(2019/02) Proyecto de Decreto por el que se aprueba el catálogo de puestos tipo del personal funcionario de la Administración General de la Comunidad de Castilla y León y de sus organismos autónomos. (Cerrado)
La Administración de la Comunidad de Castilla y León se estructura a través de los siguientes instrumentos organizativos: la plantilla, el catálogo de puestos tipo del personal funcionario y las relaciones de puestos de trabajo. El catálogo de puestos tipo es el instrumento de clasificación y ordenación de los puestos de trabajo del personal funcionario de la Administración de la Comunidad de Castilla y León. El presente Decreto tiene por objeto aprobar la relación de puestos tipo a que habrán de acomodarse los puestos de trabajo así como los criterios seguidos para su clasificación. Todo ello, de acuerdo con las exigencias establecidas en los artículos 23 de la Ley 7/2005, de 24 de mayo, de la Función Pública de Castilla y León y 5 del Decreto 33/2016, de 22 de septiembre, en materia de elaboración y aprobación de estructuras orgánicas de la Administración de la Comunidad de Castilla y León y de elaboración de las relaciones de puestos de trabajo.
Proyecto de Decreto por el que se aprueba el catálogo de puestos tipo del personal funcionario de la Administración General de la Comunidad de Castilla y León y de sus organismos autónomos.
Anexo I
Anexo II
Fecha de publicación 7 de febrero de 2019.
El plazo para realizar aportaciones a este espacio de participación finalizó a las 09:00 horas del 18 de febrero de 2019.
44 results found
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Agentes medioambientales
Para cuando la creación del grupo B, para Agentes medioambientales, tal como obliga el Estatuto Básico del Empleado público?
205 votesSe agradece su sugerencia si bien excede de la regulación del catálogo de puestos tipo.
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Ley de Cuerpo Agentes Medioambientales Grupos A y B
Una Policia Medioambiental seria e independiente, debe tener su propia estructura y sus porpios mandos, para dar un servicio público a la sociedad. No puede estar dependiendo de Técnicos que se ocupan de gestionar presupuestos para que funciones las empresas privadas que viven del la explotación de la naturaleza y el medio ambiente. No se pueden aplicar las leyes de protección Ambiental desde los despachos donde se buscan triquiñuelas para incumplirlas. Ley de Cuerpo. Si alguien quiere dirigir a los Agentes Medioambientales, primero, que se pona su uniforme.
133 votesSe agradece su sugerencia si bien excede de la regulación del catálogo de puestos tipo.
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CA023 TÉCNICO ESPECIALISTA NIVEL 25 A1/A2 Adeterminar según sea Administración General o Especial 25-13 y 14 CO Jefatura de Servicio (SSCC//
Desde el Colegio Oficial de Ingenieros Agrónomos entendemos que el nivel 25 y la calificación de “especialista” asignados a esta plaza presuponen una formación académica superior correspondiente a la titulación universitaria superior (máster, en la denominación actual) y que por lo tanto es intrínsecamente incompatible con la posibilidad de que sean ocupadas por funcionarios del grupo A2.
97 votesEl puesto tipo CA023 se ha configurado a partir de la agrupación de puestos de trabajo preexistentes con las mismas características.
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CA098 TÉCNICO FACULTATIVO BASE 22-3 A1 Administración Especial CO Jefatura de Servicio (SSCC//SSTT).
Desde el colegio oficial de Ingenieros Agrónomos consideramos que resulta inadecuado la existencia de puestos tipo de nivel tan bajo para el grupo A1 cuando simultáneamente se establece la existencia de puestos A2 con nivel 24.
La convivencia de ambas situaciones contradice el principio de racionalidad en la organización de cualquier entidad.97 votesSe agradece su sugerencia al tiempo que se les informa de que los puestos tipo se han configurado a partir de la agrupación de puestos de trabajo preexistentes con las mismas características y la forma de provisión de la mayoría de dichos puestos de trabajo. Le informamos, además, de que la normativa reguladora de la función pública ha establecido el intervalo de niveles para cada grupo o subgrupo: para el A1 comprende los niveles 22 a 30; para el subgrupo A2 los niveles 20 a 26.
Los puestos de mayor responsabilidad, bien por ejercer funciones de jefatura o de dirección, potestades administrativas, funciones de asesoramiento o especial confianza deberán tener asignados los niveles más altos. Así, los intervalos de niveles, además de establecer la jerarquía en la organización, son la base de la carrera de los funcionarios. -
CA056 JEFE DE ÁREA A1/A2 Adeterminar según sea Administración General o Especial 25-13,14 Y 15 CE Jefatura de Servicio (SSCC//SSTT).
Desde el Colegio de Ingenieros Agrónomos de Castilla y León y Cantabria entendemos que las Jefaturas de Area deben ser exclusivamente ocupadas por Ingenieros superiores (agrónomos en nuestro caso) atendiendo sobre todo a la existencia de las Jefaturas de Área de Estructuras Agrarias en los Servicios Territoriales cuyo contenido es, entre otros, el de coordinar la redacción de proyectos de obras, direcciones de obras y otras actuaciones que entran dentro de las competencias exclusivas del colectivo de ingenieros agrónomos. Abrir indistintamente estas plazas a funcionarios de los grupos A1 y A2 supone desconocer el contenido profesional de estas jefaturas.
97 votesAgradecemos su sugerencia y les informamos de que los puestos tipo se han configurado a partir de la agrupación de puestos de trabajo preexistentes con las mismas características y la forma de provisión de la mayoría de dichos puestos de trabajo.
Tradicionalmente se ha mantenido la posibilidad de que los puestos de trabajo estén adscritos a dos subgrupos, en primer lugar porque las funciones de unos y otros profesionales, permitían el desempeño de los puestos de trabajo de forma indistinta sin menoscabo de la prestación del servicio público, por tratarse de cuerpos y escalas de titulación similar (ingenieros superiores e ingenieros técnicos). Y en segundo lugar porque, además de facilitar la cobertura de los puestos, permitía asegurar a sus titulares seguir manteniendo el destino definitivo obtenido por concurso ordinario en el caso de que accedieran al cuerpo de titulación superior por promoción interna.
En este primer momento, dado que partimos… -
CA086 TÉCNICO DE ÁREA A1/A2 Adeterminar según sea Administración General o Especial 24-12 Y 13 CO Jefatura de Servicio (SSCC//SSTT).
Desde el Colegio de Ingenieros Agrónomos de Castilla y León entendemos que no parece razonable identificar dos grupos profesionales distintos, con atribuciones profesionales distintas,a un mismo puesto de trabajo con carácter general.
Por otro lado esta definición del puesto tipo daría lugar a situaciones en las que un funcionario perteneciente a un grupo profesional de mayor cualificación profesional estuviera tutelado por otro de menor cualificación, algo que que choca con el sentido común y organizativo.93 votesEl puesto tipo CA086 se ha configurado a partir de la agrupación de puestos de trabajo preexistentes con las mismas características.
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CA054 JEFE DE SECCIÓN O ASIMILADO A1/A2 Adeterminar según sea Administración General o Especial 24-12 Y 13 CO Jefatura de Servicio (SSCC//SS
Desde el Colegio de Ingenieros Agrónomos de Castilla y León entendemos que las jefaturas de sección no pueden nunca ser indistintamente adscritas a los grupos A1 y A2 sino que dependerá del contenido de las mismas la adscripción a uno de ellos. No hacerlo así supondría contravenir la legislación en vigor (nacional y comunitaria) al identificar dos tipos de titulaciones académicas (grado y master) con atribuciones distintas.
Asimismo manifestamos que estas plazas deben cubrirse a través de concursos específicos ya que las particularidades de cada una de ellas requiere unos méritos también específicos y ajustados a su contenido.92 votesEl puesto tipo CA054 se ha configurado a partir de la agrupación de puestos de trabajo preexistentes con las mismas características y la forma de provisión de la mayoría de dichos puestos de trabajo.
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CA040 TÉCNICO MEDIO ESPECIALISTA 24-3,6 A2 Administración Especial CO Jefatura de Servicio (SSCC//SSTT).
Al igual que se ha manifestado en el caso de los puestos tipo CA-023 y CA-096, desde el Colegio de Ingenieros Agrónomos entendemos que el nivel y la calificación asignados a esta plaza presuponen una formación académica superior correspondiente a la titulación universitaria superior (máster, en la denominación actual) y que por lo tanto es intrínsecamente incompatible con la posibilidad de que sean ocupadas por funcionarios del grupo A2.
90 votesEl puesto tipo CA040 se ha configurado a partir de la agrupación de puestos de trabajo preexistentes con las mismas características.
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CA096 TÉCNICO ESPECIALISTA NIVEL 26 A1/A2 Adeterminar según sea Administración General o Especial 26-14 y 15 CO Viceconsejería/Secretario Ge
Desde este Colegio entendemos que el nivel 25 y la calificación de “especialista” asignados a esta plaza presuponen una formación académica superior correspondiente a la titulación universitaria superior (máster, en la denominación actual) y que por lo tanto es intrínsecamente incompatible con la posibilidad de que sean ocupadas por funcionarios del grupo A2.
88 votesEl puesto tipo CA096 se ha configurado a partir de la agrupación de puestos de trabajo preexistentes con las mismas características.
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Redacción de proyectos y Dirección de obras
La redacción de proyectos de obra y la dirección facultativa de obras son actividades con suficiente relevancia, responsabilidad y trascendencia jurídica como para aparecer expresamente contempladas entre las funciones de los puestos tipo a las que vayan a ser asignadas. Esos puestos tipo deben incluir alguno que esté presente en los servicios que vayan a encargarse de estas funciones.
Se trata de funciones tan específicas y de tanta responsabilidad que no se puede pretender que vayan implícitas bajo expresiones tan genéricas como “Control y seguimiento de obras”.
Del mismo modo la redacción de proyectos de obra es una función mucho…67 votesEl catálogo de puestos tipo se ha configurado a partir de la agrupación de puestos de trabajo preexistentes cuyas funciones se desarrollan en el ámbito específico de la Administración en el que presten servicios. El catálogo recoge la descripción funcional básica de los puestos tipo, no de los puestos de trabajo.
La rpt recoge las características de los puestos y, con las funciones de los cuerpos y escalas a las que estén adscritos así como las competencias propias de las unidades orgánicas de las que dependan, establecerán el contenido funcional del puesto. -
PERSONAL ESTATUTARIO DE LA GERENCIA REGIONAL DE SALUD
Queremos que se modifique este Decreto en su Disposición Transitoria en donde se respetan las plazas de personal sanitario y no las del personal no sanitario en cualquiera de sus categorías y que se resuelva la discriminación que actualmente mantienen las RPT donde existen plazas en los Servicios Centrales de la G.R.S. de los niveles A1/A2 y en cambio han desaparecido las de Administrativos y Auxiliares Administrativos, sin ninguna motivación.
37 votesSe agradece su sugerencia y se tendrá en cuenta, para permitir el acceso de personal estatutario no sanitario de perfil técnico, por tanto de los subgrupos A1 y A2 a determinadas plazas que precisen de la especificidad de la formación y la experiencia profesional de este personal en la organización, gestión y funcionamiento de los centros e instituciones sanitarias del sistema de salud.
Se restringe a esos dos subgrupos porque su participación en la organización, gestión y funcionamiento de los centros sanitarios es determinante, no así en el caso de los subgrupos C1 y C2, que de acuerdo con su propia definición abordan únicamente tareas administrativas que no se diferencian en absoluto de las que pueden desempeñar los grupos C1 y C2 de funcionarios de los Cuerpos de Administración General y no podemos olvidar su vinculación jurídica con los centros e instituciones sanitarias. -
¿Jefe de servicio 28, jefe de sección 24… cuántos pasillos tienes que recorrer para que tu inmediato superior jerárquico te escuche?
¿Jefe de servicio 28, jefe de sección 24… cuántos pasillos tienes que recorrer para que tu inmediato superior jerárquico te escuche?
Jefe servicio nivel 28, jefe de área, 27, jefe de sección 26, el primer técnico superior A1 de cada sección 25 y así sucesivamente.
37 votesSe agradece su sugerencia si bien excede de la regulación del catálogo de puestos tipo.
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Contenido funcional
"Cada puesto tipo recoge las funciones que como mínimo habrán de tener los puestos de trabajo que lo tomen como modelo, sobre la base de las funciones propias de los cuerpos, escalas y especialidades previstos en la Ley 7/2005, de 24 de mayo, de la Función Pública de Castilla y León".
Pero qué es eso de un contenido funcional mínimo, eso es un auténtico despropósito.
El catálogo debería contener pormenorizadamente las funciones de cada puesto tipo porque en las RPTs tampoco se describen con precisión las tareas de cada puesto de trabajo y al final lo que sucede es que…32 votesSe agradece su sugerencia. Efectivamente, el contenido funcional de los puestos de trabajo está definido por distintos factores: la descripción funcional básica de un puesto tipo que nace de la agrupación de puestos de trabajo de características similares, las funciones propias de los cuerpos y escalas de pertenencia, las competencias atribuidas a los órganos y unidades administrativas de las que dependen.
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Funciones de grabación y manejo de bases datos para cuerpos Auxiliar y Administrativo
Hola.
* En el contenido funcional mínimo de los puestos tipo referidos a los cuerpos Auxiliar Administrativo y Administrativo debería introducirse la grabación y manejo de bases de datos. Además deberían definirse qué niveles tienen estas funciones e indicarse un complemento específico de acuerdo a la dificultad de las bases de datos o de la cantidad a utilizar de las mismas.
La mayor parte de las tareas que se realizan en estos cuerpos corresponde al manejo de numerosas aplicaciones y tecnologías informáticas. La utilización y manejo debería estar incluida y reconocida de alguna forma en los puestos tipos y en…22 votesSe agradece su sugerencia y somos conscientes de que la definición de funciones que hace la Ley de los cuerpos y escalas no se ajusta a la realidad, pero al ser un asunto común a todos los funcionarios del mismo cuerpo, se deduce de la propia evolución de las Administraciones Públicas. Efectivamente, el contenido funcional de los puestos de trabajo está definido por distintos factores: la descripción funcional básica de un puesto tipo que nace de la agrupación de puestos de trabajo de características similares, las funciones propias de los cuerpos y escalas de pertenencia y de las competencias atribuidas a los órganos y unidades administrativas de las que dependen.
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Fusión de los cuerpos C1 y C2
Los cuerpos C1 y C2 se deberían fusionar en uno solo. La mayoría, por no decir todos los auxiliares administrativos, tienen o desempeñan funciones administrativas. No hay distinción entre las funciones de un cuerpo y otro en la práctica. Incluso las responsabilidades pueden ser mayores en auxs. administrativos que en administrativos.
Las funciones que tradicionalmente se aplicaban a puestos de auxs. administrativos, como transcribir o pasar a ordenador oficios ya no existen. Los Auxs. administrativos hacen directamente los oficios de trámites corrientes.
Y desde luego la titulación con la que cuentan no suele ser solamente el graduado escolar.25 votesSe agradece su sugerencia si bien excede de la regulación del catálogo de puestos tipo.
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No contiene los puestos tipo creados en la Agencia Tributaria Estatal o en las Agencia Tributarias autonomicas
No contiene los puestos tipo creados en la Agencia Tributaria Estatal o en las Agencia Tributarias autonomicas como son los puestos tipo de Inspector de Hacienda, Subinspector, Agente tributario, técnico hacienda , gestor subgestor hacienda, de no incluir dicho puestos tipo en el catalogo será imposible la movilidad interadministrativa que pretenden para dichas plazas en el concurso.
22 votesSe agradece su aportación si bien excede de la regulación del catálogo de puestos tipo en la Administración General de la Comunidad de Castilla y León.
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DEPENDENCIA DE LOS TÉCNICOS
En la modificación planteada se contempla, entre otras, el cambio de dependencia de dependencia de los técnicos (en particular los Ingenieros Técnicos de Minas e Ingenieros de Minas) que antes estaban adscritos a las Secciones de Minas y ahora pasan a depender de las Jefaturas de Servicios.
En relación con dicha modificación se hace la siguiente exposición:
Este cambio supone el total desmembramiento de las Secciones. Los Jefes de Sección no pueden contar con el personal que deberían tener asignados a las secciones, no se puede planificar el trabajo ni tener un control de lo que se puede realizar. La…
20 votesSe agradece su sugerencia. Finalmente la dependencia ha desaparecido de las notas definitorias del catálogo de puestos tipo.
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Complementos específicos diferentes entre técnicos medios del mismo cuerpo dentro de la misma Consejería de Fomento y Medio Ambiente
Existe una reclamación histórica de equiparación del complemento específico de los técnicos medios de la Sección de Infraestructuras Ambientales, de los Servicios Territoriales de Medio Ambiente, con un nivel 21 y complemento específico 3, frente a los homólogos de los Servicios Territoriales de Fomento, donde los técnicos medios del Cuerpo de Ingenieros Técnicos de Obras Públicas cuentan con nivel 21 y complemento 6, siendo considerado este hecho un agravio comparativo que debería quedar solventado.
23 votesSe agradece su sugerencia si bien excede de la regulación del catálogo de puestos tipo.
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Diversos aspectos a justificar y motivar
- En el preámbulo del proyecto de Decreto no se señala que el Catálogo de puestos tipo haya sido objeto de un estudio técnico previo, como exigía la Sentencia que anuló el anterior. El Catálogo se ha limitado a hacer una refundición de los puestos que existían en las relaciones de puestos de trabajo vigentes. Ni siquiera se ha motivado en el Catálogo el hecho de que aparezcan algo más de 80 puestos de trabajo tipo (lo que parece bastante exagerado), y no un número más reducido. No se han motivado en el preámbulo del proyecto de Decreto ambas cuestiones (la…
18 votesSe agradece y se acepta su sugerencia. En el Preámbulo del proyecto de decreto, se incorpora una referencia al estudio de puestos que es el que recoge, precisamente la motivación de la que este texto, a su juicio adolece. Revisamos la redacción del decreto para clarificar al máximo algunos de los aspectos que señala, dado que la disposición de carácter general debe fijar criterios claros que se motivan en el estudio y en la memoria del proyecto.
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TECNCIOS MEDIOS DE APOYO QUE REALIZAN FUNCIONES DE TECNICO MEDIO ESPECIALISTA
Los denominados actualmente TECNICO MEDIOS con la titulación de Ingenieros Tecnicos de Obras Publicas desarrollan funciones que poco o nada tienen que ver con las características del puesto tal y como se concibe en la vigente RPT. habiendo ampliado durante los últimos años sustancialmente la carga de trabajo tanto cuantitativa como cualiltativamente. En particular, cabe destacar que desde hace aproximadamente cinco años, se encomienda sistemáticamente la dirección de proyectos y obras que la Consejeria de Fomento y Medio Ambiente ejecuta en las provincias. En el caso de las Secciones de Infraestructuras Ambientales estas direcciones facultativas conllevan una elevada complejidad técnica…
22 votesLos puestos tipo se han configurado a partir de la agrupación de puestos de trabajo preexistentes con las mismas características. Contienen la descripción funcional básica de cada uno de esos puestos tipo, no de los puestos de trabajo