(2018/12) Procedimiento para la elaboración de una Orden por la que se regula la organización y funcionamiento de la red de orientación educativa, vocacional y profesional en la comunidad de Castilla y León. (Cerrado)
Consulta pública previa en el procedimiento de elaboración de la normas.
De conformidad con lo previsto en el artículo 75.2 de la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, en relación con el artículo 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, con carácter previo a la elaboración de los proyectos o anteproyectos de ley o de reglamento, se sustanciará una consulta pública.
Consulta pública previa en el procedimiento para la elaboración de una Orden por la que se regula la organización y funcionamiento de la red de orientación educativa, vocacional y profesional en la comunidad de Castilla y León:
a) Los problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa.
Con la promulgación de la norma referenciada se pretende definir y regular el modelo de orientación educativa y profesional, que tiene incluida la orientación psicopedagógica, en Castilla y León, consiguiéndose así la unificación de la dispersión normativa actual que existe en su regulación en esta comunidad autónoma.
b) Necesidad y oportunidad de su aprobación.
La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, en su redacción modificada por la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la Mejora de la Calidad Educativa, consolida la orientación educativa y profesional en el artículo 1.f) como uno de los principios inspiradores del sistema educativo español y como medio necesario para el conseguir una formación personalizada, un desarrollo de la educación integral en conocimientos, destrezas y valores. Así, la orientación educativa se conforma como un recurso necesario que las administraciones educativas han de proveer y que ha de ser objeto de atención prioritaria por parte de éstas.
Mediante el Decreto 5/2018, de 8 de marzo, se establece el modelo de orientación educativa, vocacional y profesional en la Comunidad de Castilla y León, configurándolo como un proceso que se desarrolla de forma continuada y progresiva a lo largo de las distintas etapas educativas, que forma parte de los centros educativos desde una planificación estratégica que involucra a todos sus agentes, sin menoscabo de que el ejercicio de las funciones propias de la orientación hace necesaria la existencia de profesionales especializados y adecuados a las enseñanzas de los centros docentes y a las necesidades educativas del alumnado.
Este constituye el marco normativo en el cual se ampara la norma cuya elaboración se anuncia.
c) Objetivos de la norma.
Desarrollar y regular el modelo de orientación educativa, vocacional y profesional en la Comunidad de Castilla y León, establecido en el Decreto 5/2018, de 8 de marzo.
d) Posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias.
No se aprecia ninguna.
Fecha de publicación 27 de noviembre de 2018.
El plazo para realizar aportaciones a esta consulta previa finalizó a las 14:00 horas del 7 de diciembre de 2018. Agradecemos su participación y las aportaciones o sugerencias formuladas, que serán examinadas en el procedimiento para la elaboración del referido texto normativo.
108 results found
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• Inclusión del fisioterapeuta en los EOE como profesional encargado de realizar la valoración motora del alumnado con discapacidad motriz
• Inclusión de la figura del fisioterapeuta con carácter docente en los EOE como profesional encargado de realizar la valoración motora del alumnado con necesidades educativas especiales derivadas de discapacidad motora.
El fisioterapeuta educativo es el profesional con capacidad y formación para realizar la valoración del nivel de desarrollo motor, el control postural, características musculoesqueléticas, la autonomía funcional, el desplazamiento, y las ayudas técnicas que precise el alumnado con necesidades educativas especiales derivadas de discapacidad motora.
Asimismo es necesario reconocer la labor docente del fisioterapeuta ya que la intervención del fisioterapeuta dentro del ámbito de educación tiene por objetivo conseguir…2,879 votes -
Atención adecuada al alumnado con DISLEXIA
Que la dislexia y otras DEAS se atiendan adecuadamente en todas las etapas. Para ello es vital la figura del orientador y de los maestros AL, cuyo número por centro ha de aumentar y estar dedicado a cada centro. En datalle:
Que el alumnado con dislexia y otras dificultades de aprendizaje compute para el ratio de maestros AL por centro, desde primaria hasta bachillerato.
Detección precoz y no tras el fracaso escolar (no esperar a los dos años de desfase respecto a la edad),
Trabajo sistemático diario en las competencias prelectoras y lectoras por parte de maestro AL dentro del…
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No usar el término logopeda para referirse al maestro de AL
En nuestros Centros educativos se sigue usando la palabra logopeda y la palabra el maestro del colegio para definir el AL y en perjuicio de los profesionales clínicos llamados logopedas.
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Asistencia logopédica inclusiva, sin afectar a otras asignaturas
Impartir el apoyo de logopedia sin interferir con otras asignaturas. Quiere esto decir, que no se debe sacar a los niños del aula mientras cursan otras asignaturas, pues se pierden los conocimientos de las mismas, como: matemáticas, lengua, etc. (y el refuerzo posterior que te prometen no existe). Dar opción a un apoyo/asistencia independiente e inclusivo sin que se vea afectada la docencia del curso.
Contar con un logopeda específico por centro (que no se comparta con otros) mejoraría la prestación del servicio.651 votes -
Orientador por centro en todas las etapas
Un orientador por centro en todas las etapas, que detecte, asesore y apoye junto a los maestros de apoyo a los alumnos con AACC.
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Un orientador por CEIP para q pueda detectar todas las necesidades de los alimnos/as y a su vez atendidas con los apoyos necesarios
Es necesario un orientador a jornada completa en cada CEIP para q sean detectadas y atendidas todas las necesidades de nuestros/as alumnos/as. Por los menos en los centros que tienen grupos completos desde infantil con unos 200 alumnos/as más o menos. Así se podrían evitar muchos problemas en nuestro sistema educativo
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Ratio de orientadores/PTSC y autonomía e independencia en informes psicopedagógicos
La Orden debería incluir:
- Ratio máximo de 250 alumnos por orientador, tal y como, indica la UNESCO y Naciones Unidas para garantizar el derecho a la Orientación Educativa en el alumnado.
- Ratio de 500 alumnos por cada PTSC o por cada dos orientadores un PTSC, tal y como está regulado en otras comunidades.
- Que se dote de autonomía al orientador educativo en su diagnóstico psicopedagógico para la detección de necesidades educativas y que se ampare a los mismos ante las intromisiones y presiones de otros profesionales.396 votes -
Orientador en los Centros educativos con más de 250 alumnos, independientemente de la etapa
Un orientador en cada Centro con más de 250 alumnos en todas las etapas educativas
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Orientadores específicos en AACC para cada provincia
Orientadores específicos con formación actual en altas capacidades.
A día de hoy muchísimos niños con altas capacidades no son identificados en sus centros escolares. Muchos orientadores carecen de formación adecuada para poder identificarlos. Esto, sumado a la escasez de tiempo suficiente para poder atender bien al alumnado hace que este colectivo sea muchas veces excluido o relegado a un último lugar a la hora de priorizar las evaluaciones psicopedagógicas para valorar y atender adecuadamente sus necesidades educativas, con las consecuencias que tienen hacia el alumno este tipo de acciones. A menudo se ve como tampoco se toman medidas ordinarias dentro…357 votes -
Un AL por cole e Instituto!!!!
Inclusión real, basta ya de hacer las cosas de cara a la galería
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Equipo auditivos
Sería muy grato contar con un equipo de auditivos en Valladolid, ya que no disponemos de el. Es muy necesario puesto que hay muchas personas que ahora mismo estamos necesitadas de él y sus recursos. Estamos solos en esta gran lucha no tenemos ayuda de nada ni de nadie.
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Intérpretes de lengua de signos como personal de la administración (funcionario o laboral)
En vez de “vender los intérpretes de lengua de signos al mejor postor” (contratas de la JCyL, al que ofrece menor precio) sacad oposición para que sean personal de la Junta de Castilla y León, ya sean funcionarios o personal laboral.
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Una escuela inclusiva para todos de verdad
Un orientador en cada centro sería lo ideal dadas las dificultades de nuestros alumnos y los retos diarios a los que se enfrentan los profes en la aulas. Porque la atención a la diversidad es para todos y no solo para unos pocos las redes deben ampliarse, así como los recursos y profesionales.
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Ratios máximos de alumnos por Al
Establecer una ratio máxima de alumnos de Atdi atendidos por 1 solo Al y con carácter itinerante, no es efectiva la atención de más de 20 alumnos y me da igual con que diagnóstico si hay que intervenir igualmente.y más siendo itinerante en CRA
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Incluir orientación para personas con discapacidad auditiva en los centros educativos de Zamora, Los docentes y las familias necesitamos in
Incluir orientadores en discapacidad auditiva para la provincia de Zamora, En mi experiencia me he encontrado con docentes que no saben cómo tratar al alumnado sordo y también necesario que expliquen el uso de la FM, así como todo lo necesario para padres y profesores. Pedimos inclusión sin discriminación, así como intérprete de lengua de signos en las aulas.
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MAR RECURSOS PARA LA ATENCION A LA DIVERSIDAD
Necesidad de un orientador en cada Ceip, al menos los que tienen mas de 200 alumnos. Jornadas completas en todos los CEOS
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Intérpretes de Lengua de Signos la jornada lectiva completa del alumno co discapacidad auditiva
El alumnado con discapacidad auditiva debe tener acceso al currículo escolar como el resto del alumnado con las ayudas técnicas necesarias y el intérprete de lengua de signos en el horario completo de las clases.
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