Skip to content

(2017/11) Proyecto de decreto por el que se regula la selección de personal funcionario interino y del personal laboral temporal de la administración de la Comunidad de Castilla y León y de sus organismos autónomos (Cerrado)

La modificación del artículo 43 de la Ley 7/2005, de 24 de mayo, de la Función Pública de Castilla y León por la Ley 2/2017, de 4 de julio, de Medidas Tributarias y Administrativas, desvincula la selección del personal temporal al servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de Castilla y León de la superación de ejercicios en procesos selectivos derivados de la oferta de empleo público, pasando esta circunstancia a considerarse un mérito predominante objeto de valoración.

El decreto que se encuentra en tramitación desarrolla el citado precepto. A tal efecto diseña un procedimiento basado en un sistema de bolsas únicas y abiertas por cada cuerpo, escala, especialidad o en su caso por cada competencia funcional o especialidad, que se iniciará por convocatoria pública. Este sistema evitará el grave problema ocasionado por el agotamiento de las bolsas, ya que permitirá que la Administración disponga de forma permanente de listados de candidatos susceptibles de llamamiento.

El nuevo decreto clarifica además la distribución de competencias en esta materia, determinando a qué órgano le corresponde convocar las bolsas, constituirlas, gestionarlas, hacer los llamamientos y penalizar. Así mismo habilita a la Consejería competente en materia de función pública a dictar una Orden de bases comunes y recoge su contenido mínimo. También establece un catálogo de penalizaciones y por último, limita la posibilidad de recurrir a convocatorias específicas en supuestos excepcionales.

El uso de las nuevas tecnologías resultará clave en la gestión del nuevo sistema de bolsas. De este modo se pretende dar respuesta a las exigencias que en materia de administración electrónica derivan de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Proyecto de decreto por el que se regula la selección de personal funcionario interino y del personal laboral temporal de la administración de la Comunidad de Castilla y León y de sus organismos autónomos.

El plazo para realizar aportaciones a este espacio de participación finalizó a las 14:00 horas del 2 de noviembre de 2017.

51 results found

  1. Readmisión en la bolsa de empleo ante un despido.

    Si estás trabajando en el empresa privada y te llaman de la bolsa de empleo, pero el trabajo de interinidad no te interesa, por ejemplo pq la duración es muy corta, que te suspenda de la bolsa de empleo, pero no te eliminen, y cuando seas despedido vuelvas a ocupar tu puesto en la bolsa de empleo.

    12 votes

    We're glad you're here

    Please sign in to leave feedback

    Signed in as (Sign out)

    We’ll send you updates on this idea

  2. Ante llamada para interinidad,si estás de interino en otra Administración,que no te borren de bolsa y suspendan efectos hasta reactivación

    Ante la llamada para una interinidad, si estás de interino en otra Administración distinta (Ayuntamiento, Diputación Provincial..etc) en el ámbito territorial de la Comunidad de Castilla y Leon, propongo que no te borren de la bolsa respectiva de esta Administración de Castilla y León y suspendan los efectos, hasta una ulterior reactivación, motivada en la finalización de aquella relación de empleo temporal.

    Propongo una posibilidad de suspensión que ya existía, con anterioridad, en la regulación de las bolsas de empleo y que se mantiene en la regulación de otras Administraciones cercanas.

    Una propuesta que, en mi opinión, es de justicia…

    29 votes

    We're glad you're here

    Please sign in to leave feedback

    Signed in as (Sign out)

    We’ll send you updates on this idea

  3. Cómo establecer la valoración de méritos para bolsa

    Que para la composición de la bolsa de empleo prime la nota de los exámenes sobre la experiencia laboral. Es decir, que los méritos sean un aspecto a sumar pero no determinarte (70 % nota de examen+ 30 % méritos / 80 % nota de examen + 20 % méritos) a la hora de ocupar una posición en la bolsa, así garantizaríamos contar con efectivos que tuvieran alta formación y experiencia laboral y no con efectivos que cuenten ÚNICAMENTE con experiencia laboral.
    Que sean valorados los exámenes superados en las últimas convocatorias estableciendo en orden de prelación según nota obtenida.…

    38 votes

    We're glad you're here

    Please sign in to leave feedback

    Signed in as (Sign out)

    We’ll send you updates on this idea

    El artículo 43 de la Ley 7/2005, de 24 de mayo, de la Función Pública de Castilla y León, exige que la nota obtenida por la superación de ejercicios eliminatorios en procesos selectivos derivados de la Oferta de Empleo Público de la Administración de la Comunidad de Castilla y León sea un mérito predominante para el acceso al empleo temporal. No obstante, se considera oportuno que se pueda dejar constancia en el momento de la inscripción en la bolsa de empleo de formación académica complementaria, por si ésta resultase requisito para la ocupación de un puesto.

  4. No valorar antigüedad como méritos

    No se debería valorar la antigüedad como un mérito en la administración, o al menos limitarla a un periodo máximo de un año, ya que hay personas jóvenes, en según qué puestos, que están mucho mejor formadas y capacitadas para desarrollar el trabajo que otras personas que han tenido la "suerte" de conocer a alguien en el momento que había que hacer una contratación y no había bolsa disponible y llevan toda la vida en la administración, con lo que han demostrado justamente lo opuesto, que están en la administración no por sus conocimientos sino por su amistad, ya que…

    18 votes

    We're glad you're here

    Please sign in to leave feedback

    Signed in as (Sign out)

    We’ll send you updates on this idea

    La experiencia será objeto de baremación, pero el artículo 43 de la Ley 7/2005, de 24 de mayo, de la Función Pública de Castilla y León, otorga un valor predominante a la superación de ejercicios eliminatorios en procesos selectivos derivados de la Oferta Pública de Empleo de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.

  5. No aparecer en suspenso en otros cuerpos cuando estás trabajando en la misma Administración.

    Es injusto que no puedan llamarte de un cuerpo superior cuando estas ya trabajando, no pudiendo optar a una mejora de empleo, incluso cuando se está mejor situado en esas bolsas o esas bolsas son mucho más actuales que la que se está trabajando.

    60 votes

    We're glad you're here

    Please sign in to leave feedback

    Signed in as (Sign out)

    We’ll send you updates on this idea

  6. No caer al ultimo lugar de la bolsa despues de trabajar 6 meses. No estar en suspenso en otros cuerpos cuando trabajas en uno

    1) Cuando un interino cese porque se ocupa su plaza por un titular o por lo el motivo sea, independientemente del tiempo trabajado, no debería de ir al final de la bolsa sino al puesto que ocupaba inicialmente ya que el puesto que se ocupaba se lo ha ganado con más esfuerzo que las personas que haya por debajo en la bolsa y no es justo ser penalizado y caer al último puesto.
    2) Por otra parte, no me parece correcto que al trabajar en la administración como interino, al formarse bolsas procedentes de nuevos procesos selectivos en los que…

    41 votes

    We're glad you're here

    Please sign in to leave feedback

    Signed in as (Sign out)

    We’ll send you updates on this idea

    Tal y como se ha venido especificando resulta oportuno que la reincorporación a la bolsa se produzca en el orden establecido por el listado de candidatos vigente y también que se pueda figurar como disponible en bolsas distintas a aquella desde la que se ha sido llamado para desempeñar una relación vigente –si bien con ciertas limitaciones-.
    No puede admitirse la sugerencia sin embargo de que tenga mayor peso la valoración del trabajo desarrollado que la superación de ejercicios eliminatorios en procesos selectivos, en la medida que el artículo 43 de la Ley 7/2005, de 24 de mayo, de la Función Pública de Castilla y León, otorga un valor predominante a éstos últimos.
    La prestación de servicios en el mismo Cuerpo o en uno equivalente es objeto de baremación en la bolsa correspondiente al mismo. No existe limitación para inscribirse en el número de bolsas que se desee, siempre que…

  7. Posibilidad de cambiar de provincia y opción a varias y eliminación de suspensión para poder optar a otros cuerpos para mejorar

    1º Se debería recuperar la posibilidad de inscribirse en varias provincias ya que es habitual el agotamiento de las bolsas en provincias pequeñas.
    2º También el derecho a cambiar de provincia de bolsa si tus circunstancias personales lo motivasen.
    3º Eliminación de la suspensión del resto de bolsas en los distintos cuerpos por el mero hecho de que se esté trabajando en la Junta. Es discriminatorio porque no se puede mejorar profesionalmente si estás interino, te obligan a renunciar para poder darte de alta en el resto de cuerpos.
    4º Eliminación del tiempo trabajado para poder volver al mismo puesto…

    66 votes

    We're glad you're here

    Please sign in to leave feedback

    Signed in as (Sign out)

    We’ll send you updates on this idea

    Se acogen las alegaciones referentes a la posibilidad de elegir una o varias zonas en el momento de inscribirse en la aplicación informática. También la propuesta referente a que se pueda figurar como disponible en bolsas distintas a aquella desde la que se haya sido llamado para desempeñar una relación laboral existente –con el límite de que hayan transcurrido al menos tres meses en caso de haber sido llamado desde el listado de candidatos vigente-.
    En cuanto a que debe volverse a la bolsa tras la finalización de una relación temporal en el puesto que se tenía antes de la contratación, se considera más oportuno que la reincorporación a la bolsa se produzca según el orden del listado de candidatos vigente.
    En relación con los méritos objeto de baremación, se acoge la alegación de que debe valorarse el trabajo desarrollado. En cuanto a la formación, no parece oportuno incluir entre…

  8. Varias provincias

    Permitir que quienes estén en una bolsa de empleo puedan optar a ser llamados en más de una provincia, ya que pueden existir aspirantes a quienes no les importe trasladar su residencia con tal de trabajar.

    37 votes

    We're glad you're here

    Please sign in to leave feedback

    Signed in as (Sign out)

    We’ll send you updates on this idea

  9. Indicación de los datos concretos de la plaza RPT ofertada

    Al llamar para ocupar como interino una plaza ofertada deberían informar de los datos concretos de una plaza: Nº de RPT, motivo por el cual esa plaza está vacante, duración estimada de la misma, etc. Si se desconocen los datos de la plaza no puedes tomar una decisión que puede ocasionar graves perjuicios en determinadas circunstancias. Además deberían , estos datos deberían publicarse y así cumplir con la ley de transparencia.

    52 votes

    We're glad you're here

    Please sign in to leave feedback

    Signed in as (Sign out)

    We’ll send you updates on this idea

    1 comment  ·  Admin →
  10. Eliminicación del tiempo trabajado y suspensión

    Cuando un interino finalice su contrato, independientemente del tiempo trabajado, no vaya al final de la lista sino al puesto que sus méritos le computen o al que originariamente ocupaba ya que sino dejaremos que personas altamente cualificadas y preparadas sean sustituidas por otras sin ninguna experiencia ni mérito.
    Me parece muy injusto que en caso de estar trabajando en la Administración, independientemente del puesto que se ocupe, se quede automáticamente suspendido del resto de bolsas de empleo, privando a la persona de la posibilidad de mejorar de puesto de trabajo o cambiar de provincia si se diera el caso.

    58 votes

    We're glad you're here

    Please sign in to leave feedback

    Signed in as (Sign out)

    We’ll send you updates on this idea

    Se acogen ambas alegaciones, tal y como se ha especificado en los apartados anteriores. El reingreso a la bolsa se producirá en el orden que determine el listado de candidatos vigente y se considera oportuno que los candidatos puedan figurar como disponibles en bolsas distintas a aquella desde la que hayan sido llamados para desempeñar una relación vigente, si bien con ciertas limitaciones.

  11. Eliminación de tiempo trabajado

    Que cuando un interino finalice su contrato, independientemente del tiempo trabajado, no vaya al final de la lista sino al puesto que sus méritos le computen o al que originariamente ocupaba ya que sino dejaremos que personas altamente cualificadas y preparadas sean sustituidas por otras sin ninguna experiencia ni mérito.

    38 votes

    We're glad you're here

    Please sign in to leave feedback

    Signed in as (Sign out)

    We’ll send you updates on this idea

1 3 Next →

(2017/11) Proyecto de decreto por el que se regula la selección de personal funcionario interino y del personal laboral temporal de la administración de la Comunidad de Castilla y León y de sus organismos autónomos (Cerrado)

Categories

Feedback and Knowledge Base