Las denuncias hechas por un empleado público contra otro con manifiesta temeridad y falta de pruebas deben ser punibles
Es importante que lo que está llamado a ser una garantía de adecuado comportamiento del empleado público no sea utilizado de forma fraudulenta como herramienta de ataque al honor y a la dignidad de la persona. La manifiesta temeridad en la formulación de la denuncia debe ser objeto de exigencia de responsabilidad disciplinaria para el empleado público denunciante, con objeto de desincentivar un mal uso de esta garantía. Debe por tanto introducirse la falsa denuncia temeraria como falta disciplinaria en la Ley de la Función Pública de CyL. El denunciante debe ser protegido, pero también debe ser responsable, al meno en vía administrativa, de un uso abusivo de esta Ley que pueda causar daños a terceros.

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Anonymous commented
Completamente de acuerdo. Hoy en día las falsas denuncias son un mal que amenaza la convivencia y enrarece la convivencia.
La falsa denuncia con temeridad y manifiesta falta de pruebas, debe ser incluida como falta disciplinaria y el correspondiente expediente debe incoarse de oficio una vez comprobado dichos extremos a para evitar que los efectados por la falsedad temeraria queden a merced de estas malas prácticas (delitos en el ámbito penal) y abandonados por su empresa.