Por favor, adjunten el proyecto de norma
Para poder opinar hay que adjuntar al proyecto de norma.

Este procedimiento se realiza de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, que establece que con carácter previo a la elaboración de los proyectos o anteproyectos de ley o de reglamento, se sustanciará una consulta pública para recabar la opinión de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma.
Por consiguiente, en esta consulta no se cuenta con un texto que pueda consultarse al ser un paso previo a la elaboración del mismo.
Un saludo