Posibilidad de que alumnado trabajador pueda obtener el certificado de profesionalidad en cursos que duran dos años
Si se da la circunstancia de que un centro de formación decide impartir un curso de FP para el empleo en dos años y hace la primera parte del curso un alumnado desempleado; que la segunda parte del curso pueda hacerla también parte del alumnado que hizo la primera parte, aunque se encuentre trabajando, siempre y cuando tenga interés en hacer la segunda parte para obtener el certificado de profesionalidad de ese curso.

El Real Decreto 34/2008, de 18 de enero, por el que se regulan los certificados de profesionalidad, y la Orden TMS/368/2019, de 28 de marzo, por la que se desarrolla el Real Decreto 694/2017, de 3 de julio, por el que se desarrolla la Ley 30/2015, de 9 de septiembre, por la que se regula el Sistema de Formación Profesional para el Empleo en el ámbito laboral, en relación con la oferta formativa de las administraciones competentes y su financiación, y se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas destinadas a su financiación, establecen los requisitos para la incorporación de alumnos a acciones formativas vinculadas a certificados de profesionalidad, tanto las de certificado completo como las modulares; el supuesto indicado está permitido.