, se acepta la misma, teniendo en cuenta que precisamente el objeto de esta norma es establecer un título, aunque no necesariamente lleve el formato de tarjeta, con el cual estas familias puedan ser identificadas a efectos de acceder a ayudas. Estas ayudas, entre ellas a la conciliación, se irán implantando por cada organismo competente.
En cuanto a la consideración que hace posteriormente respecto de las mujeres separadas, se rechaza esta observación, puesto que el concepto monoparental a los… -
Necesario, urgente, con matices sobre el texto propuesto
Artículo 2.3 Definición: No se entiende la equiparación a responsable de familia monoparental la circunstancia de ser víctima de terrorismo que no implica por sí misma que las responsabilidades parentales estén recayendo en una sola persona progenitora.
Artículo 3. Requisitos: Para la equiparación con el trato a las familias numerosas, el requisito de dependencia económica del descendiente tendría que usar el criterio del Salario Mínimo Interprofesional, incluidas pagas extraordinarias y no el IPREM ( art 3.1 Ley 40/2003).
Igualmente tendría que añadir la opción de mantener la condición de monoparental aunque se supere la edad, si el descendiente contribuye al…15 votesMuchas gracias por su participación.
Una vez examinadas y estudiadas en conjunto todas las observaciones que se han planteado y las aportaciones realizadas al proyecto de Ley del Tercer Sector Social en Castilla y León , tanto a través de este espacio de participación ciudadana como a través de otros trámites de audiencia, nos complace remitirle el tratamiento dado a sus observaciones:La primera sugerencia, en la que no entiende la equiparación de las víctimas de terrorismo a la de familia monoparental, se acepta: efectivamente el objeto de este proyecto es el reconocimiento de una situación, y no el establecimiento de ayudas o beneficios a determinados colectivos. En este sentido, las víctimas del terrorismo ya vendrían reconocidas como tales por otros organismos en virtud de lo dispuesto en la Ley 4/2017, de 26 de septiembre, Reconocimiento y Atención a las Víctimas del Terrorismo en Castilla y León, y a lo…
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Es un proyecto muy necesario
Sería necesario tener en cuenta también si tienes un hijo con discapacidad, dependencia o con necesidades especiales. Todo se complica mucho más que por el doble. Requieren más de su progenitor.
13 votesMuchas gracias por su participación.
Una vez examinadas y estudiadas en conjunto todas las observaciones que se han planteado y las aportaciones realizadas al proyecto de Ley del Tercer Sector Social en Castilla y León , tanto a través de este espacio de participación ciudadana como a través de otros trámites de audiencia, nos complace remitirle el tratamiento dado a sus observaciones.Se acepta: en este proyecto de Decreto, el Art 3, apartado 1, se recoge su pretensión cuando establece: “Para que se reconozca y mantenga el derecho a ostentar la condición de familia monoparental los hijos deberán reunir las siguientes condiciones:
a) Tener menos de 21 años, o tener un grado de discapacidad igual o superior al 33% o estar incapacitados para trabajar, con independencia de la edad…
Asimismo, en el art 4, del Decreto también se tiene en cuenta esta circunstancia para reconocer la categoría de Familias Monoparentales… -
CUSTODIAS COMPARTIDAS
Opino que deberían incluir también a las personas con custodia compartida que tengan ingresos bajos (que se incluya para el cálculo la pensión de alimentos).
Las custodias compartidas son las grandes olvidadas de la administración y hay muchas personas cuya ex pareja tiene unos ingresos muy altos mientras que ellas apenas tienen lo mínimo para subsistir y también se tienen que hacer cargo de los niños en los períodos que por convenio les corresponden, siendo en estos períodos también una familia monoparental.12 votesMuchas gracias por su participación.
Una vez examinadas y estudiadas en conjunto todas las observaciones que se han planteado y las aportaciones realizadas al proyecto de Ley del Tercer Sector Social en Castilla y León , tanto a través de este espacio de participación ciudadana como a través de otros trámites de audiencia, nos complace remitirle el tratamiento dado a sus observaciones.Se rechaza esta observación, puesto que el concepto monoparental a los efectos de esta norma significa que solo existe una persona que asume la responsabilidad y las cargas del conjunto familiar. En las situaciones de divorcio o separación, aunque no se conviva con la expareja, a todos los efectos existen dos progenitores y ambos son corresponsables en el sostenimiento y educación de los descendientes, y mucho más en el caso de las custodias compartidas, en las que ambos progenitores han optado por repartir equitativamente dichas responsabilidades y cargas.…
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urgente
Artículo 2.3 Definición: No se entiende la equiparación a responsable de familia monoparental la circunstancia de ser víctima de terrorismo que no implica por sí misma que las responsabilidades parentales estén recayendo en una sola persona progenitora.
Artículo 3. Requisitos: Para la equiparación con el trato a las familias numerosas, el requisito de dependencia económica del descendiente tendría que usar el criterio del Salario Mínimo Interprofesional, incluidas pagas extraordinarias y no el IPREM ( art 3.1 Ley 40/2003).
Igualmente tendría que añadir la opción de mantener la condición de monoparental aunque se supere la edad, si el descendiente contribuye al…9 votesMuchas gracias por su participación.
Una vez examinadas y estudiadas en conjunto todas las observaciones que se han planteado y las aportaciones realizadas al proyecto de Ley del Tercer Sector Social en Castilla y León , tanto a través de este espacio de participación ciudadana como a través de otros trámites de audiencia, nos complace remitirle el tratamiento dado a sus observaciones:La primera sugerencia, en la que no entiende la equiparación de las víctimas de terrorismo a la de familia monoparental, se acepta: efectivamente el objeto de este proyecto es el reconocimiento de una situación, y no el establecimiento de ayudas o beneficios a determinados colectivos. En este sentido, las víctimas del terrorismo ya vendrían reconocidas como tales por otros organismos en virtud de lo dispuesto en la Ley 4/2017, de 26 de septiembre, Reconocimiento y Atención a las Víctimas del Terrorismo en Castilla y León, y a lo…
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9 votes
Muchas gracias por su participación.
Una vez examinadas y estudiadas en conjunto todas las observaciones que se han planteado y las aportaciones realizadas al proyecto de Ley del Tercer Sector Social en Castilla y León , tanto a través de este espacio de participación ciudadana como a través de otros trámites de audiencia, nos complace remitirle el tratamiento dado a sus observaciones.Se acepta: efectivamente el objeto de este proyecto es el reconocimiento de una situación, y no el establecimiento de ayudas o beneficios a determinados colectivos. En este sentido, las víctimas del terrorismo ya vendrían reconocidas como tales por otros organismos en virtud de lo dispuesto en la Ley 4/2017, de 26 de septiembre, Reconocimiento y Atención a las Víctimas del Terrorismo en Castilla y León, y a lo que obliga dicha norma es a que las subvenciones y ayudas que convoque la Administración de la Comunidad de Castilla…
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Familias hijo reconocido y el padre se desentiende
Debería tenerse encuentra aquellas familias cuyo padre reconoce al niño y desaparece quedando sola como tutor
7 votesMuchas gracias por su participación.
Una vez examinadas y estudiadas en conjunto todas las observaciones que se han planteado y las aportaciones realizadas al proyecto de Ley del Tercer Sector Social en Castilla y León , tanto a través de este espacio de participación ciudadana como a través de otros trámites de audiencia, nos complace remitirle el tratamiento dado a sus observaciones:Se acepta: Precisamente los únicos casos de separación y divorcio que ha incluido esta norma a efectos de reconocimiento de la condición de monoparentalidad son los que uno de los progenitores se desentiende totalmente de sus obligaciones. Pero esta situación debe poder demostrarse. Es por ello que en estos casos se exige la acreditación del impago de la pensión de alimentos, ya que es la única forma de comprobar que la otra persona responsable del sostenimiento de la Unidad familiar efectivamente no está cumpliendo con sus responsabilidades, recayendo…
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Familias Monoparentales en el entorno rural
Las familias MONO son actualmente las únicas que crecen en número, y hacen un mayor esfuerzo para aumentar la natalidad, algo que es especialmente necesario en nuestro contexto regional. Pienso que las familias monoparentales, independientemente del número de hijos, que residan el poblaciones de, por ejemplo, menos de 10000 habitantes, deberían de entrar también en la Categoría Especial. El acceso a los programas de Conciliación familiar en el entorno rural es más complicado, los servicios son más limitados, y de esta manera también, promovemos que se fije población de aquellas familias cuyo número está en crecimiento.
9 votesMuchas gracias por su participación.
Una vez examinadas y estudiadas en conjunto todas las observaciones que se han planteado y las aportaciones realizadas al proyecto de Ley del Tercer Sector Social en Castilla y León , tanto a través de este espacio de participación ciudadana como a través de otros trámites de audiencia, nos complace remitirle el tratamiento dado a sus observaciones.Se rechaza. Por un lado, el hecho de que cada vez haya un mayor número de familias monoparentales, es decir, constituidas por un único progenitor o responsable, no significa que todas ellas tengan mayor número de hijos en comparación con las familias no monoparentales.
Por otro lado, el factor de residencia en el medio rural es algo que la Comunidad de Castilla y León viene teniendo en cuenta en muchos de sus programas, estableciendo condiciones específicas para compensar la diferencia con los servicios o requisitos que pueden exigirse… -
Divorciados/as con hijos SOMOS MONOPARENTALES
Esta ley deja fuera de la monoparentalidad a la mayoría de las familias monoparentales: familias compuestas por dos integrantes: padre o madre con uno hijo o 2 hijos cuya patria potestad la tiene un progenitor con el que conviven habitualmente, el cual se enfrenta a los mismos problemas de conciliación y falta de recursos que las familias reconocidas como monoparentales.
Así mismo las familias con custodia compartida tienen que afrontar los mismos problemas de conciliación que cualquier familia monoparental, o alguien piensa que una empresa te cambia las condiciones de una semana para otra?
Divorciados con hijos monoparentales YA!!!
3 votesMuchas gracias por su participación.
Una vez examinadas y estudiadas en conjunto todas las observaciones que se han planteado y las aportaciones realizadas al proyecto de Ley del Tercer Sector Social en Castilla y León , tanto a través de este espacio de participación ciudadana como a través de otros trámites de audiencia, nos complace remitirle el tratamiento dado a sus observaciones.Se rechaza: El concepto monoparental a los efectos de esta norma significa que solo existe una persona que asume la responsabilidad y las cargas del conjunto familiar. En las situaciones de divorcio o separación, aunque no se conviva con la expareja, a todos los efectos existen dos progenitores y ambos son corresponsables en el sostenimiento y educación de los descendientes. Por lo tanto, la monoparentalidad implica que una sola persona asume el peso de la familia en soledad. Es por este motivo que los casos de separación y…
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Familia de dos hijos y un solo progenitor a su cargo
Las familias formadas por dos hijos y un solo progenitor se hace cargo de ellos, aunque el otro pase la pension mensual, deberian considerarse monoparentales, ya que es solo uno el que se hace cargo de la educación, llevarlos al colegio, llevarlos a extraescolares, al medico, al dentista, a comprar ropa, es el que tiene que pedir permisos en el trabajo cuando enferman, el que tiene que buscar quien los cuide cuando la conciliacion laboral no existe, el que les ayuda en las tareas, etc. El progenitor que convive con los menores es el que lleva el 95% de la…
4 votesMuchas gracias por su participación.
Una vez examinadas y estudiadas en conjunto todas las observaciones que se han planteado y las aportaciones realizadas al proyecto de Ley del Tercer Sector Social en Castilla y León , tanto a través de este espacio de participación ciudadana como a través de otros trámites de audiencia, nos complace remitirle el tratamiento dado a sus observaciones:Se rechaza: El concepto monoparental a los efectos de esta norma significa que solo existe una persona que asume la responsabilidad y las cargas del conjunto familiar. En las situaciones de divorcio o separación, aunque no se conviva con la expareja, a todos los efectos existen dos progenitores y ambos son corresponsables en el sostenimiento y educación de los descendientes. Por lo tanto, la monoparentalidad implica que una sola persona asume el peso de la familia en soledad. Es por este motivo que los casos de separación y…
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Sugerencias de la Fundación de FFMM Isadora Duncan y de la asociación Capacidad Positiva
Se supone que este decreto, es para ayudar a las familias monoparentales, ya que somos las familias que sufrimos un mayor riesgo de pobreza, sobre todo porque dependemos de un solo salario, y en el 80% de los casos la cabeza de familia es una mujer, con todas las connotaciones que esto conlleva, como mayores tasas de desempleo, problemas de conciliación, trabajos más precarios, etc.
Leyendo este nuevo decreto vemos que no es así, la mayoría de familias del colectivo quedan fuera. Tenemos que ser más realistas y abarcar el arco real de la monomarentalidad , ya que no solo…
1 voteMuchas gracias por su participación.
Una vez examinadas y estudiadas en conjunto todas las observaciones que se han planteado y las aportaciones realizadas al proyecto de Ley del Tercer Sector Social en Castilla y León , tanto a través de este espacio de participación ciudadana como a través de otros trámites de audiencia, nos complace remitirle el tratamiento dado a sus observaciones:La norma tiene como objetivo regular el reconocimiento de familia monoparental, entendiendo como tal aquella en la que solo existe una persona que asume la responsabilidad y las cargas de la familia. En las situaciones de divorcio y separación, aunque no se conviva con la expareja, a todos los efectos existen dos progenitores y ambos son corresponsables en el sostenimiento y educación de los descendientes. Lo mismo ocurre en los casos en que se inicia una convivencia con otra pareja. Por lo tanto, la monoparentalidad implica que una…