(2019/03) Procedimiento para la elaboración de una Orden por la que se regula la realización material y se concretan determinados aspectos de la evaluación de final de etapa de secundaria obligatoria en C y L para el curso escolar 18/19. (Cerrado)
Consulta pública previa en el procedimiento de elaboración de la normas
De conformidad con lo previsto en el artículo 75.2 de la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, en relación con el artículo 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, con carácter previo a la elaboración de los proyectos o anteproyectos de ley o de reglamento, se sustanciará una consulta pública.
Consulta pública previa en el procedimiento para la elaboración de una Orden por la que se regula la realización material y se concretan determinados aspectos de la evaluación de final de etapa de educación secundaria obligatoria en Castilla y León para el curso escolar 2018/2019:
a) Los problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa.
Con la promulgación de la norma referenciada se pretende regular la realización material y concretar determinados aspectos de la evaluación de final de etapa de educación secundaria obligatoria en Castilla y León para el curso escolar 2018/2019.
b) Necesidad y oportunidad de su aprobación.
La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, modificada por la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa, establece, en el artículo 29, que al finalizar el cuarto curso de educación secundaria obligatoria, los alumnos y alumnas realizarán una evaluación individualizada por la opción de enseñanzas académicas o por la de enseñanzas aplicadas, en la que se comprobará el logro de los objetivos de la etapa y el grado de adquisición de las competencias.
El Real Decreto 310/2016, de 29 de julio, por el que se regulan las evaluaciones finales de Educación Secundaria Obligatoria y de Bachillerato, establece, en el artículo 2 que el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte determinará para todo el Sistema Educativo Español por orden ministerial, para cada curso escolar, las características, el diseño y el contenido de las pruebas de las evaluaciones finales de Educación Secundaria Obligatoria, las fechas máximas para realizar las evaluaciones y resolver los procedimientos de revisión de las calificaciones obtenidas y los cuestionarios de contexto, con la finalidad de garantizar la estandarización de las pruebas. Por su parte, el artículo 3 determina que corresponde a las Administraciones educativas la realización material de las pruebas.
Este constituye el marco normativo en el cual se ampara la norma cuya elaboración se anuncia.
c) Objetivos de la norma.
Regular determinados aspectos relacionados con el desarrollo material de la evaluación de final de etapa de educación secundaria obligatoria en Castilla y León para el curso escolar 2018/2019.
d) Posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias.
No se aprecia ninguna.
Fecha de publicación 5 de febrero de 2019.
El plazo para realizar aportaciones a esta consulta previa finalizó a las 09:00 horas del 15 de marzo de 2019
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