Introducción de CCAFYDE en la rama de Ciencias de la Salud

El objeto de este anteproyecto de ley es establecer el marco jurídico regulador de la actividad físico-deportiva. De acuerdo con la definición de la actividad físico-deportiva, el ejercicio físico y el deporte que en él aparecen, la introducción de CCAFYDE en la rama de Ciencias de la Salud no es objeto de regulación, correspondiendo al ámbito normativo educativo y sanitario.
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Anonymous commented
Anónimo, en la carrera de CAFD si cursamos asignaturas de fisiología, fisiología del ejercicio, anatomía, prescripción de ejercicio físico para poblaciones especiales, patologías, nutrición, readaptación al ejercicio físico, ejercicio físico y discapacidad. Revisate el plan de estudios de la carrera.
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Anonymous commented
Quien no sepa etiopatogenia, fisiología, fisiopatología ¿ Pretende tratar enfermos, de qué?
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Jose Luis commented
el problema es que CCAFYDE es una titulación que no pertenece al ámbito sanitario...Los estudios en Ciencias de la Actividad Física y del Deporte no tienen figura profesional alguna recogida dentro de la 44/2003, y ninguna Ley Nacional, desarrolla o regula su actividad profesional, incluso adoleciendo de la falta de colegiación obligatoria, como expresión de la reserva de actividad que la titulación impone, en el caso de las profesiones de la Salud
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Ángel Juez-Bengoetxea commented
Para abordar este tema, hemos de remitirnos a la Ley 44/2003 de ordenación de las profesiones sanitarias. En su articulo 6.4 recoge que: 4. Cuando una actividad profesional sea declarada formalmente como profesión sanitaria, titulada y regulada, con nivel de Licenciado, en la correspondiente norma se enunciarán las funciones que correspondan a la misma, dentro del marco general previsto en el apartado 1 de este artículo.
Es ahí donde tenemos que reformular leyes acordes al año 2018 (15 años después). Sólo así podremos estar dentro de esos requisitos.