(2016/07) Proyecto de Decreto por el que se regulan los establecimientos de alojamiento en la modalidad de vivienda de uso turístico en la Comunidad de Castilla y León (Cerrado)
La Ley 14/2010, de 9 de diciembre, de Turismo de Castilla y León establece la posibilidad de que vía reglamentaria se pueda ejercer la actividad de alojamiento turístico a través de otro tipo, como es el de viviendas de uso turístico.
En el proyecto de decreto, que se somete a consulta, se va a desarrollar esta normativa estableciendo los requisitos y condiciones de las viviendas de uso turístico, todo ello para atender las necesidades de los usuarios y conseguir que la oferta de los servicios sea diversa, promoviendo un turismo de calidad
El plazo para realizar aportaciones a este espacio de participación finalizó a las 15:00 horas del 13 de julio de 2016.
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Sugerencias varias de un propietario al que afectará el Proyecto
Como propietario al que afectará la aprobación de este Proyecto, y con carácter previo a la exposición de mis sugerencias, quiero mencionar que gracias al desarrollo de las nuevas tecnologías, la vivienda de uso turístico se ha convertido en un alojamiento ineludible para cualquier destino a nivel mundial. La flexibilidad y dinamismo con que las nuevas tecnologías facilitan el contacto entre locales y viajeros, ha hecho que esta modalidad de alojamiento atraiga un viajero con un mayor interés por una experiencia local y, de manera muy importante, permita que ciudadanos particulares se incorporen a la experiencia turística haciendo un uso…
1 voteSe comparte la idea de que el desarrollo de las nuevas tecnologías ha incentivado este tipo demanda de alojamiento turístico y ha sido una de las motivaciones para regular las viviendas de uso turístico. También en el desarrollo de los requisitos se ha tenido en consideración las particularidades de este tipo de alojamiento, y, como se recoge en la exposición de motivos del proyecto de decreto, se ha tenido en cuenta las características de este tipo de establecimientos de alojamiento turístico por lo que la exigencia de requisitos técnicos es mínima y básica
Entrando a contestar cada una de sus sugerencias, se informa:
1 El Proyecto de Decreto es contrario al principio de libertad de prestación de servicios:
La exigencia de requisitos a los titulares de las viviendas de uso turístico es mínima y se considera que son proporcionales y necesarios, sin que afecten a la unidad de mercado. Al… -
Deficiencias del decreto
Desde la Asociación de Alojamientos Turísticos de Valladolid, consideramos que el decreto anterior presenta los siguientes vacios:
1.- No garantiza la seguridad del destino. No obliga a cumplir con las obligaciones de registro de viajeros y comunicación a la policia. Este tipo de viviendas suelen ser habituales para personas que pretenden eludir el control de la policia.
2.-No obliga a que quien explota una vivienda turística esté dado de alta como autónomo ni tenga un seguro de responsabilidad civil que cubra los riesgos derivados de tal actividad empresarial.
3.- No obliga a emitir factura con iva ni a cumplir las…0 votesEn primer lugar agradecer las sugerencias presentadas por la citada Asociación, y entrando a analizar cada una de sus sugerencias se informa:
1.- No garantiza la seguridad del destino. No obliga a cumplir con las obligaciones de registro de viajeros y comunicación a la policía.
En el proyecto de decreto se incorpora una disposición adicional que recoge la referencia a la obligación de cumplir la normativa sectorial que resulte de aplicación.
En relación con esta sugerencia hay que informar que resulta de aplicación la ORDEN INT/1922/2003 de 3 de julio, sobre libros-registro y partes de entrada de viajeros en establecimientos de hostelería y análogos, por lo que los titulares de las viviendas de uso turístico deberán cumplir con esa obligación igual que el resto de establecimientos de alojamientos turístico.
No se puede aceptar esta sugerencia porque la regulación que se incluye en el proyecto de decreto sometido a consulta…