Registro de Bienes y Actividades de los Altos Cargos
Este Registro debería ser totalmente independiente (y autónomo) del Gobierno y de la Administración de la Comunidad.
Debería depender de la Comisión de Ética Pública (o cómo se quiera denominar) y que debería ser (como ya se ha señalado en otras opiniones) totalmente independiente (orgánica, funcional y económicamente). Pudiendo estar ambos adscritos a las Cortes o al Procurador del Común, por poner un ejemplo.
Deberían tener carácter público no solo las declaraciones de actividades sino también las de bienes, derechos y obligaciones de todos los altos cargos. Debiendo publicarse en el BOCyL tanto las de los miembros de la Junta como las de cualquier otro alto cargo.
La organización y el funcionamiento del Registro debería de ser regulado por las Cortes de Castilla y León, al igual que la Comisión de Ética Pública.

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Luis M. commented
Deberían establecerse modelos normalizados (de uso obligatorio) para la presentación de las declaraciones por parte de los altos cargos.
A estos se podrán acompañar los elementos/documentos que estimen convenientes para precisar o completar los datos del modelo, los cuales deberán ser admitidos y tenidos en cuenta por el órgano competente. Amén de los certificados preceptivos.