Artículo 82-2
Una vez adoptado el acuerdo de fusión por todas las cooperativas partícipes en la misma, se publicará en el Boletín Oficial de Castilla y León y un diario de gran circulación de la provincia del domicilio social de la Cooperativa absorbente o resultante de la fusión.
Se trata de ahorrar costes en el proceso y no tener que publicar el acuerdo de cada cooperativa
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Buenos días,
Para mayor garantía de socios y terceros interesados, debe publicarse en los diarios del domicilio social de las cooperativas afectadas por la fusión y por tanto no puede admitirse la sugerencia.
Saludos.