(2018/02) Proyecto de Decreto de la memoria histórica y democrática de Castilla y León. (Cerrado)
Los valores democráticos y la defensa de las libertades se constituyen, en el Estatuto de Autonomía, como principios que han de regir todas las políticas públicas, que han de orientarse a la promoción de la cultura de la paz, de la tolerancia, del respeto y del civismo democráticos, rechazando cualquier actitud que promueva la violencia, el odio, la discriminación o la intolerancia, o que, de cualquier otra forma, atente contra la igualdad y la dignidad de las personas.
La Comunidad de Castilla y León, en el marco de su Estatuto de Autonomía, reconoce, en su ámbito territorial, la deuda que la Nación Española tiene con las víctimas de la Guerra Civil y de la Dictadura.
La Ley 52/2007, de 26 de diciembre, por la que se reconocen y amplían derechos y se establecen medidas a favor de quienes padecieron persecución o violencia durante la Guerra Civil y la Dictadura, ha sentado las bases para que los poderes públicos lleven a cabo políticas públicas dirigidas al conocimiento de nuestra historia y al fomento de la memoria democrática.
En este marco, el objeto del decreto es el reconocimiento a todos los ciudadanos que padecieron persecución o violencia durante la Guerra Civil o la Dictadura y a sus familias, así como a todos aquellos ciudadanos y entidades que llevan a cabo actuaciones dirigidas al conocimiento de nuestra historia y al fomento de la memoria democrática, con el fin de crecer en el pluralismo, afianzar la reconciliación, y promover la concordia, la justicia, y la defensa pacífica de las ideas.
Además, este decreto constituye el desarrollo normativo necesario para dar cumplimiento adecuado por los poderes públicos de Castilla y León a las obligaciones que establece la Ley 52/2007, de 26 de diciembre.
El plazo para realizar aportaciones a este espacio de participación finalizó a las 14:00 horas del 9 de febrero de 2018.
4 results found
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Propuestas Asociación Derechos Humanos y Memoria Pública
La Asociación Universitaria Derechos Humanos y Memoria Pública considera los siguientes aspectos respecto al Proyecto de Decreto de la Memoria Histórica y Democrática de Castilla y León:
En primer lugar, la opción de un decreto es un instrumento insuficiente. Debería ser una ley autonómica, no un decreto, que ponga al aparato administrativo y económico de la Junta de Castilla y León al servicio de las víctimas con derechos y obligaciones equiparándonos a lo establecido en tantas otras comunidades de nuestro estado. Esto debería ser debatido concienzudamente en las Cortes y con la participación de las asociaciones y la sociedad civil.…4 votesMuchas gracias por sus aportaciones.
Respecto a la preferencia de la tramitación de un proyecto de ley sobre una disposición de carácter reglamentario, es necesario puntualizar que el rango que resulta adecuado a una norma lo determina su contenido.
Así el objeto del decreto es, fundamentalmente, procurar un procedimiento administrativo lo más ágil y participativo posible para dar satisfacción a los derechos contenidos en la ley estatal, además de la finalidad del reconocimiento a las víctimas.
Por otro lado, la aprobación de este decreto no impide la tramitación de una norma con rango de ley por los sujetos legitimados para ello.
En cuanto al procedimiento previsto para el desarrollo de las labores de localización, exhumación e identificación, ha de tenerse en cuenta que sus elementos esenciales están configurados por la normativa estatal que es de aplicación a las Comunidades Autónomas. En la medida de lo posible, se han incorporado plazos… -
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Muchas gracias por sus aportaciones.
Se incorporan, conforme a sus sugerencias, mayores referencias en el proyecto de condena de la dictadura franquista. Aunque ésta ya estaba explícitamente recogida en la exposición de motivos se ha incorporado un nuevo párrafo relativo a la condena de la vulneración de los derechos humanos durante la guerra civil y la dictadura franquista.
El contenido normativo del decreto referente a la localización y exhumaciones está condicionado por lo establecido en la normativa estatal. Su objeto es desarrollar el procedimiento previsto para el ejercicio de las labores de localización, exhumación e identificación, y ha de tenerse en cuenta que sus elementos esenciales están configurados por la normativa estatal que es de aplicación a las Comunidades Autónomas. En la medida de lo posible, se han incorporado garantías y medidas dirigidas a asegurar la efectividad de los derechos, como el establecimiento de plazos reducidos en la tramitación y…
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Muchas gracias por sus aportaciones.
Se incorporan, conforme a sus sugerencias, mayores referencias en el proyecto de condena de la dictadura franquista. Aunque ésta ya estaba explícitamente recogida en la exposición de motivos se ha incorporado un nuevo párrafo relativo a la condena de la vulneración de los derechos humanos durante la guerra civil y la dictadura franquista.
Respecto a la preferencia de la tramitación de un proyecto de ley sobre una disposición de carácter reglamentario, es necesario puntualizar que el rango que resulta adecuado a una norma lo determina su contenido.
Así el objeto del decreto es, fundamentalmente, procurar un procedimiento administrativo lo más ágil y participativo posible para dar satisfacción a los derechos contenidos en la ley estatal, además de la finalidad del reconocimiento a las víctimas.
Por otro lado, la aprobación de este decreto no impide la tramitación de una norma con rango de ley por los…
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Gracias por su aportación.
Sus sugerencias respecto de la redacción de diversos preceptos han sido valoradas y han sido incorporadas al texto en la medida en que mejoraban su redacción.
Con el fin de posibilitar y facilitar la elaboración de un censo de víctimas, entre otras cuestiones, se ha incorporado la Disposición Adicional Primera, relativa al impulso de convenios de la Administración de Castilla y León con el centro Documental de la Memoria Histórica ubicado en la ciudad de Salamanca.
Diversas alegaciones se refieren a los dos órganos colegiados previstos en el decreto, que van desde aspectos muy particulares relativos a los tipos de cualificación profesional y técnica que deben englobar sus miembros a la existencia misma de alguno de ellos. Tales cuestiones, dado su carácter organizativo, así como el carácter plural y participativo que supone la composición de dichos órganos, y la diversa naturaleza que tiene cada uno de…