El Anteproyecto merma libertades y derechos, otorga privilegios a una minoría por criterios subjetivos e impone una ideología a todo C&L.
1) ERROR CONCEPTUAL DE PARTIDA.
Este Anteproyecto contiene un error conceptual de partida, evidenciado tanto en la Exposición de Motivos como en el desarrollo del articulado: considerar que hay personas LGTB, como si fuesen una categoría distinta de las personas a secas y con derechos distintos que los de los demás. Al concepto de personas LGTB como al de discriminación por razón de orientación sexual (tal y como se trata en el presente Anteproyecto) subyace el siguiente engaño conceptual: se pretende dar el mismo tratamiento a la persona, a su comportamiento sexual y a ciertas opiniones (las propias del movimiento LGTB) sobre la sexualidad, cuando de hecho son tres realidades distintas. A la persona hay que respetarla siempre. Las conductas sexuales, en cambio, son respetables si no incurren en materia delictiva, pero no es discriminatorio un juicio crítico sobre ellas. Respecto a las opiniones en materia de sexualidad, se aplica la libertad de pensamiento e ideológica sin más límites que los generales de estas libertades.
2) AMENAZA PARA LA LIBERTAD Y MENORES.
El Anteproyecto se convierte en una amenaza para los que libremente no comparten la visión de la sexualidad propia del movimiento LGTB, bajo un enfoque de género, pues pretenden que se identifique el rechazo a las teorías de género o la no adhesión a dicha visión de la sexualidad como discriminación hacia las personas que sí la secundan. Pretende privilegiar una forma concreta de entender la sexualidad, imponiéndola al resto de la sociedad –a través de “formación” obligatoria en la materia específica a familias, profesorado, empleados públicos, fuerzas de seguridad, personal sanitario, etc.- como si discrepar de esa visión fuese discriminar a las personas que viven conforme a ella. Todo lo que tiene que ver con la conducta sexual no define a la persona, sino que expresa su libertad. Con el presente Anteproyecto será posible perseguir la discrepancia de opiniones sobre sexualidad y conductas sexuales como si de discriminación a las personas se tratase. Discrepar de nuestras opiniones, creencias o conductas no atenta contra nuestra dignidad, tampoco en materia sexual.
En materia de educación, el presente Anteproyecto contradice a todas las normas jurídicas nacionales e internacionales que establecen la libertad de los padres para educar a sus hijos conforme a sus creencias y valores, puesto que impone un punto de vista determinado sobre la sexualidad que no tiene por qué ser compartido por todo el conjunto de la sociedad. En el ámbito sanitario, también son preocupantes las medidas que dicho Anteproyecto propone para los menores de edad, puesto que previsiblemente podrán tener consecuencias negativas irreversibles en lo que a su desarrollo y proceso identitario se refiere.
3) REDUNDANCIA E INSEGURIDAD JURÍDICA.
Este Anteproyecto no supone ninguna novedad normativa, pues no hace más que reproducir lo que ya recogen los Tratados internacionales, la CE y la normativa antidiscriminación europea y española respecto de todos los seres humanos, pero aplicado específicamente para las personas denominadas (por dicho texto) LGTBI. Además, genera una gran inseguridad jurídica, ya que utiliza un lenguaje no estandarizado, de interpretación discutible –tanto es así que el propio texto establece innumerables definiciones y emplea conceptos de significado confuso-. Describe potestades y competencias administrativas igual de vagas, tal y como refleja en sus Fundamentos de Derecho la sentencia Nº 289/2018 del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 10 de Madrid, de 11 de octubre de 2018, haciendo referencia a la Ley autonómica homóloga que este Anteproyecto pretende copiar. Establece infracciones tan poco definidas que todos podemos ser considerados infractores por el mero hecho de ejercer derechos fundamentales básicos como la libertad de pensamiento, ideológica, de educación, religiosa, de empresa, etc. Aplicar las técnicas jurídicas para superar la discriminación basada en realidades objetivas como el sexo o la raza a otras realidades subjetivas y cambiantes como la orientación sexual genera una gran inseguridad jurídica, amenaza la libertad y crea un riesgo de gran litigiosidad.
4) INVERSIÓN DE LA CARGA DE LA PRUEBA Y ABANDONO NEUTRALIDAD.
El art. 42 del Anteproyecto establece específicamente la inversión de la carga de la prueba, lo que atenta directamente contra la presunción de inocencia, acabando así con una garantía procesal básica que representa un elemento esencial del derecho a un juicio justo. Se pretende acabar mediante una Ley de carácter autonómico con derechos y garantías protegidos por la CE, la Convención Europea de Derechos Humanos, la Carta de Derechos Fundamentales de la UE e innumerable jurisprudencia.
El concepto de visibilidad obligatoria equivale a imposición totalitaria: obligar por ley a hacer visible en todos los ámbitos sociales una opción concreta en materia de sexualidad, tal y como se pretende a través de este Anteproyecto, supone una violación de la libertad de opinión en materia de sexualidad. Exigir un trato igual a todas las opciones y preferencias personales, en cualquier materia (también la sexual) es incompatible con una sociedad libre. Las leyes y las administraciones no pueden apoyar, hasta el punto de hacer suya e imponerla al conjunto de la sociedad, una visión concreta de la sexualidad, ya que esto es incompatible con una sociedad plural y libre.

Respecto a la necesidad de esta ley señalar que actualmente 13 Comunidades Autónomas cuentan con leyes específicas sobre la materia. Por otro lado, garantizar la igualdad de trato y no discriminación por razón de orientación sexual e identidad de género en Castilla y León formaba parte de los programas electorales de casi todos los partidos políticos que conforman en la presente legislatura las Cortes de Castilla y León. Igualmente, impulsar una Ley para garantizar, en el ámbito de las competencias propias de la Comunidad, el principio de igualdad de trato y de no discriminación por razón de orientación sexual e identidad de género de las personas homosexuales, bisexuales, transexuales, transgénero e intersexuales, forma parte del acuerdo de gobierno suscrito entre el Partido Popular y Ciudadanos.
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Jose Tapia commented
Me parece muy correcto
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Javier Porras commented
Las leyes y las administraciones públicas no pueden apoyar una visión concreta de la sexualidad ya que esto es incompatible con una sociedad plural y libre.
Basta ya de adoctrinamiento. Somos mucho más que ovejas a las que ordeñar y pastorear. Basta ya. ?Es así cómo se revitaliza la España vacía? -
Anonymous commented
La educación es de los padres y esta ley es más un adoctrinamiento. No estoy de acuerdo con esta ley, pues está en contra de otros derechos que tenemos los ciudadanos.
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Jesús commented
Basura no, gracias.
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Suso commented
No estoy de acuerdo con este anteproyecto de ley. Están adoctrinando sin necesidad, no hay ningún problema en la sociedad y uds lo están generando y haciéndolo cada vez más patente. El único fin es la provocación y la división social. La izquierda se ha quedado sin ideología y sigue perdiendo el norte...y el sur...
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Yolanda Rodríguez commented
Las familias son las encargadas de la educación, a los centros de enseñanza se va a adquirir conocimientos no a ser adoctrinados.
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Anonymous commented
No soy jurista, pero parece un buen documento de trabajo.
Me ha gustado la diferenciacion que hace entre personas, hechos sexuales y opiniones sobre los hechos sexuales.
Me va a servir en las proximas discusiones entre amigos. -
Anonymous commented
Esto es una vergüenza. Ya estamos los padres para educar a nuestros hijos. Porque haya una minoría de personas que Sean así no tenemos los demás que aceptar esto.
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José Luis commented
Pienso que hay que legislar con cabeza, para educar a los hijos ya estamos los.padres
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Luis commented
Esto no es igualdad sino todo lo contrario
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Anonymous commented
Los padres educan en sexualidad a sus hijos.
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Anonymous commented
No se deben quemar etapas en la educación de los niños.
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Anonymous commented
Esto hay que pararlo. Es una barbaridad y va contra la igualdad de todos ante la ley
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Javier commented
Legislaran siempre a favor de todo este colectivo, también derogaran la prisión permanente revisable, no van a dejar escapar perjudicando a muchos de sus votantes
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Anonymous commented
Ley claramente ideológica...
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Florentino Callejo commented
No tiene ninguna razón de ser legislar a favor de minorías deteriorando libertades y derechos de la mayoría. Basta con el principio de que todos somos iguales ante la Ley. Y estos proyectos de legislación se saltan principios básicos del Derecho. Son proyectos de corte totalitario.
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[Deleted User] commented
Estas leyes amparándose en supuesta discriminación que no es tal frente a este colectivo, vienen a imponer la ideologia de género. Esto socava un derecho constitucional. El derecho de los padres a educar en los valores morales que ellos elijan. Estamos ante leyes totalitarias vestidas de reconocimiento de derechos de un colectivo.
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Anonymous commented
Mi apoyo total al Foro de las Fmilias .
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Anonymous commented
Me uno a las opiniones vertidas por el Foro de la Familia
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Anonymous commented
Apoyo 100% al foro de la familia. La decisión de cada persona se utiliza cuando conviene; si alguien quiere abortar se utiliza el argumento de que cada cual decide lo que hacer con su cuerpo, pero se ve que en la educación de los hijos de uno pueden decidir los demás. No hay derecho.