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(2017/11) Procedimiento para la elaboración de un decreto, para modificar el Reglamento General de ingreso del personal y de provisión de puestos de trabajo de los funcionarios al servicio de la Administración de la Comunidad de CyL. (Cerrado)

Trámite de Consulta pública previa en el procedimiento de elaboración de la norma.

De conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, con carácter previo a la elaboración de los proyectos o anteproyectos de ley o de reglamento, se sustanciará una consulta pública para recabar la opinión de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma.
Por tanto, se realiza consulta pública para la elaboración de un Decreto a propuesta de la Consejería de la Presidencia, para modificar el Reglamento General de ingreso del personal y de provisión de puestos de trabajo de los funcionarios al servicio de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, aprobado por Decreto 67/1999, de 15 de abril.

a) Problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa.

El Decreto 67/1999, de 15 de abril, por el que se aprueba el reglamento general de ingreso del personal y de provisión de puestos de trabajo de los funcionarios al servicio de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, se dictó en desarrollo del Texto Refundido de la Ley de Ordenación de la Función Pública de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, aprobado por el Decreto Legislativo 1/1990, de 25 de octubre.
La aprobación del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, así como la aprobación de la Ley 7/2005, de 24 de mayo, de la Función Pública de Castilla y León, en especial tras su modificación por la Ley 2/2017, de 4 de julio, de Medidas Tributarias y Administrativas, exigen la acomodación del contenido de dicho Decreto a las nuevas disposiciones legales.

b) Necesidad y oportunidad de su aprobación.

Resulta necesario aprobar una nueva disposición normativa que regule la selección y la provisión del personal al servicio de la Administración para poder incorporar a ésta las exigencias del Estatuto Básico del Empleado Público y las de la Ley de la Función Pública de Castilla y León no contempladas por la norma vigente o incompatibles con su contenido.

Así mismo resulta oportuna su aprobación con la finalidad de dar cumplimiento al apartado segundo del Acuerdo Marco entre la Administración y las organizaciones sindicales más representativas, por el que se recuperan derechos de los empleados públicos y se fijan prioridades en materia de función pública para la legislatura 2015/2019. En concreto dicho Acuerdo exige “la negociación del concurso abierto y permanente de los funcionarios y la adaptación del reglamento de acceso y provisión a esa fórmula de concurso”.

Por último, la modificación del artículo 43 de la Ley de la Función Pública de Castilla y León por la Ley 2/2017, de 4 de julio, de Medidas Tributarias y Administrativas, relativo a la selección del personal temporal al servicio de la Administración, cuyo desarrollo reglamentario se encuentra en la actualidad en tramitación, exige reorganizar el contenido de las normas que abordan esta materia.

c) Objetivos de la norma.

- Incorporar la terminología utilizada por el Estatuto Básico del Empleado Público y por la Ley de la Función Pública de Castilla y León en materia de ingreso de personal y de provisión de puestos de trabajo de personal funcionario, a la disposición reglamentaria que regule dichos procedimientos.
- Aprobar las disposiciones necesarias para la implantación de un dinamizador sistema de provisión de puestos de trabajo para los funcionarios de carrera, es decir, del concurso abierto y permanente.
- Adaptar el Decreto al contenido del artículo 43 de la Ley de la Función Pública de Castilla y León tras su modificación por la Ley 2/2017, de 4 de julio y con el nuevo desarrollo reglamentario que se está tramitando cuya finalidad es armonizar la regulación de la selección del personal funcionario interino y la contratación del personal laboral temporal.
- Recoger aspectos puntuales en materia de selección, provisión y ocupación que contribuyan a mejorar la gestión de personal.

d) Posibles soluciones regulatorias y no regulatorias.

No se aprecian.

El plazo para realizar aportaciones a esta consulta previa finalizó a las 14:00 horas del 13 de noviembre de 2017. Agradecemos su participación y las aportaciones o sugerencias formuladas, que serán examinadas en el procedimiento para la elaboración del referido texto normativo.

9 results found

  1. Solucionar el tema de los interinos antes de nada.....

    Antes de hacer nada, creo que se deberia solucionar el tema de los interinos en los distintos cuerpos, ya que hay interinos que llevan años, incumpliendo la ley de la funcion publica y no se soluciona su situacion.
    Y no me parece justo a gente con años de servicio y cierta edad echarlos y ponerlos a competir en un examen con gente de 25 años recien acabada la carrera, ya que a la hora de estudiar no estarían en igualdad de condiciones. No se puede, siendo interino (algunos con cargas familiares), trabajar y estudiar para competir con un joven que…

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  2. VETERINARIOS INTERINOS DE LA JUNTA DE CASTILLA Y LEON

    VETERINARIOS INTERINOS DE LA JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN :
    El problema de los veterinarios interinos de la junta de Castilla y León , data de hace muchos años.De hecho, en los últimos 50 años, las convocatorias para su acceso a la función publica, han sido nulas o muy escasas.Tanto es así,que en los últimos 30 , solo ha habido 3 procesos para el ingreso como funcionarios, de los más de 1000 veterinarios, que velan por la Salud Publica en nuestra comunidad.Esto ha supuesto que se generen constantemente, bolsas de interinos que realizan su trabajo en puestos de la Consejería…

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  3. Caos con los interinos

    Lo que habría que controlar es el caso de los interinos.
    No puede ser que una persona saque una plaza y tenga que ir a una provincia fuera de la suya, mientras en la provincia donde reside hay plazas como la que ha sacado ocupadas por interinos.

    Tampoco debería haber interinos "per secula seculorum"

    De hecho hay lugares donde no se llama a gente de bolsa de las últimas oposiciones resueltas en 2017, mientras hay interinos que llevan años y años.

    Pero parece que vale más estar de interino habiendo suspendido todos los exámenes que aprobarlos y ser funcionario, o…

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  4. Actualizar y hacer públicas la relación de puestos de trabajo

    Se deberían actualizar las relaciones de puestos de trabajo de todas las Consejerías. Y deberían ser públicas y no guardar tanto secretismo como ocurre ahora. Así en los concursos se podría comprobar que no se "guardan" plazas para vete a saber quién. Y las plazas que no se ocupen por un tiempo prolongado, amortizarlas. Agilizar y aumentar la frecuencia de los concursos de traslados del personal funcionario de carrera y hacer que se cumplan esas convocatorias, no es normal que se esté sin concurso de traslados durante años cuando hay plazas disponibles y ocupadas por interinos.

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  5. Procesos de consolidación

    Espero que a la hora de establecer los sistemas de acceso a la función pública como funcionario de carrera se realice un proceso de consolidación para garantizar que quienes llevan muchos años desarrollando sus funciones de forma eventual, como funcionarios interinos o como contratados laborales en categorías equivalentes, puedan estabilizar sus puestos de trabajo.

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  6. Varias promociones en destino provisional

    Creo que se debería recoger que para el caso de escalas en que existan varias promociones en destino provisional (como es el caso de la Escala de Seguridad e Higiene en el Trabajo) en el concurso que se celebre, se tenga en cuenta la elección de destinos en función del nombramiento como funcionario, y no en base a la antigüedad.

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  7. oposiciones LIBRES, interinidades por nota de examen

    En el caso de los Veterinarios, son nombrados como interinos e incluso para las sustituciones, estando desarrollando actividad como veterinarios en otros campos, lo cual además de suponer claras incompatibilidades que si no son denunciadas no le suponen la incompatibilidad por no solicitarla simplemente y firmar un documento que incumplen.
    Esas sustituciones e interinidades les suponen puntuaciones que después les favoreceran en un concurso oposición.
    Actualmente los nombramientos nada tienen que ver con haber aprobado ningún examen.

    el ingreso debiera acreditar conocimientos al menos tras haberse examinado alguna vez para el puesto, y siendo este el primer criterio a tener…

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  8. comprobación incompatibilidades

    debieran comprobarse en los servicios territoriales correspondientes que los nombramientos que declaran incompatibilidad cumplen dicho precepto.
    en muchos casos estos mismos interinos disfrutan de atutorizaciones o nombramientos para el ejercicio de la profesión en otros ambitos por parte de la misma consejería donde afirman documentalmente no incurrir en régimen de incompatibilidades.
    en el caso de los veterinarios se incumple repetidamente

    y en caso de detectarse incumplimiento sancionarse ejemplarmente para evitar que la función pública de inspección se vea comprometida.

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  9. donde esta el proyecto de norma?????????

    donde está el proyecto de la norma???????

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    Este procedimiento se realiza de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, que establece que con carácter previo a la elaboración de los proyectos o anteproyectos de ley o de reglamento, se sustanciará una consulta pública para recabar la opinión de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma.

    Por consiguiente, en esta consulta no se cuenta con un texto que pueda consultarse al ser un paso previo a la elaboración del mismo.

    Un saludo

(2017/11) Procedimiento para la elaboración de un decreto, para modificar el Reglamento General de ingreso del personal y de provisión de puestos de trabajo de los funcionarios al servicio de la Administración de la Comunidad de CyL. (Cerrado)

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