(2016/04) Anteproyecto de Ley por el que se regula el Estatuto de los Altos Cargos de la Administración de la Comunidad de Castilla y León (Cerrado)
El anteproyecto aborda la regulación del estatuto jurídico de los miembros de la Junta de Castilla y León, como institución de gobierno y administración de la Comunidad de Castilla y León, y también de los altos cargos titulares de los órganos directivos que componen la organización de la administración autonómica y de los entes a ella adscritos, de forma sistemática y global, aunando la regulación en un solo cuerpo normativo de todas aquellas cuestiones que componen el estatuto de los miembros de la Junta de Castilla y León y de los altos cargos titulares de los órganos directivos de la Administración General y de los equivalentes en la Administración Institucional, empresas públicas y fundaciones públicas.
Su finalidad es modernizar la regulación existente, dotarla de una mayor sistemática, consolidar el proceso de regeneración democrática, incrementar la transparencia en todas aquellas cuestiones que forman parte de la condición y del ejercicio de las funciones de alto cargo, incorporando medidas de seguridad jurídica y garantías de su cumplimiento, como la existencia de un régimen sancionador explícito y de un órgano colegiado con competencias sancionadoras y de control.
El plazo para realizar aportaciones a este espacio de participación finalizó a las 09:00 h. del 11 de abril de 2016.
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La Ley de incompatibilidades de Altos Cargos que va a quedar derogada por esta Ley dice que los puestos de Alto Cargo deben estar clasificad
TODOS PODRÁN SER ALTO CARGOLa Ley de incompatibilidades de Altos Cargos que va a quedar derogada por esta Ley dice que los puestos de Alto Cargo deben estar clasificados como tal por Ley y que las asimilaciones estarán expresamente establecidas. Ahora esto desaparece y no se acota absolutamente nada. Lo único que exige es que tengan un contrato de alta dirección, en el que el salario se pacta entre las partes y que en la Administración se utiliza para personal directivo. El EBEP somete a quienes tienen contrato de alta dirección a la Ley de incompatibilidades de los empleados públicos,…
1 voteMuchas gracias por su aportación. La Ley especifica claramente en su artículo 1 quienes tienen la condición de alto cargo a los efectos de la aplicación del régimen jurídico que en ella se contiene. La referencia a aquellos que tengan un contrato de alta dirección tiene el objeto, precisamente, de extender su aplicación y las obligaciones que ello conlleva a los cargos con mayor responsabilidad de las empresas y fundaciones públicas, que, de otro modo, no se verían obligados a todo lo que la ley establece.
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Incompatibilidades
De traca, sólo hay excepciones. La dedicación es exclusiva o no lo es. Si nos dedicamos a escribir libros o a administrar los negocietes privados mientras se está en el cargo, difícilmente se va a ejercer en condiciones dicho cargo. En este país hay unos cuantos millones de desempleados para desempeñar esos cargos en exclusividad real
1 voteMuchas gracias por su aportación. Sus consideraciones han sido valoradas.