(2018/03) Anteproyecto de ley de modificación del impuesto sobre la afección medioambiental regulado en el Decreto Legislativo 1/2013, de 12 de septiembre. (Cerrado)
El texto refundido de las disposiciones legales de la Comunidad de Castilla y León en materia de tributos propios y cedidos, aprobado por decreto legislativo 1/2013, de 12 de septiembre regula en su título II, capítulo I, el impuesto sobre la afección medioambiental causada por determinados aprovechamientos del agua embalsada, por los parques eólicos y por las instalaciones de transporte de energía eléctrica de alta tensión. Este impuesto somete a gravamen el impacto medioambiental causado por los tres tipos de instalaciones que se mencionan en su título.
La experiencia en la aplicación del impuesto y la conveniencia de adaptarlo a la actual situación de las instalaciones situadas en la Comunidad susceptibles de afectar al medio ambiente hacen necesario incorporar al impuesto el almacenamiento temporal de residuos radioactivos. La presente ley tiene por objeto establecer este gravamen.
El establecimiento de este nuevo gravamen responde al interés general de protección del medio ambiente afectado por el depósito de residuos radiactivos.
El plazo para realizar aportaciones a este espacio de participación finalizó a las 14:00 horas del 7 de marzo de 2018.
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