MODIFICACIÓN AL ART. 18.2. Necesidad de asegurar a los voluntarios
Las entidades del Tercer Sector, deberán asegurar a sus voluntarios, en el desarrollo del trabajo de voluntariado, mediante la póliza correspondiente

Muchas gracias por su participación.
Una vez examinadas y estudiadas en conjunto todas las observaciones que se han planteado y las aportaciones realizadas al proyecto de Ley del Tercer Sector Social en Castilla y León , tanto a través de este espacio de participación ciudadana como a través de otros trámites de audiencia, nos complace remitirle el tratamiento dado a sus observaciones.
Respecto de la obligación del seguro para los voluntarios dicha apreciación ya está incorporada a la redacción del modificado articulo 17 letra k) de la ley de voluntariado
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José Ignacio Paradinas Gómnez commented
Es una obligación, para las asociaciones del Tercer Sector, asegurar debidamente a sus voluntarios