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(2018/12) Procedimiento para la elaboración de una Orden por la que se regula la organización y funcionamiento de la red de orientación educativa, vocacional y profesional en la comunidad de Castilla y León. (Cerrado)

Consulta pública previa en el procedimiento de elaboración de la normas.

De conformidad con lo previsto en el artículo 75.2 de la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, en relación con el artículo 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, con carácter previo a la elaboración de los proyectos o anteproyectos de ley o de reglamento, se sustanciará una consulta pública.

Consulta pública previa en el procedimiento para la elaboración de una Orden por la que se regula la organización y funcionamiento de la red de orientación educativa, vocacional y profesional en la comunidad de Castilla y León:

a) Los problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa.

Con la promulgación de la norma referenciada se pretende definir y regular el modelo de orientación educativa y profesional, que tiene incluida la orientación psicopedagógica, en Castilla y León, consiguiéndose así la unificación de la dispersión normativa actual que existe en su regulación en esta comunidad autónoma.

b) Necesidad y oportunidad de su aprobación.

La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, en su redacción modificada por la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la Mejora de la Calidad Educativa, consolida la orientación educativa y profesional en el artículo 1.f) como uno de los principios inspiradores del sistema educativo español y como medio necesario para el conseguir una formación personalizada, un desarrollo de la educación integral en conocimientos, destrezas y valores. Así, la orientación educativa se conforma como un recurso necesario que las administraciones educativas han de proveer y que ha de ser objeto de atención prioritaria por parte de éstas.
Mediante el Decreto 5/2018, de 8 de marzo, se establece el modelo de orientación educativa, vocacional y profesional en la Comunidad de Castilla y León, configurándolo como un proceso que se desarrolla de forma continuada y progresiva a lo largo de las distintas etapas educativas, que forma parte de los centros educativos desde una planificación estratégica que involucra a todos sus agentes, sin menoscabo de que el ejercicio de las funciones propias de la orientación hace necesaria la existencia de profesionales especializados y adecuados a las enseñanzas de los centros docentes y a las necesidades educativas del alumnado.

Este constituye el marco normativo en el cual se ampara la norma cuya elaboración se anuncia.

c) Objetivos de la norma.

Desarrollar y regular el modelo de orientación educativa, vocacional y profesional en la Comunidad de Castilla y León, establecido en el Decreto 5/2018, de 8 de marzo.

d) Posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias.

No se aprecia ninguna.

Fecha de publicación 27 de noviembre de 2018.

El plazo para realizar aportaciones a esta consulta previa finalizó a las 14:00 horas del 7 de diciembre de 2018. Agradecemos su participación y las aportaciones o sugerencias formuladas, que serán examinadas en el procedimiento para la elaboración del referido texto normativo.

108 results found

  1. Es necesario un orientador a jornada completa en cada CRA para que sean detectadas y atendidas las necesidades reales de nuetros alumnos.

    Debe haber un orientador en cada CRA a tiempo completo y no dos dias por semana como ahora. Tambien al menos un especialistas de AL y PT para cubrir las necesidades reales que se tienen en dichos centros, con distintas localidades conformandolos. Los alumnos con NEE no estan debidamente atendidos en dicjos centros ya que las ratios se piensan para centros completos y no para CRAs

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  2. Funciones del maestro AL, ratio y alumnos atendidos

    Actualmente no existe un decreto, ley o documento que recoja de forma fiel las funciones del maestro AL en un centro educativo, ni las dificultades o necesidades que tiene que atender. Es necesario elaborar ese documento y que se tenga en cuenta que los grupos de la ATDI denominados Dificultades de Aprendizaje y TDAH, han de estar al mismo nivel de atención que el grupo ACNEE. En muchos casos las necesidades del alumnado incluído en el grupo TDAH, o los trastornos de la comunicación y del lenguaje (uno de los principales trabajos del Maestro de Audición y Lenguaje) pueden ser…

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  3. Maestros de AL, importantísima su labor

    En nuestros centros hay muchos alumnos con necesidades educativas y en muchos casos no son atendidos correctamente, bien por no haber maestro/profesor de AL o bien porque si la hay tiene tantos alumnos con los que trabajar que es imposible poder trabajar con todos y se deja sin ver a alumnos. Al igual que la presencia del orientador que valore lo antes posible a esos alumnos, que no pase medio curso sin ser valorados y casi otro medio sin trabajar sus necesidades.....en algunos centros es necesario la presencia de más de un maestro de AL para poder cubrir las necesidades…

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  4. Un orientador por cada 250 alumnos en Secundaria

    No hay derecho que haya un orientador en centros de secundaria de 1300 alumnos y un orientador en centros de 309

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  6. Especialistas de AL en los Equipos. PT, AL y Orientación en cada centro

    Presencia de especialistas de Audición y Lenguaje en los equipos de Orientación como profesionales capacitados y expertos en las valoraciones del lenguaje.
    Necesidad de mínimo un profesional de AL, PT y Orientación por centro educativo, especialmente en los Colegios Rurales Agrupados, como única vía posible para llevar a cabo una adecuada inclusión educativa.

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  7. Profesor Técnico de Servicios a la Comunidad en todos los centros de Secundaria

    La existencia de un Profesor Técnico de Servicios a la Comunidad que se encargue de los alumnos con desventaja social es fundamental como se comprueba en aquellos centros donde lo hay.
    El aumento de los problemas asociados a la convivencia, la conflictividad social y el absentismo significativo exigen esta figura, que descargue la cantidad de tareas y funciones adscritas al Orientador y orientadora, ya de por sí muy amplias.

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  8. Un profesional de AL por cada centro educativo

    Es esencial bajar la ratio de atención por parte de los AL y para ello es imprescindible que haya una figura de este profesional en cada centro educativo.

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  9. Orientación de calidad

    Necesitamos una Orientación de calidad, por todos los agentes implicados, en todos los centros escolares, en cada etapa escolar, que asesore a los Equipos docentes para una atención de CALIDAD e INCLUSIVA. Un Orientador cada 250 alumnos como marca la UNESCO.

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  10. Desde APOECYL: Por una ORIENTACIÓN DE CALIDAD, para todos los Alumnos, para todas las Familias, en todas las Etapas y en todos los Centros e

    Desde APOECYL: Por una ORIENTACIÓN DE CALIDAD, para todos los Alumnos, para todas las Familias, en todas las Etapas y en todos los Centros escolares, que permita que las funciones de los distintos agentes de la Orientación puedan ser desempeñadas con eficiencia y eficacia.

    Por una norma que:

     Sirva como referente y guía a las diferentes actuaciones a realizar, evitando dispersiones y confusiones entre los profesionales-agentes de la Orientación.
     Permita a los agentes asegurar el derecho a la Orientación de todo el alumnado, con el acercamiento a la recomendación de la UNESCO: Un Orientador por cada +- 250…

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  11. Jornada completa o dos orientadores en los CEOS

    Con Media jornada de un orientador para atender tres etapas con unas características totalmente diferentes no se puede hacer un trabajo de calidad ni abordar todas las demandas que se solicitan.

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  12. Modificar las ratios de atención de AL, PT y compensatoria, adecuándose a las necesidades reales de todos los acneae a los que se atiende.

    Establecer en la ATDI las horas de atención que necesita un niño y ajustar la ratio de atención en función de las mismas y no de su categoría en la ATDI.

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  13. Formación en prevención real en Educacion Intantil de Alteraciones del lenguaje

    Si invertimos en prevención muchos alumnos no necesitarán intervención en educación primaria.

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  14. Delimitar las funciones del orientador y del resto de miembros en el departamento de orientación. Todo recae en el orientador

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  15. Orientadores específicos en AACC para cada provincia

    Los Orientadores tienen mucho peso en un colegio, necesitan mucho mas reconocimiento y jornada completa en un centro educativo concertado.Son profesores con técnicas, instrumentos y habilidades que ayudan cada dia a los alumnos , maestros y padres, que se encuentran pasando por un determinado momento.

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  19. Definir normativamente las funciones del pt, compensatoria, Al y ATEs

    Y esto urge, porque solo se recogen las funciones de profesorado de apoyo en la normativa que regula los departamentos de orientación.

    Sobre ATEs no hay nada más allá de su convenio que tampoco es claro y no delimita las funciones más allá de la "buena voluntad"

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  20. Regulación del números de centros que puede atender los orientadores de los EOEP

    Se atiende a varios centros pequeños (hasta 5 durante el mes), llegándose a intervenir con varios alumnos simultaneamente, por lo que el orientador no puede contar con tiempo suficiente para atender con garantías a dichos centros y desarrollar todas sus funciones con garantías y eficiencia.

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(2018/12) Procedimiento para la elaboración de una Orden por la que se regula la organización y funcionamiento de la red de orientación educativa, vocacional y profesional en la comunidad de Castilla y León. (Cerrado)

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