(2019/02) Proyecto de Decreto por el que se aprueba el catálogo de puestos tipo del personal funcionario de la Administración General de la Comunidad de Castilla y León y de sus organismos autónomos. (Cerrado)
La Administración de la Comunidad de Castilla y León se estructura a través de los siguientes instrumentos organizativos: la plantilla, el catálogo de puestos tipo del personal funcionario y las relaciones de puestos de trabajo. El catálogo de puestos tipo es el instrumento de clasificación y ordenación de los puestos de trabajo del personal funcionario de la Administración de la Comunidad de Castilla y León. El presente Decreto tiene por objeto aprobar la relación de puestos tipo a que habrán de acomodarse los puestos de trabajo así como los criterios seguidos para su clasificación. Todo ello, de acuerdo con las exigencias establecidas en los artículos 23 de la Ley 7/2005, de 24 de mayo, de la Función Pública de Castilla y León y 5 del Decreto 33/2016, de 22 de septiembre, en materia de elaboración y aprobación de estructuras orgánicas de la Administración de la Comunidad de Castilla y León y de elaboración de las relaciones de puestos de trabajo.
Proyecto de Decreto por el que se aprueba el catálogo de puestos tipo del personal funcionario de la Administración General de la Comunidad de Castilla y León y de sus organismos autónomos.
Anexo I
Anexo II
Fecha de publicación 7 de febrero de 2019.
El plazo para realizar aportaciones a este espacio de participación finalizó a las 09:00 horas del 18 de febrero de 2019.
44 results found
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Gestor administrativo tipo A y B incumple EBEP y la Ley 7/2005
Se da la paradoja de que en función del nivel asignado a esos puestos (gestor administrativo tipo a y b) las funciones son “Organización, gestión y tramitación de expedientes de contenido homogéneo; apoyo y colaboración en materias del servicio” (para el tipo b) y para el tipo a se añade “Actividades cualificadas de gestión. El gestor administrativo tipo a y b está abierto a dos cuerpos distintos incumpliendo así la normativa Estatal y Autonómica como explicaré a continuación. Así mismo, vemos plazas únicamente cerradas al grupo A, subgrupo A2 Técnicos de Gestión, cuyas funciones son también “Gestión y Tramitación, apoyo…
3 votesLos puestos tipo se han configurado a partir de la agrupación de puestos de trabajo preexistentes con las mismas características.
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Cuerpo gestión administración general
Han rectificado y aparece el técnico de gestión tipo A2 20, pero siguen asignándole solo complemento 0. Existían en las RPT puestos de este carácter, sobre todo agricultura y hacienda, con complementos específicos. Entiendo que pretendan suprimir esos complementos o bien dejar en el limbo esos puestos que no se acomodan a su puesto tipo. No crean el puesto tipo de técnico de gestión nivel 22 pese a que en las nuevas RPTs hay ejemplos a montones del mismo. A igual reflexión llego con estos puestos que no se acomodan a ningún puesto tipo, quedan en el limbo. También existían…
2 votesLos puestos tipo se han configurado a partir de la agrupación de puestos de trabajo preexistentes con las mismas características.
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PUESTO TIPO CA119 "TÉCNICO GESTOR PARA EL EMPLEO"
PUESTO TIPO CA119 “TÉCNICO GESTOR PARA EL EMPLEO” PARA LOS TÉCNICOS DE FORMACIÓN DEL ECYL
El puesto tipo CA119 “Técnico Gestor para el Empleo” del Catálogo de Puestos Tipo, Grupo A2, Nivel 24 y Específico E00, cuya descripción funcional es la “elaboración de Informes, propuestas de resolución y otras actividades cualificadas de gestión en materias de formación ocupacional”, es el puesto tipo que se asociado a los Técnicos encargados de la gestión de la Formación para el Empleo en el ECYL.
Estos Técnicos realizan funciones de inspección, seguimiento y control de todas las actividades formativas programadas en la provincia, ello…2 votesLos puestos tipo se han configurado a partir de la agrupación de puestos de trabajo preexistentes con las mismas características. Por ello, solo puede recoger una descripción funcional básica y serán varios factores los que concreten esta definición: las características de la rpt junto con las funciones de los cuerpos y escalas a los que estén adscritos los puestos de trabajo así como los órganos o unidades administrativas en los que se encuadren. El horario especial está asociado a los puestos de trabajo concretos no a los puestos tipo.
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Las relaciones de puestos de trabajo concretarán el complemento específico en aquellos casos en que el puesto tipo admita varios complemento
Dado que los complementos específicos son un parte del salario importante en función su número (a más complemento, mejor salario), se deberían concretar qué funciones comprende un puesto acreedor a un determinado complemento, cuando existen varios posibles para el mismo puesto. De lo contrario seguirá siendo un "misterio".
4 votesLos puestos tipo se han configurado a partir de la agrupación de puestos de trabajo preexistentes con las mismas características. La acomodación a catálogo no ha supuesto una alteración de los puestos de trabajo. En los expedientes de las rpts está motivada cada una de las características de los puestos que se creen o modifiquen.
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Ley de Cuerpo Agentes Medioambientales Grupos A y B
Una Policia Medioambiental seria e independiente, debe tener su propia estructura y sus porpios mandos, para dar un servicio público a la sociedad. No puede estar dependiendo de Técnicos que se ocupan de gestionar presupuestos para que funciones las empresas privadas que viven del la explotación de la naturaleza y el medio ambiente. No se pueden aplicar las leyes de protección Ambiental desde los despachos donde se buscan triquiñuelas para incumplirlas. Ley de Cuerpo. Si alguien quiere dirigir a los Agentes Medioambientales, primero, que se pona su uniforme.
133 votesSe agradece su sugerencia si bien excede de la regulación del catálogo de puestos tipo.
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Agentes medioambientales
Para cuando la creación del grupo B, para Agentes medioambientales, tal como obliga el Estatuto Básico del Empleado público?
205 votesSe agradece su sugerencia si bien excede de la regulación del catálogo de puestos tipo.
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Mi sugerencia está clara. Volvemos a la Relación de Puestos de Trabajo anterior y se trabaja sobre ella.
Regreso a la RPT previa
8 votesSe agradece su sugerencia si bien excede de la regulación del catálogo de puestos tipo.
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Ampliación complemento específico para CA109
En el cuerpo de Ingenieros de Telecomunicaciones existían varias plazas con nivel 23 y complemento específico 12:
50094-Técnico facultativo
55243-Técnico facultativo
55244-Técnico facultativo
55245-Técnico facultativo
Cuando se aprobó la nueva RPT a estas plazas se les asigno el CA109 que tiene como máximo un complemento específico 10 lo que significa una merma en las retribuciones sin cambiar las funciones de las plazas. Por ello solicitamos que en el catálogo de puestos tipo se incluya el complemento específico E12 para el CA109 para que posteriormente se mantenga el complemento específico de las plazas citadas.18 votesAgradecemos su sugerencia, si bien, de acuerdo con lo previsto en la disposición transitoria primera del Decreto 33/2016 de 22 de septiembre, en materia de elaboración y aprobación de estructuras orgánicas de la Administración de la Comunidad de Castilla y León y de elaboración de las relaciones de puestos de trabajo, los titulares de los puestos modificados no han sufrido variación en sus retribuciones.
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Está claro: volvamos a la casilla de salida; a la RPT y, desde ella, apertura de procedimiento de nuevo Catálogo
A la casilla de salida
8 votesSe agradece su sugerencia si bien excede de la regulación del catálogo de puestos tipo.
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Trámite de audiencia
El Decreto que nos ocupa debería establecer un procedimiento administrativo (aunque su tramitación fuese simplificada) mediante el que se regulase la asignación del puesto tipo correspondiente a los distintos puestos de trabajo existentes, con el necesario plazo de alegaciones y/o trámite de audiencia para que el interesado pueda exponer lo que a su derecho convenga.
Dicho procedimiento serviría de nexo de unión entre el CPT y las RPTs.
De no hacerse así se produciría un vacío normativo y una situación de indefensión al interesado (titular del puesto).
Eso de poner una simple nota informativa en el 'portal personal del empleado'…10 votesEl Decreto 33/2016, de 22 de septiembre, en materia de elaboración y aprobación de estructuras orgánicas de la Administración de la Comunidad de Castilla y León y de elaboración de las relaciones de puestos de trabajo.( BOCYL de 26 de septiembre) ya establecía en su disposición transitoria primera que “los puestos de trabajo que por sus características esenciales se correspondan con un puesto tipo no sufrirán modificación alguna y en consecuencia su acomodación a un puesto tipo no alterará el carácter con el que esté provisto ni las retribuciones de su ocupante”.
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TECNCIOS MEDIOS DE APOYO QUE REALIZAN FUNCIONES DE TECNICO MEDIO ESPECIALISTA
Los denominados actualmente TECNICO MEDIOS con la titulación de Ingenieros Tecnicos de Obras Publicas desarrollan funciones que poco o nada tienen que ver con las características del puesto tal y como se concibe en la vigente RPT. habiendo ampliado durante los últimos años sustancialmente la carga de trabajo tanto cuantitativa como cualiltativamente. En particular, cabe destacar que desde hace aproximadamente cinco años, se encomienda sistemáticamente la dirección de proyectos y obras que la Consejeria de Fomento y Medio Ambiente ejecuta en las provincias. En el caso de las Secciones de Infraestructuras Ambientales estas direcciones facultativas conllevan una elevada complejidad técnica…
22 votesLos puestos tipo se han configurado a partir de la agrupación de puestos de trabajo preexistentes con las mismas características. Contienen la descripción funcional básica de cada uno de esos puestos tipo, no de los puestos de trabajo
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Fusión de los cuerpos C1 y C2
Los cuerpos C1 y C2 se deberían fusionar en uno solo. La mayoría, por no decir todos los auxiliares administrativos, tienen o desempeñan funciones administrativas. No hay distinción entre las funciones de un cuerpo y otro en la práctica. Incluso las responsabilidades pueden ser mayores en auxs. administrativos que en administrativos.
Las funciones que tradicionalmente se aplicaban a puestos de auxs. administrativos, como transcribir o pasar a ordenador oficios ya no existen. Los Auxs. administrativos hacen directamente los oficios de trámites corrientes.
Y desde luego la titulación con la que cuentan no suele ser solamente el graduado escolar.25 votesSe agradece su sugerencia si bien excede de la regulación del catálogo de puestos tipo.
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Complementos específicos diferentes entre técnicos medios del mismo cuerpo dentro de la misma Consejería de Fomento y Medio Ambiente
Existe una reclamación histórica de equiparación del complemento específico de los técnicos medios de la Sección de Infraestructuras Ambientales, de los Servicios Territoriales de Medio Ambiente, con un nivel 21 y complemento específico 3, frente a los homólogos de los Servicios Territoriales de Fomento, donde los técnicos medios del Cuerpo de Ingenieros Técnicos de Obras Públicas cuentan con nivel 21 y complemento 6, siendo considerado este hecho un agravio comparativo que debería quedar solventado.
23 votesSe agradece su sugerencia si bien excede de la regulación del catálogo de puestos tipo.
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PERSONAL ESTATUTARIO DE LA GERENCIA REGIONAL DE SALUD
Queremos que se modifique este Decreto en su Disposición Transitoria en donde se respetan las plazas de personal sanitario y no las del personal no sanitario en cualquiera de sus categorías y que se resuelva la discriminación que actualmente mantienen las RPT donde existen plazas en los Servicios Centrales de la G.R.S. de los niveles A1/A2 y en cambio han desaparecido las de Administrativos y Auxiliares Administrativos, sin ninguna motivación.
37 votesSe agradece su sugerencia y se tendrá en cuenta, para permitir el acceso de personal estatutario no sanitario de perfil técnico, por tanto de los subgrupos A1 y A2 a determinadas plazas que precisen de la especificidad de la formación y la experiencia profesional de este personal en la organización, gestión y funcionamiento de los centros e instituciones sanitarias del sistema de salud.
Se restringe a esos dos subgrupos porque su participación en la organización, gestión y funcionamiento de los centros sanitarios es determinante, no así en el caso de los subgrupos C1 y C2, que de acuerdo con su propia definición abordan únicamente tareas administrativas que no se diferencian en absoluto de las que pueden desempeñar los grupos C1 y C2 de funcionarios de los Cuerpos de Administración General y no podemos olvidar su vinculación jurídica con los centros e instituciones sanitarias. -
Técnico de Gestión Base - CA044
¿Alguien me puede decir quién ha elaborado los distintos puestos tipo?
¿Cómo es posible que el puesto tipo 'Técnico de Gestión Base' (CA044), del Subgrupo A2, Cuerpo de Gestión de la Administración, tenga asignado un nivel de complemento de destino 18?
Según el CUADRO DE NIVELES de la Disposición Adicional del Decreto 17/2018, de 7 de junio, por el que se regula la consolidación, convalidación y conservación del grado personal (propuesto y firmado por el Consejero de la Presidencia), BOCyL Nº 113, de 13 de junio de 2018, el nivel mínimo que le corresponde al Subgrupo A2 es el 20.…5 votesSe agradece su sugerencia. El puesto de Técnico de Gestión Base desaparecerá del catálogo de puestos tipo.
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Contenido funcional
"Cada puesto tipo recoge las funciones que como mínimo habrán de tener los puestos de trabajo que lo tomen como modelo, sobre la base de las funciones propias de los cuerpos, escalas y especialidades previstos en la Ley 7/2005, de 24 de mayo, de la Función Pública de Castilla y León".
Pero qué es eso de un contenido funcional mínimo, eso es un auténtico despropósito.
El catálogo debería contener pormenorizadamente las funciones de cada puesto tipo porque en las RPTs tampoco se describen con precisión las tareas de cada puesto de trabajo y al final lo que sucede es que…32 votesSe agradece su sugerencia. Efectivamente, el contenido funcional de los puestos de trabajo está definido por distintos factores: la descripción funcional básica de un puesto tipo que nace de la agrupación de puestos de trabajo de características similares, las funciones propias de los cuerpos y escalas de pertenencia, las competencias atribuidas a los órganos y unidades administrativas de las que dependen.
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Instrumento totalmente innecesario
El Catálogo de Puestos Tipo es un instrumento totalmente prescindible e innecesario.
Se están destinando recursos públicos a la elaboración de un instrumento cuya utilidad es más que discutible, añade mayor complejidad a la ordenación de los puestos de trabajo de la Administración de la Comunidad y además se solapa con las propias RPTs (ver Disposición Transitoria).
Si el pretexto para su elaboración es el de racionalizar los puestos de trabajo existentes para eso ya están las RPTs.
El CPT es un instrumento que no existe en otras Administraciones Públicas y que además no viene contemplado en el TRLEBEP (RDL…12 votesEl artículo 23 de la Ley 7/2005, de 24 de mayo de la Función Pública de Castilla y León establece que el catálogo de puestos tipo es el instrumento de clasificación y ordenación de los puestos de trabajo del personal funcionario de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.
Las Administraciones Públicas, en desarrollo de lo establecido en el EBEP (concretamente en el artículo 74 que usted cita) y en el ejercicio de su potestad auto-organizatoria, son responsables de la ordenación de sus recursos humanos. -
Redacción de proyectos y Dirección de obras
La redacción de proyectos de obra y la dirección facultativa de obras son actividades con suficiente relevancia, responsabilidad y trascendencia jurídica como para aparecer expresamente contempladas entre las funciones de los puestos tipo a las que vayan a ser asignadas. Esos puestos tipo deben incluir alguno que esté presente en los servicios que vayan a encargarse de estas funciones.
Se trata de funciones tan específicas y de tanta responsabilidad que no se puede pretender que vayan implícitas bajo expresiones tan genéricas como “Control y seguimiento de obras”.
Del mismo modo la redacción de proyectos de obra es una función mucho…67 votesEl catálogo de puestos tipo se ha configurado a partir de la agrupación de puestos de trabajo preexistentes cuyas funciones se desarrollan en el ámbito específico de la Administración en el que presten servicios. El catálogo recoge la descripción funcional básica de los puestos tipo, no de los puestos de trabajo.
La rpt recoge las características de los puestos y, con las funciones de los cuerpos y escalas a las que estén adscritos así como las competencias propias de las unidades orgánicas de las que dependan, establecerán el contenido funcional del puesto. -
Puestos compartidos
La existencia de puestos tipo compartidos por el Cuerpo de Gestión (Subgrupo A2) y el Cuerpo Administrativo (Subgrupo C1) vulnera el artículo 31.1 de la Ley 7/2005, de 24 de mayo, de la Función Pública de Castilla y León, que establece: "Cuerpo Administrativo, del Grupo C, que desarrollará tareas administrativas de trámite y colaboración no asignadas al Cuerpo de Gestión de la Administración".
Por tanto, se estaría incurriendo en una nulidad de pleno derecho, prevista en el art. 47.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del PACAP.
Una consecuencia de esto es que algunos funcionarios del Cuerpo Administrativo…12 votesLos puestos tipo se han configurado a partir de la agrupación de puestos de trabajo preexistentes con las mismas características.
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Diversos aspectos a justificar y motivar
- En el preámbulo del proyecto de Decreto no se señala que el Catálogo de puestos tipo haya sido objeto de un estudio técnico previo, como exigía la Sentencia que anuló el anterior. El Catálogo se ha limitado a hacer una refundición de los puestos que existían en las relaciones de puestos de trabajo vigentes. Ni siquiera se ha motivado en el Catálogo el hecho de que aparezcan algo más de 80 puestos de trabajo tipo (lo que parece bastante exagerado), y no un número más reducido. No se han motivado en el preámbulo del proyecto de Decreto ambas cuestiones (la…
18 votesSe agradece y se acepta su sugerencia. En el Preámbulo del proyecto de decreto, se incorpora una referencia al estudio de puestos que es el que recoge, precisamente la motivación de la que este texto, a su juicio adolece. Revisamos la redacción del decreto para clarificar al máximo algunos de los aspectos que señala, dado que la disposición de carácter general debe fijar criterios claros que se motivan en el estudio y en la memoria del proyecto.