no valorar la experiencia/antiguedad como merito en puestos del cuerpo general (auxiliar administrativo, administrativo,gestion,sueprerior
las bolsas de empleo de cuerpos generales (auxiliar administrativo.administrativo.gestion, superior) no se pueden generar en base a criterior de merito o experiencia.
por justicia deberia ser por procesos selectivos no x meritos generados por experiencia..se pierde el principio de igualdad claramente...cuando dicha experiencia no aporta nada positivo a estos cuerpos , mas allá de en aspectos basiquisimos).
Como todos sabemos,cuando accedes alguno de estos cuerpos, de poco sirve tu experiencia ( quiero decir: si has estado cuatro años siendo auxiliar administrativo en agricultura y ahora te toca ir a empleo,,todos sabemos que no tienen nada que ver. ni las tareas a realizar ni los programas a usar, etc etc)..no seria justo..que una persona que en su dia y porque las bolsas se movian mas hace diez años..ahora sume puntos en unos procesos selectivos totalmente distintos.y en los que la experiencia no aporta nada..si esto fuera asi..trabajarian siempre los mismos y se perjudicaria claramente a las personas que se han sacado mejor nota en los examenes. se podria alargar mas la explicacion,,pero no quiero que quede muy largo y creo que queda clara la reflexion..se aceptan sugerencias. un saludo

Se acoge parcialmente esta alegación. Si bien la experiencia profesional será objeto de baremación, el artículo 43 de la Ley 7/2005, de 24 de mayo, de la Función Pública de Castilla y León, otorga un valor predominante a la superación de ejercicios eliminatorios en procesos selectivos derivados de la Oferta Pública de Empleo de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.
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Anónimo commented
Discrepo, la experiencia siempre es un plus, nadie esta diciendo que sea lo único que se tenga en cuenta, habrá que establecer una ponderación razonable entre formación, experiencia y participación en los procesos selectivos.
Además, abogaría por el concurso-oposición, como sistema de acceso a los cuerpos generales de la Administración de la Comunidad de Castilla y León. Una interpretación del principio de igualdad tan rigurosa como la que planteáis nos conduce a no tener en cuenta el resto de principios como son, el mérito y la capacidad, que están al mismo nivel que la igualdad.