Articulo 13.2 Formación y cualificación del personal técnico.
El personal técnico de los centros de turismo activo y los profesionales
especializados en turismo activo contarán con la formación específica que resulte exigible por la normativa de aplicación. A tales efectos, y según la actividad a desarrollar, deberán contar con la titulación que corresponda de las que se relacionan a continuación:
El título de Monitor Deportivo en actividad física recreativa según se exija por la normativa reguladora de la actividad físico-deportiva de Castilla y León.
La titulación exigida por la legislación aeronáutica, náutica y subacuática para la instrucción o acompañamiento de clientes en la práctica de actividades aéreas, náuticas o subacuáticas.
Otra formación específica que exija la normativa sectorial aplicable.
Creo que este apartado queda algo difuso. En cuanto a qué titulación te da acceso a tener una empresa de Turismo Activo y que actividades podemos realizar en ella.
En el apartado de donde pone el titulo de Monitor Deportivo, que creo es una figura o titulación que no existe.
A no ser que se refiere a las titulaciones de Técnicos Deportivos, que desde el año 2010 imparte el Ministerio de Educación y que por tanto son las únicas oficiales para todo el territorio nacional.
Véase, Técnico Deportivo en Espeleología, Barrancos, Media Montaña, Escalada, Hípica, Piragüismo, etc.
En Aragón y Cataluña, las titulaciones de técnico deportivo, son las que se exigen para la práctica de esas actividades.
Cosa que veo bien, ya que es formación específica y oficial de las actividades a realizar.
A parte de otras titulaciones oficiales, como:
Ciclo Formativo de Grado Medio de “Conducción de actividades Físico-Deportivas en el medio Natural"
Ciclo Formativo de Grado Superior de “Animación de actividades Físicas y Deportivas”

En primer lugar agradecer la sugerencia presentada la cual se incluye en el texto del proyecto pues se modifica la redacción del artículo 13.2 incluyéndose la referencia a que se deberá contar con la titulación que habilite para la actividad de monitor deportivo en la actividad físico recreativa".