Cumplir la normativa en vigor, antes de elaborar normativa nueva.
Antes de elaborar Ordenes de desarrollo, que no desarrollan Decretos de la JCyL en vigor, se debería cumplir lo establecido en el Real Decreto 2135/1980, de 26 de septiembre, sobre liberalización industrial y la Orden de 19 de diciembre de 1980 sobre normas de procedimiento y desarrollo del Real Decreto 2135/1980, de 26 de septiembre, de liberalización industrial.
Es necesario cumplir la legislación en vigor en lo referente a los cambios de titular y de las responsabilidades en el uso de las instalaciones de seguridad industrial.
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