Sugerencias y consideraciones
Sugerencias y consideraciones

Le agradecemos su participación a través del Gobierno Abierto, en aras a mejorar la “Estrategia de Recursos Minerales de Castilla y León (2016-2020).
Los recursos naturales y más en concreto los recursos minerales, como señalan otros participantes en este foro, son indispensables para el desarrollo económico de nuestras sociedades. El objetivo debe ser lograr un uso racional de los recursos que sea compatible y adaptado a las exigencias medioambientales.
Esta Estrategia quiere ser un instrumento para ello. El objetivo de la misma es evidenciar el importantísimo potencial minero que tenemos en Castilla y León, favoreciendo y poniendo en valor su aprovechamiento, como factor de desarrollo y crecimiento económico del conjunto de nuestra Comunidad Autónoma. Este desarrollo como usted señala debe estar presidido por el concepto de “sostenibilidad”
Precisamente por la necesidad de armonizar los valores socioeconómicos y medioambientales, el Objetivo 3 de la Estrategia, contempla la mejora de la integración de las actividades mineras en el conjunto de la sociedad y su enraizamiento sostenible en el territorio, previendo que se tengan en cuenta las preocupaciones ambientales y sociales del entorno.
Este desarrollo debe estar presidido por la idea del desarrollo sostenible. Usted mantiene que el desarrollo económico de nuestra comunidad no puede pasar por el desarrollo de la actividad minera. Sin embargo el desarrollo sostenible no consiste en dejar no explotar los recursos, sino en mantener el desarrollo económico para satisfacer las demandas de las generaciones actuales pero sin condicionar o limitar con ello las de las generaciones futuras.
El desarrollo sostenible descansa en el equilibrio entre tres pilares; sostenibilidad económica (crecimiento económico), sostenibilidad social (equidad social) y sostenibilidad ecológica (protección ambiental).
Precisamente en la idea de fomentar un desarrollo sostenible, no se comparte su oposición a las actividades mineras en relación con otras actividades como la ganadera, agricultura o actividades cinegéticas, máxime cuando en muchos casos estas actividades pueden ser compatibles a través de los procedimientos de evaluación ambiental correspondientes.
Compartimos la necesidad de compatibilizar un uso racional de los recursos que sea compatible y adaptado a las exigencias medioambientales. Y esta es la idea que preside el apartado 5 de la Estrategia, que debe ser entendido como necesidad de que los proyectos mineros sean compatibles y adaptadas a las exigencias medioambientales y urbanísticas y para que esta idea quede meridianamente clara se procederá a dar una nueva redacción al epígrafe 5 de la Estrategia.
Reiteramos nuestro agradecimiento por su participación en este foro de Gobierno Abierto.
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Fernando commented
En el capítulo 3, por un lado se comenta en el apartado 3.3.1 respecto a los recursos energéticos, que por otra parte son los que más ratio de personal por explotación tiene en nuestra comunidad, se especifica que la minería de interior está en proceso de abandono definitivo, reiniciándose las labores a cielo abierto.
En el caso de minería a cielo abierto, los trabajos de extracción, a diferencia de principios del siglo anterior en que se necesitaba mucha mano de obra para la extracción de los minerales, en la actualidad se desarrolla principalmente con explosiones de material explosivo y manejo de los materiales con maquinaria pesada, lo que implica una muy baja necesidad de personal en la explotación, y el existente, con una alta cualificación y formación.
Así, en el apartado 3.1 donde se especifica una media de 8 trabajadores por explotación minera, en el futuro esa media entiendo bajara significativamente por la bajada de ratio de la minería energética.
Se echa de menos en el informe que no se considere el impacto sobre las zonas afectadas por la actividad minera en el entorno, y exclusivamente se fije en los problemas y aspiraciones de la minería. Si tenemos en cuenta el método de explotación de dicha actividad a cielo abierto, principalmente con explosiones y uso de maquinarias pesadas, es evidente el impacto de contaminación acústica, atmosférica e hídrica en el entorno en que se encuentra será de una magnitud importante y significativa y que evidente afectará a la ganadería, fauna y por supuesto en la condiciones sanitarias e higiénicas de los habitantes próximos.
Si tenemos en cuenta que la población actualmente existe debido a sus actividades económicas culturales como son la ganadería, agricultura, actividades cinegéticas, y actividades, ya sea existentes o en desarrollo, turísticas, y por otro lado las contaminaciones antes reseñadas, la actividad minera a cielo abierto dará, sin lugar a dudas, la puntilla al entorno rural, en el que puede, en el mejor de los casos, fijar 8 familias de la explotación minera, pero que desterrará a las actualmente existentes en el entorno debido a la ruina de sus actuales medios de vida.
En definitiva, y pretendiendo hacer una crítica constructiva, si pensamos que el desarrollo económico de nuestra comunidad autónoma, pasa por el desarrollo de la actividad minera, creo que estamos muy equivocados o hemos perdido el norte. En la mayoría de los casos, el desarrollo de la actividad minera supondrá la despoblación del entorno rural, más aún si cabe, debido a que las concesiones de explotación son por un período mínimo de 30 años, prorrogables, décadas que impactarán sobre los actuales medios de vida en el entorno rural, y que obligarán a la población a emigrar a otros lugares con el fin de tener alguna posibilidad de vida.
Parece más bien, al contrario, que el objetivo de nuestros gobernantes debería ser el impulso de desarrollos sostenibles (en el sentido más amplio de sostenibilidad, y que generalmente la actividad minera no cumple) y de incentivos al desarrollo de las actuales actividades económicas y culturales, que no únicamente fijen la población actual del entorno rural, sino que además la haga atractiva a la inmigración de otras familias que igualmente fijen su residencia en dichos entornos rurales. -
Fernando commented
Parece que da error al abrir el documento... Lo transcribo...
A título preliminar quisiera resaltar la consideración de que ninguna actividad económica, mercantil e industrial es un componente aislado en nuestra sociedad sino que tiene interdependencias fuerte y evidentes con el resto de actividades económicas, mercantiles e industriales, especialmente y más acusadamente en el entorno en que se enclava.
En este sentido, debemos tener en cuenta como primera premisa que el entorno donde se desarrolla principalmente la actividad minera se sitúa en el entorno rural que es donde se encuentran los yacimientos.
Asimismo, y como bien se indica en el capítulo 2 del informe en evaluación, y siguiendo lo establecido por la Estrategia Europea 2020, este informe se encuadra dentro del área prioritaria “Crecimiento Sostenible”. Sin embargo, y de lo que deduzco de la lectura del informe se confunde el término Sostenible con el de viabilidad presente y futura de una determinada actividad, en este caso la minera, y creo que dicha perspectiva es cuanto menos incompleta. El concepto de Sostenibilidad, además de lo dicho anteriormente, también incluye el respeto al entorno medioambiental, de forma que el resto de actividades en dicho entorno también sean viables en el presente y futuro, y que una actividad no consuma y elimine el resto de las existentes, y que en el caso del entorno rural son la base de la fijación, mucha o poca, de la población existente.
En este sentido, y como bien se expresa en el informe en el punto 2.1, apartado 2, la propia Comunidad Europea en su dictamen (2009/C27/19C), que entiendo hace suyo el presente informe, especifica la necesidad de reforzar la compatibilidad entre la extracción de los recursos minerales y la protección al medio ambiente. Sin embargo, y sorprendentemente, en otro apartado del informe, concretamente en el capítulo 5, se hace expresas quejas de la dificultad del desarrollo de la minería por culpa de las normativas medioambientales y urbanísticas, que evidente desarrollan y llevan a efecto el dictamen de la Comunidad Europea antes citado, y se apela a que contradicen la ley 22/1973 que entiendo se prefiere aplicar.
En este punto quisiera hacer la siguiente reflexión de que la Ley 22/1973 se trata de una ley preconstitucional, producto de la época y del momento político que se vivía en nuestro país. En dicha ley se hace prevalecer los derechos e intereses mineros sobre los intereses y derechos de los demás, lo que vulnera y de forma manifiesta, la posterior Constitución Española, que por cierto tiene rango superior, y que es garantía de que todos los españoles somos iguales ante la ley y que los derechos de nadie prevalecerá sobre los derechos de los otros.
Parece evidente, que es una labor pendiente de nuestros gobernantes, unos como proponentes y otros como legisladores, el desarrollo de una nueva ley de minas acorde con los tiempos que corremos y con nuestro actual estado de derecho, que respete dicho estado e igualmente la normativa de la Comunidad Europea a la cual pertenecemos.
Dicho lo cual, prosigo en el análisis del informe que nos ocupa.