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(2020/10) Propuesta de orden por la que se aprueba la orden de pesca para el año 2021. (Cerrado)

La Consejería de Fomento y Medio Ambiente, a través de esta Dirección General de Patrimonio Natural y de Política Forestal, ha iniciado la tramitación del proyecto de orden por la que se aprueba la orden de pesca para el año 2021.

El objetivo que se persigue es recabar cuantas aportaciones adicionales puedan hacerse por otras personas o entidades, dando así cumplimiento a lo previsto en el artículo 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y que ayuden a mejorar la gestión de la pesca en Castilla y León.



Propuesta de orden por la que se aprueba la orden de pesca para el año 2021.




Fecha de publicación 24 de septiembre de 2020

 

El plazo para realizar aportaciones a este espacio de participación finalizó a las 14:00 horas del 8 de octubre de 2020.


11 results found

  1. Cambio en el regimen de los cotos de pesca

    Mayoritariamente el régimen de pesca en las aguas trucheras es sin muerte ( aguas libres y escenarios deportivos).
    Proponemos que todos los cotos de pesca, en los que se puede regular el volumen de capturas y el número limitado de acceso de pescadores, tengan un único tipo de permiso con un cupo regulado de capturas.
    La tasa a pagar sería la que corresponde a un coto con muerte , con los beneficios sociales existentes y el número de días de pesca cuatro semanales para no sobrecargar la presión del resto del ecosistema del río.
    Por supuesto nadie estará obligado a…

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    Agradecemos su colaboración y su aportación a través de las sugerencias presentadas.

    Le indicamos que las sugerencias indicadas no son objeto de la regulación que establece la Orden anual de pesca, apareciendo estas cuestiones reguladas en la Orden FYM/1383/2018, de 19 de diciembre, por la que se declaran los cotos de pesca, escenarios deportivo-sociales, aguas en régimen especial y refugios de pesca de la Comunidad de Castilla y León y se aprueban los correspondientes planes de pesca y en el Decreto 33/2017, de 9 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Pesca de Castilla y León.

    No obstante, llegado el momento de actualización de la orden indicada tomamos nota de su sugerencia para mejorar la gestión de los cotos.

  2. Revocacion Pesca sin muerte

    La Pesca sin muerte debería ser una opción no una imposición. El colectivo de captura y suelta tiene un 10% de partidarios , no puede imponerse al 90 % restante , ante la duda REFERENDO , esta especialidad de captura y suelta no garantiza la supervivencia de los peces al ser soldados
    Después de varios años de este " Esperimento " único entre todas las comunidades que nos rodean los ríos de verían estar repletos de peces todo lo contrario , Ríos muertos sin pescadores y sobre todo sin peces. Un desastre.Respetar la pesca CON MUERTE con Cupos y Tallas…

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    Le indicamos que las sugerencias indicadas no son objeto de la regulación que establece la Orden anual de pesca, apareciendo estas cuestiones reguladas en la Orden FYM/1383/2018, de 19 de diciembre, por la que se declaran los cotos de pesca, escenarios deportivo-sociales, aguas en régimen especial y refugios de pesca de la Comunidad de Castilla y León y se aprueban los correspondientes planes de pesca, en la Ley 9/2013, de 3 de diciembre, de Pesca de Castilla y León y en el Decreto 33/2017, de 9 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Pesca de Castilla y León.

  3. Pesca cm y más arecs

    No sabemos explotar al máximo nuestros recursos ya k la pesca sm no mueve, pues cualquier río cerca de la capital tiene peces entonces no hay motivo para hacerse 200bkm para pescar y soltar... la gente al mundo rural no va como pasaba antes valorar la economía que del aire nose vive cada vez acorta is más los tramos AREC miles de km sm y muy pocos pescadores y los AREC siempre a reventar y sin poder pedir casi vería bien pagar más x la licencia a cambio de poder llevarse un buen trofeo

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    Agradecemos su colaboración y su aportación a través de las sugerencias presentadas.

    Le indicamos que las sugerencias indicadas no son objeto de la regulación que establece la Orden anual de pesca, apareciendo estas cuestiones reguladas en la Orden FYM/1383/2018, de 19 de diciembre, por la que se declaran los cotos de pesca, escenarios deportivo-sociales, aguas en régimen especial y refugios de pesca de la Comunidad de Castilla y León y se aprueban los correspondientes planes de pesca.

    De todas formas, le indicamos que afortunadamente la oferta de lugares de pesca en Castilla y León va más allá de los AREC a lo que hace ilusión. Puede acudir a las aguas de acceso libre, en las que puede practicar su afición sin más requisito que contar con una licencia de pesca en vigor.

  4. Dejar pescar a cebo natural todos los tramos de rio ,con anzuelos sin muerte. La pesca toda sin muerte en todos los tramos. Los cotos todos

    Todos los tramos libres y cotos que sean sin muerte. Autorizar el cebo natural con anzuelos sin muerte. Ciertos tramos como el tramo libre de La Omañuela pescar sólo martes sábado domingo y festivos.
    Los cotos pescar 1 día entre semana y sábados domingos festivos. Fomentar la pesca sin muerte pero con todos los cebos y señuelos.
    Ríos naturales sin pantano pescar sólo martes miércoles sábados domingos y festivos para evitar presión pesquera

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    Agradecemos su colaboración y su aportación a través de las sugerencias presentadas.

    Le indicamos que las sugerencias indicadas no son objeto de la regulación que establece la Orden anual de pesca, apareciendo estas cuestiones reguladas en la Orden FYM/1383/2018, de 19 de diciembre, por la que se declaran los cotos de pesca, escenarios deportivo-sociales, aguas en régimen especial y refugios de pesca de la Comunidad de Castilla y León y se aprueban los correspondientes planes de pesca, el Decreto 33/2017, de 9 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Pesca de Castilla y León y en la Orden FYM/1048/2016, de 28 de noviembre, por la que se determinan las normas que rigen el acceso a los permisos en los cotos de pesca y los pases de control en las aguas en régimen especial controlado y escenarios deportivos sociales de Castilla y León.

    A pesar de…

  5. Lombriz

    JCYL estáis echando de los ríos a la gente mayor. Además de los problemas que tienen para coger un arec, desplazarse hasta el, llegar hasta la orilla del rio después de pasar por verdaderas selvas las cuales pueblan nuestras orillas de los ríos salvo los eds y cotos de los señoritos.... Por favor dejad que al menos pesquen a lombriz independiente del día de la semana que sea. Incluyendo cotos con muerte

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    No compartimos su…

  6. Reserva de arecs

    El sistema de reserva y elección de arecs está bien pero deberían acortar los tiempos. Creo hacer una reserva con entre 8 y 14 días de antelación es demasiado, ya que se pierden muchos por que después por diversos motivos no puedes ir. Tampoco te deja cancelarlo, así que después de lo que cuesta coger los arecs decentes y solo teniendo 2 reservas es bastante probable que no puedas pescarlo por un motivo u otro. Después pasa lo que pasa, todos los pases agotados... vas al río y en muchos casos no hay ni el 50% de pescadores respecto a…

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    A pesar de…

  7. Rotar cotos y arecs

    Rotar cotos con muerte con cotos sin muerte. Rotar arecs, hacer nuevos y dejar descansar los de siempre..... Rotar EDS por Arec.... ya que la razón de ser de los arecs es ponerlos donde más truchas hay y así poder extraer sin dañar la población. Y ni por asomo es así en la realidad

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    Trataremos de incorporar sus observaciones a los sucesivos ciclos de planificación de cuenca en los que estamos trabajando.

  8. Cambio de tramos

    Cambiar los tramos de pesca para no sobrecargar los tramos de arec ,cotos......cambiarlos de situación cada 2 ó 3 años, y esos tramos dejarlos sin muerte y así sucesivamente .

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    Trataremos de incorporar sus observaciones a los sucesivos ciclos de planificación de cuenca en los que estamos trabajando.

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  10. Hucho

    La normativa sobre el Hucho no tiene sentido

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    En el caso del hucho se trata de una especie de interés deportivo que no está incluida en el Catálogo de especies exóticas invasoras según lo dispuesto en el Real Decreto 630/2013, de 2 de agosto, por el que se regula el Catálogo español de especies exóticas invasoras. Por lo tanto la gestión técnica de la especie se modula dependiendo del tipo de masa de agua. En el caso del coto de Pesca de Villagonzalo II la gestión se circunscribe a su propio Plan de pesca recogido en la Orden FYM/1383/2018, de 19 de diciembre, por la que se declaran los cotos de pesca, escenarios deportivo-sociales, aguas en régimen especial y refugios de pesca de la Comunidad de Castilla y León y se aprueban los correspondientes planes de pesca. Fuera del tramo indicado, existe una diferencia en…

  11. Cebo para los cotos con muerte

    Que dejen pescar a cebo los cotos con muerte

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(2020/10) Propuesta de orden por la que se aprueba la orden de pesca para el año 2021. (Cerrado)

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