LA ATENCIÓN FARMACÉUTICA DEBE ESTAR GARANTIZADA EN TODOS LOS CENTROS RESIDENCIALES DE PERSONAS MAYORES
Este nuevo Proyecto de Decreto que se está tramitando en sustitución del anterior Decreto 14/2017 de 27 de julio de autorización y funcionamiento de centros de carácter social para atención a personas mayores en Castilla y León, OMITE una de las disposiciones adicionales recogidas en el Decreto anterior, concretamente la D.A. quinta, donde se regulaba la atención farmacéutica en estos centros, que garantizaba que todos ellos, tengan o no tengan otro tipo de servicios sanitarios, tuvieran una atención farmacéutica regulada y acorde con lo previsto en la ley.
Desconocemos el motivo por el que se suprime esta disposición y se deja sin regular la atención farmacéutica en la nueva regulación, pero nos parece que carece de fundamento, por lo que entendemos totalmente necesaria la incorporación de esta disposición que regula la atención farmacéutica en el proyecto de Decreto que se somete a trámite de participación pública.
Por lo que, se propone la incorporación del contenido de la Disposición Adicional Quinta del Decreto 14/2017 de 27 de junio a este nuevo proyecto de decreto que se está tramitando, concretamente:
“Quinta. Atención Farmacéutica.
En los centros de carácter social para la atención a personas mayores la atención farmacéutica se prestará a través de un servicio de farmacia propio o un depósito de medicamentos, en la forma establecida en el artículo 6 del Real Decreto-ley 16/2012, de 20 de abril, de medidas urgentes para garantizar la sostenibilidad del Sistema Nacional de Salud y mejorar la calidad y seguridad de sus prestaciones, para los centros de asistencia social, así como en el artículo 3.1, letra b) de la Ley 13/2001, de 20 de diciembre, de Ordenación Farmacéutica de Castilla y León”.
Consejo de Farmacéuticos de Castilla y León.

Muchas gracias por su participación.
Una vez examinadas y estudiadas en conjunto todas las observaciones que se han planteado y las aportaciones realizadas al proyecto de Decreto de autorización y funcionamiento de los centros de carácter social para la atención a las personas mayores de Castilla y León, tanto a través de este espacio de participación ciudadana como a través de otros trámites de audiencia, nos complace remitirle el tratamiento dado a sus observaciones.
Teniendo en cuenta la publicación del DECRETO 14/2019, de 16 de mayo, por el que se regula la atención farmacéutica en centros sociosanitarios y centros residenciales de carácter social para la atención a personas mayores ubicados en la Comunidad Autónoma de Castilla y León, que es una norma específica que regula el desarrollo reglamentario de los servicios de farmacia y de los depósitos de medicamentos en los centros sociosanitarios y centros residenciales de carácter social para la atención a personas mayores, no procede introducir ninguna regulación adicional en el presente proyecto de Decreto.
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Anonymous commented
me parece que la administración seguimiento y vigilar la adherencia al tto ....uhmm .. estáis entrando en el campo de otros profesionales.
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Anonymous commented
En un centro residencial de personas mayores hay mucha medicación de por medio. Lo habitual es que cada persona tenga que tomar varios medicamentos al día, y si allí vive un número importante de residentes yo me hago la siguiente pregunta: ¿Quien se ocupa de ese depósito de medicamentos? El sentido común, que es el mayor de los sentidos nos lleva a una respuesta clara y contundente, el profesional experto en el medicamento: el farmacéutico, esencial en: la custodia, conservación y dispensación de los medicamentos, productos sanitarios y alimentación dietética, control de la cadena del frío,; velar por el cumplimiento de la legislación sobre estupefacientes, psicotropos y de especial control médico, control de caducidades, alertas sanitarias y eliminación correcta del residuo del medicamento, ofrecer sistemas personalizados de dosificación de medicamentos, detectar y registrar las reacciones adversas de los medicamentos, etc. etc. etc. Por ello en esta normativa debe incluirse un apartado sobre Atención Farmacéutica, que estaba ya en normativa anterior
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Anonymous commented
En centros donde los pacientes son, en su gran mayoría, pluripatologicos y polimedicados es absolutamente necesario que se realice una Atención Farmacéutica que vigile y controle el correcto uso de la medicación, para favorecer adherencia a tratamientos y evitar problemas relacionados con el uso de medicamentos.
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Anonymous commented
Es evidente .
Nadie puede entender que pacientes polimedicados y pluripatológicos no tengan un seguimiento cercano por un profesional de los medicamentos que es el farmacéutico .
El farmacéutico será no solo el dispensador, sino también el que hará el seguimiento , la custodia de la medicación , la optimización de recursos .
Es un profesional imprescindible en un centro sociosanitario -
Miguel commented
La atención Farmaceutica y el seguimiento de la medicación por parte del farmacéutico es una garantía para la optimización de los tratamientos en estos pacientes ,generalmente mayores y polimedicados, además de mejorar la salud del residente, está demostrado que se reduce el gasto al mejorar el control de la medicación, se evitan duplicidades, disminuyendo así los ingresos hospitalarios.
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Juan commented
El farmacéutico es el especialista del medicamento y debe estar implicado en la custodia, dispensación y seguimiento del medicamento. El paciente de este tipo de centros debe estar doblemente vigilado ya q suelen ser polimedicados y aquí el farmacéutico velará por el adecuado cumplimiento y adherencia a los tratamientos así como a los posibles RAM.
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Marta commented
Tampoco se incluye la figura del farmacéutico entre el personal técnico de los centros, cuando dada la complejidad de los tratamientos de estos pacientes, la revisión farmacoterapéutica debería ser un pilar básico que se incluya en los planes de atención integral de cualquier residente y en su proyecto de vida...
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Javier Alonso commented
Creo que, si no aparaece regulada la Atención Farmacéutica en este nuevo proyecto de decreto, perdemos una oportunidad de garantizar la sostenibilidad del Sistema Nacional de Salud y mejorar la calidad y seguridad de sus prestaciones, objetivo que debe ser perseguido por todos los profesionales sanitarios.